
La Fiscalía del Tribunal Supremo ha respaldado la concesión de un indulto parcial para Álvaro García Ortiz, ex fiscal general del Estado, limitándolo únicamente a la pena de inhabilitación de dos años para ejercer dicho cargo. Este pronunciamiento se ha realizado tras la condena impuesta por el propio Alto Tribunal como consecuencia de un delito de revelación de secretos.
El informe suscrito por la teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, avala parcialmente la solicitud de indulto presentada en diciembre por dos ciudadanos ante el Gobierno. Estos solicitantes habían reclamado un indulto total a favor de García Ortiz, quien resultó condenado en noviembre por revelar datos relativos a Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso. Entre las penas impuestas figuran una multa de 7.200 euros y una indemnización de 10.000 euros —según consta en el informe, ya abonadas en su totalidad— además de cubrir las costas procesales y afrontar la citada inhabilitación.
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De conformidad con el criterio esgrimido por la teniente fiscal, procede el indulto exclusivamente respecto a la inhabilitación especial. Señala que, dado el calendario de ejecución fijado por el Supremo, la extinción de la sanción está prevista para el 9 de diciembre de 2027, por lo que la concesión del indulto implicaría únicamente el perdón de la parte aún pendiente en ese momento.
Qué consecuencias tendría el indulto parcial
La memoria remitida a la Sala Segunda matiza que la medida tendría efectos “limitados”, ya que tan solo acortaría la duración de la inhabilitación y reduciría los plazos necesarios para la cancelación de antecedentes penales. Según la fiscal, no existiría una revisión de los hechos probados ni de la calificación jurídica del delito, ya que la solicitud se centra en valorar “si la ejecución íntegra de la pena resulta necesaria, proporcionada y útil desde la justicia, la equidad y la utilidad pública”.
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Entre los argumentos empleados en apoyo a esta medida de gracia, la fiscal recalca que García Ortiz no obtuvo ningún beneficio personal derivado del delito, y subraya la “incidencia desorbitada” que la condena ha tenido sobre la reputación, la carrera profesional y la posición institucional del exfiscal. Además, identifica que el proceso ha generado consecuencias extrapenales “intensas y desproporcionadas”.
El informe destaca también que la condena dictada ya ha cumplido sus finalidades retributivas, al afianzar la vigencia de la ley penal, establecer la responsabilidad e ilustrar que incluso las más altas autoridades quedan sometidas al escrutinio judicial. Atendiendo a la situación actual, la extensión de la pena de inhabilitación perdería sentido, puesto que García Ortiz ya ha dejado de desempeñar el cargo tras la sentencia. El puesto de fiscal general, expone la fiscal, lo ocupa ya una nueva titular cuyo mandato de cuatro años únicamente puede ser interrumpido por causas estrictamente tasadas recogidas en el Estatuto del Ministerio Fiscal.
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Impacto personal e institucional de la condena
La representación del Ministerio Público enfatiza la ausencia de un propósito lucrativo en la actuación enjuiciada, recalcando que la causa “tuvo una repercusión pública extraordinaria” y que la condena conllevó un impacto desproporcionado para la carrera y la imagen pública de García Ortiz. Sostiene también que no existe posibilidad alguna de reincidencia delictiva, una vez desvinculado del puesto.
En la argumentación, la fiscal señala que toda la actuación buscó “preservar el buen nombre de la institución” frente a críticas que cuestionaban la labor de los fiscales y frente a imputaciones que el propio tribunal ha reconocido como fraudulentas —circunstancia que, según el informe, otorga una dimensión institucional y constitucional al caso—.
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Como elementos adicionales, el informe hace constar la asunción íntegra de la responsabilidad en la confección de la nota de prensa que motivó la condena, la constante disposición de García Ortiz ante el Tribunal, su renuncia efectiva al cargo tras la sentencia y el pago de todas las cuantías económicas derivadas tanto de la multa como de la responsabilidad civil, según queda recogido en la documentación aportada por la Fiscalía del Tribunal Supremo.
Con información de Efe
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