La ruta de legislativa para hacer realidad los servicios de salud a distancia
Las plataformas digitales han cambiado la forma en como nos relacionamos, hoy podemos encontrar toda una serie de servicios a nuestra disposición desde la comodidad de nuestro hogar, simplemente con abrir nuestros equipos electrónicos.
Hace unos años, hubo una revolución en el sector del transporte, se volvió cotidiano el uso de teléfonos celulares para satisfacer nuestra necesidad de desplazamiento, lo mismo con la revolución digital en los contenidos educativos que están a nuestro alcance en línea desde cualquier dispositivo.
Hoy, con pasos acelerados producto de la pandemia de COVID19, la tecnología nos pone frente a otra transformación digital, esta vez en el acceso a los servicios de salud.
La teleconsulta médica es un modelo de atención que se está universalizando, que crece desde el confinamiento y se convierte en una opción para millones de personas en nuestro país que están imposibilitadas para trasladarse a un consultorio u hospital que prevenga de enfermedades o que de continuidad a sus tratamientos.
Las ventajas de la teleconsulta médica son enormes: nos permite eliminar las barreras geográficas en el acceso a los servicios de salud; nos permite que millones de personas, como enfermos crónicos, ancianos, los menores, las personas con discapacidad y hasta los trabajadores o estudiantes, puedan acceder a una consulta con su médico; nos permite implementar soluciones digitales más eficientes para la prevención de enfermedades y su diagnóstico oportuno; nos permite un intercambio de información que ayudaría a generar tratamientos más eficaces y su seguimiento remoto oportuno por parte de los profesionales de la salud.
Sin embargo, en México carecemos de una regulación para la operación de la teleconsulta médica, por lo que los prestadores de los servicios de teleconsulta y los pacientes carecen de reglas claras para ejercer sus derechos, pero también para cumplir con obligaciones.
Hoy no tenemos claro el tratamiento de la información médica que se comparte en plataformas como zoom u otras aplicaciones específicas de teleconsulta que están saliendo al mercado, por lo que los datos sensibles de los usuarios están en riesgo; tampoco está definida la responsabilidad de los prestadores de los servicios, dejando a los pacientes en estado de indefensión ante abusos, negligencia o estafas; hay ausencia de procesos de certificación de operación y calidad a cargo de la autoridad para evaluar a las instituciones y profesionistas que brindan estos servicios.
Por ello, en la Cámara de Diputados legisladores de diversos grupos parlamentarios nos hemos tomado muy en serio la tarea de proponer crear un marco regulatorio que haga realidad la teleconsulta médica en nuestro país, con leyes claras para los prestadores de los servicios, además proteger los derechos de los pacientes.
En la sesión de la Cámara de Diputados del 23 de febrero de 2023, Éctor Jaime Ramírez Barba del PAN; Claudia Selene Avila Flores de Morena; Frinné Azuara Yarzábal del PRI; Salomón Chertorivski Woldenberg de Movimiento Ciudadano; Leticia Zepeda Martínez, Juan Carlos Maturino Manzanera y Vicente Javier Verástegui Ostos del PAN, presentamos una iniciativa que reforma la Ley General de Salud con los siguientes objetivos***:
1. La teleconsulta médica será un medio para ofrecer atención médica a distancia, mediante el uso de las tecnologías, con fines de diagnóstico o tratamiento de un paciente.
2. Toda persona tendrá derecho al acceso y uso igualitario de las tecnologías que sean necesarias para recibir los servicios de teleconsulta médica, mismos que deberán de prestarse en condiciones de seguridad, calidad, eficacia, equidad e inclusión.
3. La teleconsulta médica no sustituye la atención presencial, sino que debe desarrollarse en forma complementaria y coordinada.
4. En todos los casos, los usuarios de los servicios de salud podrán decidir que la consulta se realice de manera presencial.
5. Los prestadores de servicios de salud que brinden el servicio de teleconsulta médica, tendrán la obligación de determinar cuando el paciente requiera una atención médica presencial y referirlo de manera inmediata al establecimiento de salud más cercano en caso de urgencia.
6. El diagnóstico y tratamiento realizado durante y demás observaciones durante la tele consulta deberán ser registradas en el expediente clínico electrónico del paciente.
Estamos seguros de que estamos dando pasos en la dirección correcta, hoy más que nunca los mexicanos requieren servicios de salud, con oportunidad, con calidad, de manera ágil y segura, todo ello se puede hacer realidad con la teleconsulta médica.
La teleconsulta médica es un medio transformador de nuestra sociedad, es una herramienta fundamental para que todos tengamos garantizando el derecho a la salud.
*Dr. Éctor Jaime Ramírez Barba es Diputado Federal en la LXV Legislatura. Profesor Honorífico de la Universidad de Guanajuato. División de Medicina y Nutrición. Académico en Cirugia General de la Academia Mexicana de Cirugía y Academia Nacional de Medicina. TW: @ectorjaime FB: @doctorectorjaime Mail: ectorjaime@gmail.com
**Mtro. Sergio Arias Franco: Maestro en Administración Pública y doctorante en Administración Pública por el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), cuenta con una especialidad en Derecho Sanitario por la UNAM, se desempeña como asesor parlamentario en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados. TW: @sergioar321 Linkedin: https://www.linkedin.com/in/sergio-arias-franco-548839122 Mail: sergioar321@gmail.com
***Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados: http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/65/2023/feb/20230223-III.html#Iniciativa19