La familia que elegimos: Francia propone reconocer derechos a quienes comparten la vida sin ser pareja ni tener vínculos de sangre

Una iniciativa legislativa francesa abre un debate que atraviesa las nuevas formas de envejecer: qué ocurre cuando las personas que nos cuidan, acompañan y sostienen son aquellas que elegimos como familia. Los antecedentes europeos y los límites de la legislación argentina

Cinco adultos mayores en un parque. Tres mujeres sentadas en un banco verde. Un hombre y una mujer caminan, ambos con bastones. Hay un monumento de fondo.
Las leyes sucesorias y los protocolos médicos otorgan prioridad a los parientes biológicos o a las parejas por sobre las amistades de larga data (Imagen Ilustrativa Infobae)
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La noche en que la tierra se abrió debajo de mis pies y me mostró el abismo, también los cielos estallaron en mil pedazos. Caían sapos y culebras sobre Buenos Aires cuando aterrizó el avión en Aeroparque y tuve que correr sobre la calle mojada para zambullirme en el auto en que me esperaban mis amigas. No hablamos en el trayecto. Ni siquiera dijeron nada sobre el vestido ridículo que llevaba puesto con palmeras, monos y papagayos que compré a las apuradas en una tienda de souvenirs para sacarme la ropa que llevaba pegada de días sin dormir. Me dejaron en la puerta del hospital y se fueron, hasta que volví a llamarlas. Porque para eso están las amigas.

Tengo un mundo de amor que me rodea, familia grande, hermanas amorosas. Pero hay dos amigas que me conocen mejor que nadie. Saben qué me preocupa y qué me alegra, han estado ahí para funerales y para fiestas. Hemos atravesado juntas bodas y divorcios, celebraciones y mudanzas, pérdidas, estudios, trabajos, nacimientos y duelos. Y cuando imaginamos cómo queremos vivir los próximos veinte o treinta años, son ellas las que aparecen en mis planes.

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Sin embargo, ante la ley, muchas veces no somos nada.

Podemos haber compartido cuarenta años de vida, pero eso no nos convierte en familiares. Podemos haber cuidado a alguien durante una enfermedad, pero ese compromiso no nos otorga automáticamente los derechos que tienen sus parientes. Podemos querer dejarle nuestra casa a la persona que nos acompañó durante décadas y descubrir que las normas sucesorias establecen límites, obligaciones o tratamientos diferentes según exista o no un vínculo de parentesco. Nadie duda en que un hijo es el sucesor natural, entendemos que sea un hermano si no hay pareja o hijos. Pero, ¿en serio ese primo lejano al que no viste nunca desde la infancia es tu heredero? Sí, o el Estado. De lo poco o mucho que tengas o dejes.

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Es mucho más sencillo que para hacer un trámite en tu nombre, o responder frente a un médico, o tomar decisiones que te competen se acepte socialmente a una pareja con la que comenzaste hace poco una relación que a una amiga. La “pareja” tiene un rol social que se traduce en situaciones de poder y de reconocimiento. No importa si ese hombre que conociste hace dos años y no es ni siquiera tu pariente sabe lo que hubieras querido en ese momento. Su palabra vale más que la de tu amiga.

Hay una distancia cada vez más visible entre las familias que reconocen las leyes y las familias que construimos en la vida cotidiana. Y esa distancia empieza a convertirse en un debate político.

En septiembre de 2026, la diputada francesa Clémence Guetté presentó en la Asamblea Nacional un proyecto de ley para reconocer nuevos derechos fundados en la amistad, los vínculos afectivos y la ayuda mutua. La propuesta, que todavía debe atravesar el tratamiento parlamentario, contempla la creación de un partenariado social, una figura que permitiría formalizar determinados compromisos entre personas que no mantienen una relación de pareja. También plantea ampliar derechos vinculados con la herencia, las licencias laborales y los cuidados.

No es una propuesta destinada exclusivamente a mujeres ni a personas mayores. Pero puede tener consecuencias especialmente importantes para quienes están atravesando la segunda mitad de la vida y descubren que su núcleo de pertenencia ya no coincide necesariamente con la estructura familiar tradicional.

La novedad no consiste en que el Estado descubra la amistad. Consiste en reconocer que existen relaciones que organizan materialmente la vida de las personas sin estar basadas en el matrimonio, la descendencia o el parentesco.

