Casación ratificó el procesamiento de Jorge D’Onofrio por presunto lavado en la causa de las fotomultas y la VTV

El máximo tribunal penal del país rechazó el recurso extraordinario presentado por la defensa del exministro de Transporte bonaerense. La investigación apunta a maniobras con infracciones de tránsito, contratos de verificación técnica y presunto ocultamiento patrimonial mediante testaferros

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Jorge D'Onofrio ministro de Transporte PBA
La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso extraordinario de Jorge D’Onofrio y ratificó la investigación por presunto lavado de activos y fraude con multas de tránsito

La Cámara Federal de Casación rechazó el recurso extraordinario presentado por la defensa de Jorge Alberto D’Onofrio, ex ministro de Transporte de la provincia de Buenos Aires. Con esta decisión, el procesamiento por presunto lavado de activos en el marco de maniobras fraudulentas con las multas de tránsito y la Verificación Técnica Vehicular (VTV) quedó ratificado, aunque a la defensa le resta una última vía: presentar una queja ante la Corte Suprema de Justicia.

Todo comenzó el 5 de septiembre de 2024, cuando una denuncia judicial reveló la existencia de una trama que operaba dentro del sistema bonaerense de multas de tránsito. Según esa presentación, D’Onofrio lideraba junto a Claudia Pombo -concejal de Pilar y ex presidenta del Concejo Deliberante de ese municipio- una estructura con división de roles y jerarquías, concebida para sustraer fondos de las arcas provinciales y municipales.

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El dinero obtenido de manera ilícita habría sido luego invertido en bienes muebles e inmuebles bajo apariencia lícita, en algunos casos a través de “prestanombres” o testaferros. La causa quedó en manos del juez federal de Campana, Adrián González Charvay, quien ordenó levantar el secreto bancario, fiscal y bursátil de los involucrados.

El foco de la investigación apuntó a saber si, desde diciembre de 2021, los imputados habían incrementado de forma ilegal e injustificada su patrimonio, por sí mismos o a través de terceros de confianza. Entre los procesados figuran también la hermana de Pombo y un juez de La Plata.

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Uno de los elementos que se analizan en el expediente es la compra de una camioneta Audi Q8. Facundo Asensio, ex director de Fiscalización y Control de la Dirección Provincial de Verificación Técnica Vehicular (VTV), adquirió el vehículo en octubre de 2023 por una suma declarada de $30.000.000, aunque el seguro lo valuaba en $173.800.000.

Esa operación incluyó un contrato de mutuo por $30.000.000 suscripto con la firma Los Altos de Don Carlos Emprendimiento Inmobiliario S.A., sociedad cuyos accionistas son los padres de Asensio y que no registra actividad económica verificada ni domicilio operativo.

Jorge D'Onofrio jura ante Kicillof
La causa contra Jorge D’Onofrio, ex funcionario de la provincia de Buenos Aires, investiga una supuesta red de gestores, contratos irregulares de la VTV y maniobras para ocultar bienes mediante terceros

Pese a figurar a nombre de Asensio, la investigación determinó que el verdadero uso y dominio del vehículo correspondían a D’Onofrio, quien estaba autorizado a conducir y abonaba el telepeaje asociado. El juez González Charvay consideró que la diferencia entre el valor asegurado y el precio declarado, junto con el contrato sin respaldo económico comprobado, constituían indicios de una maniobra para disimular la verdadera titularidad del bien y el origen de los fondos. El vehículo fue transferido posteriormente a un tercero, Sebastián Eduardo Berterretche, el mismo día que la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín resolvió su competencia para intervenir en la causa.

Ante el magistrado, por su parte, D’Onofrio negó haber sido propietario de la camioneta en cuestión y aseveró que solo la había manejado “una vez que vinieron a comer a casa y salí a probarla, nada más”. Luego reconoció haber recibido la cédula azul del vehículo por parte de Asensio y justificó el pago del telepeaje por motivos de cercanía y confianza.

Asensio, en tanto, sostuvo que los fondos habrían surgido de la venta de un terreno de la sociedad familiar. González Charvay consideró inconsistentes ambas versiones y concluyó que Asensio actuó como testaferro, configurando “un típico esquema de disimulación patrimonial propio de maniobras de lavado de activos”.

La pesquisa también reconstruyó el funcionamiento de una red de “gestores” que contactaban a infractores de tránsito, les cobraban entre el 30% y el 50% del monto original de la multa y prometían darla de baja del sistema por fuera de los canales oficiales. Leandro Camani, presidente de Secutrans -empresa proveedora del sistema de fotomultas en varios distritos bonaerenses-, se presentó como particular damnificado y denunció pérdidas de entre 4 y 10 millones de dólares mensuales por esta operatoria. A ello se sumaron presuntas irregularidades en licitaciones vinculadas a la VTV, mediante las cuales algunos empresarios habrían obtenido contratos millonarios sin seguir los procedimientos legales.

D’Onofrio renunció al ministerio el 30 de diciembre de 2024, tras semanas de desgaste político y el avance de las investigaciones en su contra. Lo reemplazó Martín Marinucci, dirigente del Frente Renovador y ex titular de las áreas de operaciones e infraestructura de Trenes Argentinos.

Los camaristas de la Sala II de Casación: Angela Ledesma, Alejandro Slokar y Guillermo Yacobucci
Los camaristas de la Sala II de Casación: Angela Ledesma, Alejandro Slokar y Guillermo Yacobucci

Por estos hechos, D’Onofrio enfrenta además una causa paralela, a cargo del fiscal de La Plata, Álvaro Garganta, en la que fue imputado como partícipe necesario de los delitos de fraude en perjuicio de la administración pública, asociación ilícita y enriquecimiento ilícito por las maniobras con las fotomultas, y como autor directo en el esquema de la VTV.

Por lo demás, el procesamiento de D’Onofrio y Asensio fue confirmado por la Cámara Federal de San Martín en marzo de este año, con embargos por $350.000.000 y $300.000.000, respectivamente.

Los camaristas Juan Pablo Salas, Marcelo Fernández y Marcos Morán sostuvieron que el fallo de primera instancia partió de “una conclusión fundada en una valoración integral, lógica” y acorde a las pruebas del caso.

Agotada esa instancia, la defensa llevó el expediente ante la Sala II de Casación. El máximo tribunal penal federal, integrado por Guillermo Yacobucci, Angela Ledesma y Alejandro Slokar, resolvió declarar inadmisible el planteo, con costas. Los camaristas determinaron que la presentación no cumplía “con los recaudos establecidos” por la ley, al carecer de “demostración de la existencia de cuestión federal” y de “fundamentación adecuada de la impugnación”, de conformidad con lo dictaminado por el Ministerio Público Fiscal.

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