La denominada gestación solidaria es una opción terapéutica dentro de los tratamientos de reproducción asistida, reconocida actualmente por la Organización Mundial de la Salud (OMS), que brinda la posibilidad de lograr una gestación en una persona -denominada gestante- quien llevará adelante el embarazo con el fin de que el niño/a nacido/a tenga vínculos de filiación con una persona o pareja denominada comitente/s.
Es una técnica que genera beneficios a aquellas mujeres con imposibilidad de llevar adelante un embarazo por diversas patologías que lo impidan: malformaciones uterinas, histerectomía parcial o total, falta de útero congénita o adquirida, y otras patologías en el útero.
También se requiere cuando la mujer sufre alguna insuficiencia renal, cardíaca, hepática, etc. que pondría en riesgo su vida o la del bebé al quedar embarazada. A su vez, también está destinada a parejas del mismo sexo o a personas solteras.
El objetivo jurídico de la gestación solidaria es que los progenitores del bebé (los comitentes) sean reconocidos por la ley como los padres legales y para eso la mujer gestante no debe tener ningún vínculo con el recién nacido ya que no es considerada la madre del niño o la niña.
¿Es legal en la Argentina?
La gestación solidaria es absolutamente legal en la Argentina. De hecho, hay numerosos casos realizados en todo el país, luego de medidas judiciales favorables y cada vez hay más. Actualmente existen 25 sentencias nacionales y más de cuatro en curso y probablemente se agreguen cientos de casos de mujeres que no consultan para acceder al tratamiento por una falsa creencia de que sólo puede realizarse en el extranjero y es sumamente costoso.
En muchos países del mundo como Estados Unidos, Rusia, Canadá, Grecia y Ucrania está expresamente permitida. El inconveniente que se plantea en el país es que pese a los casos concretos, la jurisprudencia y los fallos judiciales, aún seguimos sin una Ley regulatoria sobre la gestación solidaria.
Tanto para llevar al bebé dentro de la panza como para ser la pareja comitente hay que cumplir requisitos muy estrictos. En el primer caso, va desde tener plena capacidad civil, acreditaciones psíquicas y físicas conforme a los protocolos que establezca la autoridad de aplicación de la Ley 26.862 (Ley Nacional de Fertilización Asistida), no aportar sus células reproductoras, haber dado a luz y tener un hijo propio, durante un tiempo se le brinda asesoramiento y se realizan evaluaciones psicosociales previas, cientos de estudios médicos, obstétricos y genéticos y, lo más importante, un gestante sólo podrá realizarse dos procedimientos de gestación solidaria de por vida.
En caso de los comitentes, tener plena capacidad civil, la imposibilidad de gestar o llevar un embarazo a término ya sea por cuestiones médicas o de género, debe ser la aportante de sus células reproductoras (denominadas gametos), contratar y pagar un seguro de vida a favor de la gestante durante todo el embarazo y el parto, asesoramiento y evaluaciones psicosociales previas, y pruebas preliminares para el aporte de los óvulos o de los espermatozoides.
De todo este proceso participa un equipo multidisciplinario que va desde médicos de distintas especialidades, psicólogos, trabajadores sociales y abogados.
Los desertores aseguran que tiene beneficios económicos para la mujer gestante y que entonces se trataría de una mercantilización de la maternidad. Es importante que todos aquellos que deseen ser madres o padres puedan tener esa posibilidad. La gestación solidaria tiene que ver con engendrar amor y que todos puedan tener la familia que soñaron. Avanzar en una ley sería igualar las mismas posibilidades para todos. Además, hay que desmitificar que es un tratamiento para ricos y que sólo se puede acceder en el exterior. Los exitosos casos de nuestro país en distintas clases sociales contradicen esa falacia.
A su favor, también plantean un inconveniente legal en caso de la muerte o separación de de los comitentes o la negación de la gestante a desapegarse del niño o la niña incumpliendo lo acordado. Frente a este panorama, para evitar este tipo de situaciones es que hay un proceso lleno de estudios, análisis y evaluaciones psicológicas durante un tiempo prudencial antes de llevar a cabo la gestación solidaria. Se requiere un debate, regulación y planificación responsable para la implementación con el fin de garantizar los derechos reproductivos de quienes tengan el deseo de ser padres y madres.
* Por Nicolás Neuspiller, ginecólogo especialista en reproducción asistida y director médico de Fecunditas. Ex coordinador general del Programa de Reproducción Asistida del Ministerio de Salud de la Nación
SEGUÍ LEYENDO