
La jueza laboral de Maldonado que había ordenado la subasta de la mansión “El Gran Chaparral” del ex sindicalista argentino Marcelo Balcedo dio marcha atrás y suspendió el remate sin nueva fecha, tras recibir un exhorto del juez federal de La Plata, Ernesto Kreplak, por vía de Cancillería. La medida desató una apelación inmediata de los trece ex empleados que esperaban cobrar casi dos millones de dólares en deudas laborales acumuladas desde 2018.
La magistrada en lo Civil de 7° Turno de Maldonado, Ecatherina Cardozo, que ella misma había ordenado la subasta del padrón N° 31.251 —la fracción de campo de seis hectáreas y 514 metros cuadrados sobre el Cerro de los Burros, en Playa Hermosa, donde se asienta la propiedad—, emitió una resolución interlocutoria que paralizó el remate previsto para el 8 de mayo y elevó la disputa al Tribunal de Apelaciones. La decisión llegó a días de la subasta, cuando ya se habían publicado los edictos legales y el martillero Gabriel Etcheverry había solventado los gastos de publicidad.
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El pedido de suspensión llegó desde el Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 3 de La Plata, a cargo de Kreplak, que instruye la causa FLP 2436/2015/22 caratulada "Balcedo, Marcelo Antonio y otros s/Infracción art. 303, Asociación Ilícita y Defraudación por Administración Fraudulenta“. El magistrado actuó a instancias de la fiscal federal María Laura Roteta, de la Fiscalía N° 1 de La Plata, y del fiscal general Diego Velasco, titular de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC), quienes se enteraron del remate a través de medios periodísticos —entre ellos, una nota publicada por este medio el 16 de abril— y verificaron el edicto en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay.

En el dictamen de cinco fojas que motivó el exhorto urgente, Roteta y Velasco sostuvieron que la convocatoria al remate era “a todas luces, improcedente” porque sobre el inmueble pesan medidas cautelares vigentes solicitadas por la República Argentina desde 2018. El Estado argentino había pedido el embargo de ese bien mediante exhorto librado el 15 de junio de 2018, reiterado en septiembre de 2019 y ampliado en diciembre de 2022 con una reinscripción de todos los embargos específicos y genéricos por un monto total de US$ 26.000.000. Los fiscales también citaron un informe del Equipo Multidisciplinario uruguayo creado por Decreto N° 1786/2024, que en mayo de 2025 reconoció expresamente la preferencia del Estado argentino sobre ese inmueble.
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Kreplak, en su resolución del 17 de abril, que este medio publicó de manera exclusiva, ordenó librar exhortos internacionales urgentes y fue categórico: requirió “con carácter urgente” al Juzgado Letrado de Maldonado de 7° Turno para que dejara sin efecto “de manera INMEDIATA” el remate, “en pos de resguardar los bienes que sistemáticamente reclama la Nación desde los albores del expediente y que debieran encontrarse cautelados motivo de la extradición pendiente desde el año 2018 y de las múltiples rogatorias exhortadas a tales fines desde hace más de 8 años”. Al mismo tiempo, advirtió al juzgado que tiene a cargo la extradición de Balcedo y su esposa Paola Fiege para que adoptara medidas que mantuvieran el estado actual de los bienes cautelados, en cumplimiento de una “promesa internacional de restitución” que data de 2018. La postura del magistrado no es solo preservar los activos: su criterio es que, de producirse eventualmente un remate, el producido —o lo que reste tras el pago de las indemnizaciones— sea girado a su juzgado para resarcir a las víctimas argentinas del vaciamiento del Sindicato de Obreros y Empleados de Minoridad y Educación (SOEME) del que el ex gremialista era su secretario general.

La apelación de los ex empleados
El mismo 8 de mayo (día del remate), los abogados Guillermo Ahlers y María Eugenia Nocetti, representantes de los trece exempleados, presentaron un escrito de apelación de 30 páginas ante el Tribunal de Apelaciones. Entre los trabajadores figuran niñeras, guardias de seguridad, personal de cocina y jardineros que no cobran sus acreencias desde la detención de la pareja en enero de 2018, y en algunos casos desde antes.
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Los letrados argumentaron que la decisión de Cardozo fue “inoportuna” porque se adoptó a siete días hábiles de la fecha fijada para el remate, cuando ya se había cumplido con toda la publicidad legal. Cuestionaron además que la jueza laboral haya dado curso al exhorto argentino: a su entender, ese tipo de cooperación internacional en materia penal solo puede ser recibida por un juez penal, no por un tribunal laboral. “El juez penal es el natural para recibir ese tipo de cooperación y no un juez laboral”, remarcó Ahlers el defensor de las víctimas uruguayas .
