“Decisión prematura” e “indicios que robustecen la hipótesis”: por qué la PIA pidió reabrir la causa $LIBRA

La fiscalía anticorrupción presentó un dictamen para que se siga investigando el caso del derrumbe de la criptomoneda promocionada por el presidente Javier Milei. Cuáles son los argumentos de la acusación

Milei y Mauricio Novelli
Mauricio Novelli, trader y lobista, junto al presidente Javier Milei
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La Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA) solicitó el último viernes dejar sin efecto el sobreseimiento dictado a favor de los acusados en la causa $LIBRA. El organismo, conducido por el fiscal anticorrupción Sergio Rodríguez, interpuso un recurso de apelación en subsidio y asumió el ejercicio de la acción penal en el expediente. La presentación judicial cuestionó con dureza la resolución firmada el pasado 23 de octubre, que desvinculó de forma definitiva al presidente de la Nación, Javier Milei, a su hermana Karina Milei y a otros nueve investigados bajo el argumento de que los hechos denunciados no encuadran en un delito.

Los involucrados habían obtenido primero un dictamen favorable del fiscal Eduardo Taiano, quien solicitó los sobreseimientos al juez federal Marcelo Martínez De Giorgi.

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Para la fiscalía especializada, la decisión adoptada por el juez de la causa resultó apresurada y carente de un análisis integral de las pruebas. A través de un escrito, la PIA estructuró su reclamo sobre tres ejes fundamentales: la existencia de numerosas medidas de prueba pendientes, la incorrecta interpretación jurídica de la maniobra como un “hecho atípico” y la presencia de indicios que obligan a profundizar la pesquisa.

La presentación cobra especial relevancia porque, sin impulso del fiscal de la causa ni querellas que integren el expediente para sostener la acusación privada, el caso iba camino a un archivo sin oposiciones.

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Una investigación inconclusa

El primer gran argumento de la procuraduría se centró en que el proceso de recolección de evidencias se encuentra lejos de haber terminado. El organismo detalló que diversos estudios técnicos sobre las transacciones financieras no se pudieron completar debido a la falta de herramientas informáticas bajo licencia en las dependencias del Ministerio Público Fiscal. Ante este obstáculo, la PIA criticó que el juzgado no buscara alternativas para finalizar los peritajes de trazabilidad de los fondos.

“No existió un agotamiento de la investigación, sino todo lo contrario. Hay varios estudios que no pueden completarse, por el momento, por falta de licencias de una dependencia del Ministerio Público Fiscal, no constando en la resolución que se impugna que se hayan explorado posibles alternativas para su cumplimiento”, sostuvo el fiscal Rodríguez.

Asimismo, el fallo había justificado el cierre del caso en la falta de respuesta de las autoridades de los Estados Unidos a un pedido de asistencia jurídica internacional. Sin embargo, el fiscal Rodríguez explicó que el rechazo norteamericano no fue definitivo, sino que quedó condicionado al envío de mayores precisiones, datos que justamente dependen de pericias locales que todavía no concluyeron, como el análisis forense de los teléfonos celulares secuestrados.

Karina Milei, secretaria general de la Presidencia. REUTERS/Tomas Cuesta
Karina Milei, secretaria general de la Presidencia. REUTERS/Tomas Cuesta

Por otra parte, la PIA calificó de insuficiente el descarte de testimonios. Mencionó el caso de Nadia Beller, la abogada que sobrevivió a un ataque sicario en Bolivia, a quien se excluyó de la investigación solo porque en la causa ANDIS no aportó datos sobre la criptomoneda “$LIBRA”. El organismo advirtió que en aquella oportunidad nunca se le preguntó de forma directa por este fraude en particular, por lo que exigió su citación formal a declarar en esta causa.

El segundo cuestionamiento apuntó a la calificación legal del caso. El juez Martínez De Giorgi y el fiscal Taiano determinaron que no existió el delito de estafa porque las operaciones se realizaron con una “memecoin”, un activo de alta volatilidad donde los inversores asumen riesgos especulativos en un mercado que carece de regulación estatal. Bajo esa óptica, la justicia consideró que las pérdidas económicas de los adquirentes no podían atribuirse a un engaño penalmente relevante.

La procuraduría rechazó de plano esta interpretación y afirmó que la ausencia de regulaciones sobre las monedas virtuales no otorga impunidad a los desarrolladores ni desampara a los ciudadanos frente a maniobras de fraude. Según el escrito, el juzgado aplicó una visión sesgada que omitió analizar el reparto de roles de los involucrados.

La hipótesis de la PIA sostiene que el token “$LIBRA” se diseñó con el propósito de inducir de manera engañosa al público a colocar su dinero, utilizando la investidura, el aval y la promoción del propio Presidente de la Nación como un “señuelo” para generar confianza y atraer capitales, para luego retirar los fondos y hacer desaparecer el proyecto. El organismo argumentó que la relevancia penal del engaño debe evaluarse en base a este contexto de concertación y no como una simple fluctuación del mercado financiero.

“Tampoco la resolución ha valorado datos que surgen de los informes de análisis realizados por la Datip, descerrajando un manto de duda sobre una cadena de custodia que se habría debilitado, en base a afirmaciones antojadizas, más propias de un conversatorio televisivo que de los datos que surgen del expediente. La información contenida en dichos informes, que por lo dicho no se encuentra valorada, robustece la posición que sostiene que el sobreseimiento dictado resulta prematuro”, completó el dictamen de la PIA.

Indicios de ocultamiento

Como tercer punto, la PIA enumeró una serie de conductas sospechosas por parte de los imputados que, lejos de justificar un sobreseimiento, constituyen indicios que abonan la hipótesis delictiva. El organismo judicial detalló que durante la etapa de recolección de pruebas se detectaron maniobras claras de ocultamiento de información.

Fiscal Sergio Rodríguez
Sergio Rodríguez, fiscal de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas

Entre estos episodios, el escrito destacó el vaciamiento de cajas de seguridad bancarias realizado por el imputado Mauricio Novelli y su entorno familiar. También mencionó la eliminación completa del historial de conversaciones de la aplicación WhatsApp en el teléfono celular secuestrado a Sergio Morales, y el borrado específico de chats con un contacto agendado como “Karina Milei RRPP” en el dispositivo de Novelli.

A estos hechos se sumaron los registros de reiterados ingresos autorizados a la Casa Rosada por parte de los principales sospechosos en fechas cercanas al lanzamiento del activo digital. Para la procuraduría, la valoración conjunta de estos sucesos impide dictar una certeza negativa sobre la existencia del delito, requisito indispensable que exige la ley procesal para cerrar una causa de forma definitiva.

Estas pruebas “estarían mostrando señales de una concertación defraudatoria”, dijo el fiscal Rodríguez. Y completó: “Sin embargo, no alcanzan por el momento ni para avanzar en pedidos de indagatorias, como tampoco para sobreseer. Lo que demanda el caso es profundizar la búsqueda y recolección de elementos de conocimiento que permitan entender lo que sucedió”.

Con estos fundamentos, la Fiscalía de Investigaciones Administrativas solicitó al juez federal que reabra las actuaciones y le permita asumir el rol acusador para continuar con la producción de pruebas. En caso de que el magistrado rechace este planteo, la PIA requirió que se conceda el recurso de apelación de manera subsidiaria para que sea la Cámara Federal de Apelaciones la que revise la legalidad del sobreseimiento dictado.

Martínez De Giorgi tendrá una semana de licencia, y mientras tanto su juzgado será subrogado por Daniel Rafecas.

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