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Susana Freydoz, condenada a 18 años de prisión por el homicidio de su esposo, el gobernador de Río Negro Carlos Soria, cometido el 1 de enero de 2012 en la localidad de General Roca, fue beneficiada con el arresto domiciliario con tobillera electrónica.
Así lo resolvió el Juzgado de Ejecución de dicha localidad rionegrina, a partir de lo cual, la viuda de Soria abandonó anoche el penal federal de Ezeiza para alojarse en la vivienda de un familiar en la provincia de Neuquén.
Según fuentes del Ministerio Público Fiscal de Río Negro, se le otorgó la prisión domiciliaria por cuestiones de salud luego de un planteo de la defensa efectuado durante una audiencia que se llevó a cabo el miércoles pasado en los tribunales de General Roca.
Los mismos informantes indicaron que el fallo se basó en el artículo 32 de la Ley 24.660 que indica que “el Juez de ejecución podrá disponer el cumplimiento de la pena impuesta en detención domiciliaria al interno enfermo cuando la privación de la libertad en el establecimiento carcelario le impida recuperarse o tratar adecuadamente su dolencia”.
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Esta resolución estableció también que Freydoz deberá cumplir con un tratamiento médico y una serie de pautas de conducta, para lo cual se solicitó al establecimiento de Ejecución Penal de Cipolletti (jurisdicción lindera a Neuquén) que remita un nuevo programa de tratamiento individual que tome en cuenta esta nueva situación de alojamiento.
Freydoz quedó alojada en el pabellón psiquiátrico de Ezeiza luego de que en abril de 2015 intentó suicidarse mediante la ingesta de una fuerte dosis de psicofármacos.
La mujer trató de matarse tras ser notificada de que la Justicia había dispuesto su traslado del hospital de Cipolletti -en el que estaba internada desde pocos días después del crimen- al penal de General Roca para que cumpliera con la condena impuesta en noviembre de 2012.
Soria se convirtió el 10 de diciembre de 2011 en el primer gobernador peronista de la provincia de Río Negro desde el regreso de la democracia en 1983 y a solo 21 días de haber asumido fue asesinado por su esposa durante los festejos del Año Nuevo de 2012.
El crimen fue cometido en la habitación matrimonial de la chacra de la familia Soria ubicada en las afueras de General Roca, donde la víctima estaba recostada en la cama.
En el juicio, quedó probado que luego de lavar los platos en la cocina junto a su hija María Emilia, Freydoz fue al dormitorio y se inició una fuerte discusión matrimonial.
En medio del altercado, la mujer tomó de la mesa de luz un revólver calibre .38 y le disparó a su esposo, a no más de 50 centímetros de distancia, una bala que le ingresó por el pómulo derecho del rostro y le provocó la muerte en el acto.
Freydoz fue condenada por el delito de “homicidio calificado por el vínculo” pero no recibió la pena de prisión perpetua -prevista para ese tipo de asesinato- porque la Cámara del Crimen de General Roca consideró que existieron “circunstancias extraordinarias de atenuación”. Tanto la defensa como la fiscalía apelaron el fallo de la Cámara, pero el Superior Tribunal rechazó ambas apelaciones confirmando la condena.
Y en mayo de 2015 la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un recurso de queja contra la sentencia que confirmó la pena para la viuda de Soria.
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