Consejo de Estado certifica que usted puede ir a trabajar con su animal de compañia

El alto tribunal respaldó la petición de un empleado de un juzgado que pidó poder ir a trabajar en compañía de Isis, una Golden Retriever

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Imagen de archivo referencial. Un
Imagen de archivo referencial. Un hombre ganó una batalla judicial para poder ir a trabajar con su perrita, en Ibagué (Tolima). Foto: EFE/Carlos Ortega

Luego de una ardua batalla judicial, un servidor de un juzgado de Ibagué (Tolima) logró que el Consejo de Estado fallara a su favor para que se le permitiera ir a su trabajo acompañado de su perra golden retriever, como una medida terapéutica ante las enfermedades de salud mental que le habían sido diagnosticadas.

De acuerdo con el Consejo de Estado, la decisión se tomó como respuesta a una tutela que interpuso el hombre contra la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Ibagué por considerar que esta había sido renuente a dar luz verde a una solicitud que había presentado para que su perrita pudiera acompañarlo durante su jornada laboral.

“El tutelante explicó que cuenta con un diagnóstico médico que acredita la ansiedad severa, depresión y demás problemas emocionales con consecuencias en su salud que lo vienen aquejando. Señaló además que, dentro del tratamiento médico al que se ha estado sometiendo, se le indicó que permanecer en compañía de su mascota sería una medida terapéutica adecuada para prevenir el estrés y demás circunstancias que alteran su estado”, se lee en el fallo del tribunal supremo.

En ese sentido, el demantante aseguró que, aunque “ha pretendido asistir a su lugar de trabajo acompañado de su mascota, pero advirtió que la Dirección Ejecutiva Seccional de Ibagué ha sido renuente a dar una respuesta que le permita el señalado cometido”.

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Según el Consejo de Estado, en una primera oportunidad, el Tribunal Administrativo del Tolima rechazó las pretensiones de tutela del hombre al considerar que no se cumplían todos los requisitos para alegar que se le estaban violando sus derechos fundamentales.

En la decisión de ese entonces, el tribunal también señaló que la certificación médica anexada al caso no demostraba la conducencia del tratamiento y, por ende, la necesidad de que el hombre necesitara cumplir su jornada laboral en compañía de su mascota.

La decisión del Consejo de Estado

Foto de archivo. Una fachada
Foto de archivo. Una fachada del Consejo de Estado en el Palacio de Justicia en Bogotá, Colombia. Foto: REUTERS/Luisa González

Contra la decisión del Tribunal Administrativo del Tolima, el demandante interpuso una impugnación ante el Consejo de Estado, en aras de que se protegieran sus derechos fundamentales a la salud en condiciones de dignidad y al trabajo.

Fue así como el alto tribunal determinó que en el caso sí se cumplen todas las condiciones para que el trabajador asistía a su oficina en compañía de su mascota, dando así validez absoluta al diagnóstico médico de ansiedad severa y depresión que le fue determinado al hombre.

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“En este proceso se probó la existencia de un diagnóstico médico que prueba el estrés y depresión severa que padece el actor y que su sicóloga ha considerado que el acompañamiento de su mascota es una terapia adecuada para tratar las afecciones emocionales que lo aquejan. Dado que no hay contraindicaciones médicas frente a la presencia del animal en el juzgado y que los compañeros de trabajo del demandante no se oponen, el Consejo de Estado consideró viable ordenar que se permita el ingreso de la perra a las instalaciones judiciales”, señaló el alto tribunal en su fallo.

Tras darle luz verde a la solicitud del demandante, el Consejo de Estado advirtió que, luego del fallo, el tutelante deberá verificar de forma periódica que “las condiciones de salud y sanitarias de su mascota no constituyen un riesgo para otras personas”. Además, el tribunal estableció que, ante eventuales daños en la infraestructura del lugar de trabajo del hombre por cuenta de su mascota, él deberá hacerse cargo.

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