Cuatro mujeres sentadas alrededor de una mesa de madera con cuatro tazas, un recipiente con galletas y un florero pequeño.
El incremento en la expectativa de vida impulsa nuevos modelos de convivencia y cuidado que no dependen de la descendencia tradicional (Imagen Ilustrativa Infobae)

Cuando la familia deja de ser solamente la que nos tocó

Durante buena parte de la historia, la familia fue una institución definida por el nacimiento y el matrimonio. Los vínculos de sangre determinaban pertenencias, obligaciones, herencias y responsabilidades. El matrimonio incorporaba nuevos integrantes y establecía otros derechos. Esa organización sobrevivió a enormes transformaciones sociales, aunque fue modificándose para reconocer el divorcio, las parejas del mismo sexo, las familias ensambladas y nuevas formas de filiación.

Pero hay una transformación menos visible, que no siempre entra en las estadísticas familiares ni encuentra palabras adecuadas en los formularios administrativos. Son las personas que construyen una familia sin parentesco y sin relación amorosa. Que se eligen para acompañarse, cuidarse y asumir responsabilidades mutuas. Que no necesitan casarse ni compartir una cama para compartir un proyecto de vida.

La expresión familia elegida tiene una historia que conviene recuperar. La antropóloga estadounidense Kath Weston publicó en 1991 Families We Choose: Lesbians, Gays, Kinship, una investigación sobre las relaciones familiares construidas en comunidades gays y lesbianas de San Francisco. En un contexto en el que muchas personas sufrían el rechazo de sus familias de origen, las redes de amistad, solidaridad y cuidado se transformaban en verdaderas estructuras familiares.

No eran solamente grupos de amigos que se acompañaban. Eran personas que asumían funciones que habitualmente se atribuyen a los parientes: sostener económicamente, cuidar durante una enfermedad, compartir vivienda, acompañar en la muerte. La familia dejaba de estar definida exclusivamente por la biología y comenzaba a entenderse también como una construcción social y afectiva.

Aquellas experiencias tienen una historia atravesada por la discriminación y, especialmente, por las redes de cuidado que se organizaron durante la epidemia de VIH/sida. Recuperarlas permite comprender que las familias elegidas no son una moda reciente ni una ocurrencia de mujeres que buscan alternativas para envejecer. Forman parte de una transformación más extensa de las relaciones de parentesco, de las maneras de organizar el cuidado y de la libertad de decidir con quién queremos compartir nuestra existencia.

Lo que cambia ahora es la dimensión que adquiere este fenómeno en sociedades donde vivimos cada vez más años.

Una familia para los próximos treinta años

La nueva longevidad está modificando los tiempos de la vida. Podemos atravesar varias relaciones de pareja, tener hijos que forman sus propias familias, vivir solos durante largos períodos y conservar una autonomía que generaciones anteriores difícilmente podían imaginar a determinadas edades. También podemos perder a nuestros padres, hermanos o compañeros mucho antes de llegar al final de nuestra propia vida.

No se trata de que las familias tradicionales estén desapareciendo. Siguen siendo fundamentales para millones de personas. Lo que sucede es que ya no alcanzan para describir la diversidad de relaciones que organizan nuestra vida cotidiana.

Hay mujeres que enviudaron y no quieren volver a formar pareja, pero sí construir un proyecto compartido. Otras que se separaron después de décadas de matrimonio y descubrieron que sus vínculos más estables estaban fuera de aquella relación. Mujeres que no tuvieron hijos, o cuyos hijos viven en otros países, y que encuentran en otras personas la posibilidad de imaginar un futuro acompañado. También hay quienes tienen familias numerosas y amorosas, pero desean construir una comunidad propia que no dependa exclusivamente de sus descendientes.

Durante mucho tiempo, el imaginario de la vejez estuvo organizado alrededor de una secuencia bastante rígida: los hijos crecen, los padres envejecen y las nuevas generaciones se ocupan de acompañarlos y cuidarlos. Esa organización nunca fue universal, pero funcionó como un modelo cultural y como presupuesto de numerosas políticas públicas.

La prolongación de la vida obliga a revisar ese guion. No solamente porque las familias son más pequeñas o porque sus integrantes pueden vivir lejos unos de otros. También porque muchas personas no quieren que sus hijos sean los únicos responsables de su bienestar futuro. Quieren conservar autonomía, construir proyectos y decidir con quién compartir los años que tienen por delante.

En ese contexto, la familia elegida deja de ser únicamente una definición emocional. Puede convertirse en una decisión económica, residencial, sanitaria y patrimonial. Y allí aparece la pregunta que las legislaciones comienzan a enfrentar: ¿qué derechos corresponden a quienes deciden asumir esas responsabilidades sin convertirse en pareja?