El argumento de fondo es más amplio. Los abogados sostienen que “la Justicia uruguaya no debe paralizar un remate por el pedido de un juez argentino cuando ni siquiera hay sentencia en ese país”, a diferencia de sus representados, que sí tienen fallos firmes a su favor. Señalaron que el embargo de los trabajadores en el registro es anterior al de la causa argentina —anotado como “Camacho, Luis y otros. Ejecución de sentencia. N° 17.734, 26/10/2022”— y que los tratados de cooperación internacional siempre preservan los derechos de terceros de buena fe, categoría que encuadra a los trabajadores.
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Ahlers fue más directo al resumir el impacto práctico: la suspensión “solo beneficia a Balcedo y Fiege, quienes no perderán su residencia en El Gran Chaparral mientras se sigue discutiendo el tema en Argentina”. El abogado advirtió que permitir que un pedido extranjero paralice sentencias firmes uruguayas generaría “un precedente muy perjudicial para los trabajadores que logran tener sentencias que no se cumplen en Uruguay“.
La apelación también recordó que la propia jueza Cardozo había resuelto años atrás seguir adelante con los embargos contra los bienes de Balcedo cuando el juzgado penal sostenía que no podía afectarlos por el pedido de Argentina, en una contienda de competencia resuelta por la Suprema Corte de Justicia. Ahora, señalan, dio marcha atrás.
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Que el cuestionado ex secretario general del Sindicato de Obreros y Empleados de Minoridad y Educación no haya sido condenado en la Argentina tiene peso específico propio. El juez federal de La Plata reclama desde 2018 su extradición para ser juzgado y hasta ahora la República Oriental del Uruguay no hizo lugar a esa petición por recursos impuestos por el gremialista.
Ocho años de reclamos sin respuesta
El trasfondo del conflicto es una causa que el juez Kreplak instruye desde 2018 sin haber podido indagar a Balcedo ni presencialmente ni por videoconferencia. En la causa FLP 2436/2015/22, el ex secretario general del SOEME está acusado de liderar una organización destinada a cometer delitos, lavar activos y desviar fondos sindicales para beneficio propio. La hipótesis judicial sostiene que el sindicato funcionaba como base de esa estructura y que parte del dinero habría provenido del vaciamiento de las arcas gremiales.
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La causa ya tiene condenas parciales: el 18 de diciembre de 2024, el Tribunal Oral Federal (TOF) 1 de La Plata sentenció a la mano derecha de Balcedo, Mauricio Yebra, y a varios ex funcionarios del SOEME por haber desviado más de 2.500 millones de pesos de los afiliados.
Yebra ingresó al directorio del sindicato en 2012, actuó como testaferro de la pareja y realizó 18 vuelos privados a Uruguay entre 2014 y 2018, en los que se sospecha que se trasladó dinero en efectivo. Decenas de inmuebles y vehículos fueron decomisados y entregados al propio gremio.
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El también ex empresario de medios, en tanto, fue detenido el 4 de enero de 2018 en el Gran Chaparral en un operativo coordinado entre ambas justicias. En ese allanamiento se secuestraron 500.000 dólares en efectivo, cerca de 4,5 millones de pesos argentinos, euros, armas largas y cortas con municiones, una flota de vehículos de alta gama —Ferrari, Porsche, Mercedes-Benz— y animales exóticos. La fiscalía uruguaya calificó el procedimiento como la mayor incautación de dinero en efectivo registrada en ese país. Juzgado en Uruguay en un proceso abreviado, Balcedo y Fiege admitieron su responsabilidad por lavado de activos, contrabando y tráfico interno de armas. La condena del Juzgado de Primera Instancia en lo Penal de 4° Turno quedó firme el 1 de octubre de 2020.
Tras cumplir el régimen de libertad vigilada, la pareja volvió a residir en la mansión. En Argentina, la extradición solicitada en 2018 permanece sin resolución. La Cámara Federal de Casación de La Plata rechazó en marzo de 2026 el pedido de Balcedo de garantías de no detención en caso de regresar al país.
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La disputa por el Gran Chaparral enfrenta ahora dos lógicas judiciales: la de los trabajadores uruguayos con sentencias firmes que esperan cobrar desde hace ocho años, y la del Estado argentino, que reclama bienes que considera producto del lavado de fondos sindicales y exige su restitución en el marco de una extradición que no termina de concretarse.
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