A casi 30 años del doble crimen de las mochileras, condenaron al autor a indemnizar a la familia de una de las víctimas

En caso de que la decisión quede firme, Eduardo Fermín Eliçabe deberá pagar $21.060.000 por el escalofriante caso que estremeció al país en 1998. La sanción alcanza al dueño de la empresa de seguridad en la que trabajaba el acusado, que fue condenado a la pena máxima pero quedó libre beneficiado por el 2x1.

(Imagen Ilustrativa Infobae)
Mohileras: Irina Laura Montoya y María Dolores Sánchez
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La Cámara en lo Civil y Comercial de Bahía Blanca confirmó de forma parcial una sentencia que obligó a Eduardo Fermín Eliçabe y al excomisario Leónidas Hugo Soria a indemnizar a la familia de Irina Laura Montoya, una de las jóvenes asesinadas en 1998 en el caso conocido como el crimen de las mochileras.

La resolución ratificó la condena civil contra Eliçabe, quien recibió prisión perpetua en la causa penal, y extendió la responsabilidad a Soria, propietario de la empresa de seguridad para la que trabajaba el acusado. Ambos deberán afrontar un resarcimiento de $21.060.000, más intereses, si el fallo queda firme.

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Los padres de Montoya habían iniciado la demanda por daños y perjuicios alrededor del año 2000. La joven, de 24 años, viajaba junto a María Dolores Sánchez, de 18, desde Chañar Ladeado, Santa Fe, hacia la Patagonia. Las dos hacían dedo cuando subieron al vehículo conducido por Eliçabe.

El doble homicidio ocurrió en febrero de 1998 sobre la ruta 33, cerca de García del Río, a menos de 40 kilómetros de Bahía Blanca. Las jóvenes fueron asesinadas a tiros después de un ataque sexual.

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Los camaristas Marcelo Restivo, Patricio Lombardi y Fernando Kalemkerian consideraron que Eliçabe aprovechó su función de custodio de cargas para trasladar a las víctimas. Según el fallo, esa condición pudo haber generado confianza en las jóvenes al momento de aceptar subir al vehículo.

La Cámara sostuvo que Soria le había encomendado la tarea, titular de la firma Sor, dedicada a la custodia de camiones. Para los jueces, sin esa vinculación laboral Eliçabe no habría tenido la ocasión de abordar a Montoya en las circunstancias en las que ocurrió el crimen, de acuerdo con información publicada por La Nueva.

La sentencia contempló, entre otros conceptos, el daño moral de los padres de Irina. Los magistrados tuvieron en cuenta la pérdida de su hija, las secuelas psicológicas y las consecuencias que el hecho tuvo en su vida personal y laboral.

Esto volvió a tocarnos el corazón, aunque todos los días la estamos recordando”, dijo Mari, madre de Irina, a Infobae con la voz entrecortada. “No puedo hablar”, se disculpó, con el dolor intacto.

“Respecto a este fallo, lo que nos hubiera gustado es que este tipo este preso. Le arruinó la vida a las chicas y a nosotros, su familia. Tuvimos muchos problemas de salud, con la ayuda de Dios salimos adelante y nos ayudaron mucho nuestros amigos. No nos interesa el dinero, lo que nos interesaba es que él esté en la cárcel. Yo pienso que no se hizo Justicia. 12 años para una persona que violó y mató no es nada”, remarco.

Eliçabe había sido condenado a reclusión perpetua por tiempo indeterminado al ser hallado culpable de homicidio doblemente agravado por alevosía y para ocultar otro delito, en ese caso la violación. Sin embargo, recuperó la libertad a fines de 2010, después de cumplir 13 años de prisión y de acceder al beneficio de la entonces vigente ley del “2x1”.

El abogado de la familia apelará ante la Suprema Corte

El abogado de los padres de Montoya, Alejandro Vecchi, anticipó que apelará la resolución ante la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires. El planteo apunta a que también se analice la presunta responsabilidad del Estado provincial.

Vecchi, que llegó al caso a través de la Fundación José Luis Cabezas, afirmó que la demanda incluyó a la Provincia por su función de control sobre la empresa de seguridad de Soria. Según explicó, la firma tenía una disposición administrativa de inhabilitación en trámite al momento del doble homicidio.

El letrado sostuvo que el Ministerio de Seguridad debía verificar la habilitación de la agencia, los antecedentes laborales de Eliçabe y su eventual autorización para portar armas. “La sentencia solamente le da responsabilidad a Soria y Eliçabe y nosotros no estamos de acuerdo con eso”, dijo en declaraciones a Canal Siete.

“Si el Estado hubiera actuado en su momento, consideró la familia y así nosotros lo pusimos en la demanda, es muy posible que hoy no estuviéramos hablando de este crimen”, sostuvo.

La defensa de la familia cuestionó además el tiempo que demandó la causa civil. La condena penal contra Eliçabe quedó firme en 2006, mientras que la resolución sobre la indemnización se conoció casi dos décadas después.

Es una exageración la cantidad de tiempo”, sostuvo Vecchi en ese sentido. El abogado también destacó que el reclamo civil no tiene como principal objetivo una compensación económica.

“Esto se hace por una cuestión de justicia y por una cuestión de no dejar impune a los funcionarios públicos que autorizaron a que funcione una agencia trucha, que era trucha al momento de que mataron a las chicas”, afirmó.

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