Clémence Guetté
La diputada francesa Clémence Guetté presentó un proyecto de ley para formalizar compromisos de afecto y asistencia mutua fuera del matrimonio

Francia pone el tema sobre la mesa

El proyecto presentado por Guetté tiene una particularidad que lo diferencia de otras formas de reconocimiento de la convivencia. No parte necesariamente de la obligación de compartir domicilio, sino de la posibilidad de formalizar determinados vínculos de afecto y ayuda mutua.

La iniciativa plantea crear un partenariado social y modificar distintos aspectos de la legislación para reconocer derechos que hoy se encuentran asociados principalmente con la pareja o los familiares. Entre ellos aparecen beneficios sucesorios, licencias laborales y mecanismos de reconocimiento de responsabilidades hacia otras personas.

Es una propuesta política que todavía no se convirtió en ley. Tampoco implica que dos amigas pasarían automáticamente a tener todos los derechos de un matrimonio. Precisamente por eso resulta interesante: intenta diseñar una figura distinta, adecuada a vínculos que no son conyugales.

La pregunta de fondo es si el Estado debe reconocer solamente las relaciones familiares que encajan en categorías tradicionales o si también puede dar protección jurídica a compromisos de solidaridad asumidos libremente.

No es un debate sencillo. Reconocer derechos significa también establecer obligaciones, determinar quiénes pueden acceder a determinados beneficios y prever qué sucede cuando una relación se rompe. La familia elegida puede ser una fuente de protección y autonomía, pero no está exenta de conflictos, desigualdades económicas o desacuerdos.

Formalizar un vínculo de ayuda mutua obliga a pensar tanto en el momento en que dos personas deciden acompañarse como en aquel en que dejan de hacerlo.

En Cataluña ya existe una figura para quienes deciden compartir la vida

Aunque la iniciativa francesa tiene una formulación novedosa, no es el primer intento europeo de dar reconocimiento jurídico a relaciones que no son de pareja.

Cataluña cuenta con una regulación de las relaciones convivenciales de ayuda mutua. El Código Civil catalán permite que personas adultas vinculadas por amistad o compañerismo formalicen una convivencia estable, compartan gastos y tareas domésticas y establezcan acuerdos sobre sus responsabilidades. Cuando no existe parentesco, la figura admite hasta cuatro convivientes. Puede constituirse mediante escritura pública o por el transcurso de dos años de convivencia.

La diferencia con el proyecto francés es importante. Cataluña reconoce una organización de la vida doméstica compartida. Francia propone avanzar hacia determinados derechos derivados de vínculos de amistad y ayuda mutua que no necesariamente requieren vivir bajo el mismo techo.

Ambos modelos permiten imaginar algo que todavía resulta extraño en buena parte de nuestras sociedades: que dos o más personas organicen una relación de cuidado y cooperación sin tener que presentarse como pareja.

Porque compartir la vida no significa necesariamente compartir una relación amorosa. Y construir una familia tampoco exige vivir todos los días en la misma casa.

El Código Civil y Comercial de Argentina limita el régimen de uniones convivenciales a las parejas y deja fuera a las amistades que comparten vivienda (REUTERS/Irina Dambrauskas)
El Código Civil y Comercial de Argentina limita el régimen de uniones convivenciales a las parejas y deja fuera a las amistades que comparten vivienda (REUTERS/Irina Dambrauskas)

Lo que ocurre en Argentina

El Código Civil y Comercial argentino incorporó importantes transformaciones en el reconocimiento de las relaciones familiares. El matrimonio igualitario, las uniones convivenciales y las modificaciones en materia de filiación forman parte de una ampliación de derechos que cambió profundamente la manera en que entendemos jurídicamente a la familia.

Sin embargo, las uniones convivenciales están concebidas para relaciones de pareja. El artículo 509 establece que se trata de vínculos afectivos de carácter singular, públicos, notorios, estables y permanentes entre dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común. El reconocimiento de sus efectos jurídicos exige, entre otros requisitos, una convivencia de al menos dos años.

Dos amigas que deciden vivir juntas no acceden automáticamente a ese régimen por el solo hecho de compartir una casa y un proyecto de futuro.

Eso no significa que carezcan de alternativas. Pueden comprar una propiedad en condominio, celebrar acuerdos privados, otorgar testamentos dentro de los límites establecidos por la legislación sucesoria o utilizar instrumentos jurídicos para organizar determinadas decisiones patrimoniales y sanitarias.

