
Un juzgado civil y comercial de Zárate declaró la nulidad de una compraventa, un boleto y un acta de convivencia al concluir que fueron firmados bajo engaño, en perjuicio de un jubilado. La sentencia también condenó a la demandada a pagar $1 millón en concepto de daño moral, más intereses, a favor del demandante.
La resolución anuló un boleto de compraventa fechado el 4 de marzo de 2021, una escritura de declaración de convivencia del 12 de abril de ese año y la escritura traslativa de dominio firmada el 19 de julio de 2022. Los tres instrumentos estaban vinculados con una vivienda de la localidad bonaerense de Lima.
PUBLICIDAD
El demandante, de 88 años, sostuvo que mantenía una relación de confianza con la demandada, a quien consideraba una “sobrina del corazón”. Según relató, ella lo asistía con distintos trámites personales, como la compra de medicamentos, gestiones médicas y el retiro de su jubilación, debido a sus dificultades para trasladarse.

De acuerdo con la presentación judicial, esa colaboración se profundizó durante la pandemia. El reclamante afirmó que entregó tarjetas bancarias y claves para que la mujer pudiera retirar sus haberes, aunque aseguró que nunca recibió una rendición detallada sobre el dinero extraído ni sobre los gastos efectuados.
La demanda planteó que, en ese contexto, la mujer lo trasladó en varias oportunidades a oficinas y a una escribanía para firmar documentos cuyo contenido desconocía. El hombre afirmó que confiaba en las indicaciones que recibía y que no fue informado de que algunos de esos papeles estaban relacionados con la transferencia de su propiedad.
PUBLICIDAD
También denunció que, con el paso del tiempo, empezó a recibir montos menores de su jubilación. Al revisar los movimientos de su cuenta, según expuso en el expediente, advirtió extracciones que motivaron una denuncia penal y la posterior baja de la autorización que había otorgado para el cobro de sus haberes.

El reclamante indicó además que, tras ese episodio, detectó la falta de documentación vinculada con su vivienda. Luego tomó conocimiento de la existencia de un boleto de compraventa y de un acta en la que se consignaba una convivencia pública e ininterrumpida con la demandada, situación que negó en forma expresa.
PUBLICIDAD
En su presentación, cuestionó que la escritura de venta se hubiera firmado sin que pudiera conocer sus alcances. Afirmó que no recibió dinero por la operación y que tampoco existió una entrega efectiva de la posesión del inmueble, ya que continuó viviendo allí junto con otras personas que residían en la propiedad.
La demanda también señaló diferencias entre el precio consignado en los documentos y la tasación acompañada. El boleto fijaba una suma de $1,5 millones, mientras que la escritura establecía $2,3 millones. La parte reclamante sostuvo que el inmueble tenía una valuación de mercado superior a 56.000 dólares.
PUBLICIDAD

Entre los hechos relatados figuraron cartas documento enviadas a dos ocupantes de la casa para que desocuparan el lugar. También se mencionó un cambio de titularidad del servicio eléctrico durante 2023, que, según la demanda, afectó la continuidad de servicios sociales asociados al suministro.
La demandada —actualmente de 48 años— no contestó el reclamo ni compareció en el expediente. Por ese motivo, fue declarada rebelde. El juez, a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial n.° 4 de Zárate, señaló que esa situación habilitaba a tener por ciertos los hechos expuestos por el demandante y por reconocida la documentación aportada al proceso, conforme a las normas procesales aplicables.
PUBLICIDAD
A partir de esa circunstancia, la sentencia tuvo por acreditado que el boleto, el acta de convivencia y la escritura de venta fueron otorgados como consecuencia de maniobras engañosas. El fallo consideró que esas conductas reunían las características del dolo esencial, un vicio que afecta la voluntad de quien celebra un acto jurídico.

El magistrado aplicó los artículos 271 y 272 del Código Civil y Comercial, que contemplan la nulidad cuando el engaño es grave, determina la decisión de una persona y provoca un daño relevante. En términos prácticos, la decisión deja sin efecto los instrumentos que habían servido para documentar la operación sobre la vivienda.
PUBLICIDAD
El juzgado rechazó, en cambio, el pedido de indemnización por daño psicológico. La pericia incorporada al expediente no detectó una afectación de ese tipo. Sí admitió el daño moral, al valorar el sufrimiento y la angustia que, según consideró, provocó el riesgo de perder el inmueble en el que vivía y la ruptura de la relación de confianza.
La condena fijó una reparación de $1 millón por daño moral. El monto devengará un interés anual del 6% desde el 3 de septiembre de 2024, fecha en que se notificó la demanda, hasta la sentencia del 10 de septiembre de 2026. Desde entonces y hasta el pago, se aplicará la tasa pasiva más alta para depósitos a 30 días del Banco de la Provincia de Buenos Aires. Además, las costas quedaron a cargo de la demandada y se ordenó comunicar la nulidad al registro notarial y al Registro de la Propiedad Inmueble.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Últimas Noticias
Les cancelaron el vuelo de regreso de Brasil por un paro general, demandaron y perdieron el juicio
El regreso de una pareja desde Brasil se postergó varios días debido a una huelga nacional convocada en la Argentina por la CGT. La Cámara de Apelaciones confirmó el rechazo de la demanda contra la aerolínea internacional al considerar que la medida gremial constituyó un caso de fuerza mayor y que la compañía cumplió con sus obligaciones de asistencia e información durante la demora

De la obra pública al lavado de dinero: las causas que comprometen a Lázaro Báez
El empresario cumple una pena unificada de 15 años y aún enfrenta nuevos procesos judiciales

Los números de Cuadernos: faltan 208 testigos en la causa por corrupción “más extensa de la historia judicial argentina”, según la fiscalía
Se cumplió un año desde el inicio del debate y el equipo que encabeza la fiscal Fabiana León considera que hay un "ritmo sostenido y favorable" en el juicio a Cristina Kirchner y otros 84 acusados

Festejaba el cumpleaños de su hermanito y se accidentó en un salón de fiestas infantiles: deberán pagarle más de $11 millones
Una niña de 9 años cayó desde unos tres metros de altura cuando se desprendió una tabla de la pasarela del tobogán. Un juzgado de San Isidro responsabilizó al propietario del local, declarado en rebeldía por no comparecer en la causa, y lo condenó a indemnizar a la familia por la incapacidad, el daño moral y los gastos médicos derivados del accidente

Sur Finanzas: procesaron a Maximiliano Vallejo por liderar una presunta asociación ilícita dedicada al lavado de activos
El juez federal Juan Tomás Rodríguez Ponte también procesó a nueve sociedades vinculadas con el grupo. Dispuso la prisión preventiva del principal acusado, que cumplirá bajo arresto domiciliario con tobillera electrónica, y ordenó un embargo de $40.000 millones sobre sus bienes

