
El abogado Rafael Ruíz Hidalgo se reincorporó a la Junta Nacional de Justicia (JNJ) en cumplimiento de la resolución judicial que dispuso la ejecución provisional del fallo que declaró nula su vacancia.
La ceremonia de juramentación estuvo liderada por el defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, en su calidad de presidente de la Comisión Especial que eligió a los actuales miembros de la JNJ.
La reincorporación de Ruíz Hidalgo no implicó que el primer suplente, Cayo Galindo, quien lo reemplazó luego de ser vacado, dejara la Junta. Ello porque el martes pasado, María Teresa Cabrera cesó a Francisco Távara Córdova tras cumplir la edad de 75 años. La vacante que hoy ocupa Hidalgo en realidad le correspondía a la abogada Mónica Roxana Rosell Medina, actual funcionaria de la Contraloría General de la República que es la segunda consejera suplente disponible.
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La sentencia contra Rafael Ruíz
El origen del caso se remonta a 2004, cuando Rafael Ruiz Hidalgo se desempeñaba como juez suplente del Décimo Tercer Juzgado Laboral de Lima. En esa función, ordenó el embargo de cuentas bancarias de empresas vinculadas al Grupo Gloria en favor de un supuesto extrabajador, pese a que dichas empresas no tenían relación con el proceso. El 7 de diciembre de 2010, la Sexta Sala Especializada en lo Penal de Lima lo condenó a tres años de prisión suspendida, un año de inhabilitación para ejercer cargos públicos y el pago de S/ 1.000 como reparación civil. La Corte Suprema rechazó todos sus recursos en 2013 y el expediente fue archivado en 2020.
Al postular a la JNJ en 2024, Ruiz no consignó ese antecedente en los apartados de antecedentes penales y judiciales, no lo mencionó en las entrevistas personales y presentó un certificado de antecedentes penales limpio.
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Tras la denuncia periodística se presentaron solicitudes de vacancia. En abril de 2025, el pleno de la JNJ resolvió por unanimidad vacar a Ruiz Hidalgo del cargo, con la firma de los seis miembros restantes: Gino Ríos, María Cabrera, Francisco Távara, Germán Serkovic, Hugo Chanduví y Jaime de la Puente. La reconsideración, al igual que sus argumentos de defensa, también fue desestimada.

Luego, Rafael Ruiz presentó una acción de amparo contra las resoluciones de vacancia. El 29 de abril de 2026, el Primer Juzgado Constitucional Permanente de Lima declaró fundada en parte la demanda y ordenó su reposición como miembro titular en un plazo de cinco días hábiles. El juez determinó que la Junta se atribuyó competencias propias del Poder Judicial al evaluar el cumplimiento de las reglas de conducta, el pago de la reparación civil y los efectos residuales de la condena, aspectos que solo puede calificar un juez penal. El fallo también señaló que, al momento de la designación, Ruiz Hidalgo no registraba antecedentes penales activos.
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Al tratarse de una sentencia de primera instancia, la orden de reposición deberá ser ratificada para que surta plenos efectos. No obstante, Infobae dio a conocer que Ruiz Hidalgo solicitó la actuación inmediata del fallo, pedido que fue declarado fundado por el Juzgado.
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