Pero son herramientas diferentes, que no constituyen por sí mismas un reconocimiento general de la familia elegida. Cada una resuelve una parte del problema. Ninguna transforma automáticamente esa relación en un vínculo familiar con todos los efectos jurídicos correspondientes.

La diferencia puede parecer abstracta hasta que aparece una enfermedad, una internación, una herencia o la necesidad de reorganizar una vivienda compartida. En esas circunstancias, las palabras que usamos para describir nuestras relaciones pueden tener consecuencias materiales.

Y hay una pregunta adicional que merece entrar en el debate argentino: si las políticas públicas buscan favorecer que las personas mayores permanezcan en sus hogares, con autonomía y redes de cuidado, ¿no deberían contemplar también a quienes construyen esas redes fuera del parentesco?

Las mujeres y una transformación silenciosa

Las mujeres tienen un lugar particular en esta historia. Durante generaciones fueron las principales responsables de sostener los vínculos familiares, organizar los cuidados y acompañar las distintas etapas de la vida de hijos, parejas, padres y otros parientes.

La mayor longevidad femenina, sumada a las transformaciones en las trayectorias laborales, afectivas y familiares, abre nuevas posibilidades para reorganizar esas responsabilidades.

No todas las mujeres quieren volver a formar pareja. No todas desean vivir con sus hijos. No todas imaginan la vejez como un período de dependencia o retiro de la vida social. Algunas están construyendo formas de convivencia, cercanía y apoyo mutuo que responden a sus propios deseos.

Sería un error presentar estos proyectos solamente como una solución frente a la soledad. Muchas de esas mujeres tienen familias, amigos, actividades y una vida social intensa. Lo que buscan no es necesariamente compañía porque les falte, sino la posibilidad de decidir cómo quieren organizar su futuro.

Tampoco se trata de convertir a las amigas en nuevas cuidadoras obligatorias. Esa sería una paradoja difícil de aceptar después de décadas de lucha para que el trabajo de cuidado dejara de recaer casi exclusivamente sobre las mujeres.

La familia elegida puede ser una oportunidad para distribuir responsabilidades de otra manera, pero solamente si se construye sobre acuerdos libres, recíprocos y sostenibles. El reconocimiento jurídico debería acompañar esa libertad, no transformarla en una nueva obligación invisible.

Las mujeres impulsan proyectos de ayuda recíproca para organizar su vejez con autonomía sin delegar su cuidado exclusivamente en los hijos (DAVID ZORRAKINO / EUROPA PRESS)
Las mujeres impulsan proyectos de ayuda recíproca para organizar su vejez con autonomía sin delegar su cuidado exclusivamente en los hijos (DAVID ZORRAKINO / EUROPA PRESS)

El derecho a elegir quiénes son los nuestros

La discusión que comenzó en Francia permite mirar desde otra perspectiva una transformación que ya está sucediendo. Durante décadas ampliamos el reconocimiento de distintas formas de pareja y de filiación. Ahora aparece una pregunta que no se resuelve solamente con esas categorías: qué sucede con los vínculos que no son amorosos en sentido conyugal, pero que constituyen el centro de la vida de una persona.

No todas las amistades son familias elegidas. No todos los afectos necesitan un contrato. Ni sería deseable que cada relación importante quedara sometida a una regulación jurídica.

Pero cuando dos o más personas deciden compartir recursos, responsabilidades, vivienda, cuidados y proyectos a largo plazo, puede resultar insuficiente que el derecho solamente las reconozca como individuos sin parentesco entre sí.

La nueva longevidad nos enfrenta a decisiones que antes parecían excepcionales. Podemos tener por delante treinta años después de la crianza de nuestros hijos, de una separación o del final de nuestra vida laboral. Años para construir otros proyectos, transformar nuestras relaciones y elegir nuevas formas de pertenencia.

En ese tiempo, la familia puede seguir siendo la de siempre. Puede ampliarse. Puede cambiar. Puede estar integrada por hijos, hermanos, parejas, amigas o personas con las que no compartimos ningún apellido.

Durante mucho tiempo, la pregunta sobre la familia fue de dónde venimos y a quiénes pertenecemos. Una vida más larga permite agregar otra: con quiénes queremos compartir lo que viene.

Y si esas personas son nuestra familia, aunque no exista un vínculo de sangre ni un matrimonio que lo certifique, quizás haya llegado el momento de que las leyes encuentren una manera de reconocerlo.

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