
El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) dio a conocer que, de acuerdo con las proyecciones de población al año 2023, en nuestro país existen 4 millones 598 mil personas de 60 y más años de edad, las cuales representan el 13,6% de la población total del país. Además, por grupo de edad, se aprecia que el 4,0% tienen de 60 a 64 años, 3,2% de 65 a 69, 2,5% de 70 a 74 años de edad, 1,7% de 78 a 79 años y el 2,1% de los adultos mayores tienen de 80 a más años de edad.
Si bien se trata de un porcentaje menor, los adultos mayores en el Perú son una población a la que se debe prestar atención pues se enfrentan a diversas situaciones de riesgo que afectan su salud y su dignidad. Entre ellas, el edadismo crea condiciones de desigualdad que impiden su participación activa en la sociedad.
Esta discriminación por edad se puede notar incluso desde el lenguaje que se emplea cuando se hace referencia a una persona que tiene 60 años o más. Anteriormente se usaba la palabra “viejo”, luego fue reemplazada por “anciano” y actualmente es más común decir “adulto mayor”. Pero, ¿cuál es la manera correcta en la que se debe llamar a las personas que han atravesado por lo menos seis décadas de vida?
Clasificación de las personas mayores de acuerdo a su edad

La Organización Mundial de la Salud (OMS) clasifica la edad adulta en varias etapas, las primeras de ellas son la de adulto joven, que va de 18 a 44 años; y la de adulto medio, que abarca desde los 45 hasta los 59 años.
Una vez llegados a los 60, la clasificación es la siguiente:
- Adulto mayor o anciano joven: de 60 a 74 años
- Anciano: de 75 a 90 años
- Anciano longevo: a partir de los 90 años

Sin embargo, en la práctica a toda persona mayor de 60 años se le denomina indistintamente como persona de la tercera edad o adulto mayor. Dado que cada vez más individuos superan los 80 años, es posible que en el futuro cercano el término adulto mayor se aplique a personas mayores de 70 o 75 años.
Cabe señalar que, aunque no figura en la clasificación de la OMS, las personas que alcanzan los 100 años o más son denominados centenarios.
La manera correcta de llamar a las personas mayores
El concepto de vejez está estrechamente relacionado con la esperanza de vida dentro de una sociedad. A medida que las condiciones de higiene y salud mejoran, la esperanza de vida ha aumentado, lo que ha hecho variar la edad considerada como inicio de la vejez en diferentes épocas y culturas.
En la Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento llevada a cabo por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en Viena en 1982, se decidió considerar anciana a la población de 60 años o más. Posteriormente, se introdujo el término “adulto mayor” para evitar las connotaciones negativas asociadas a palabras como “viejo” o “anciano”.

Para llamar a las personas mayores de manera correcta, se puede tomar en cuenta lo siguiente:
Expresiones correctas:
- Mayores, personas mayores: son términos objetivos, que no conllevan carga ni valoraciones de ningún tipo.
- Personas de edad avanzada, población mayor: es también una expresión adecuada y neutral.
- Anciano, Viejo/a (sin diminutivos): su uso es relativo y está condicionado al contexto en el que se encuentra.
Expresión incorrectas:
- Vejete y decrépito(a): son términos peyorativos y cargados de prejuicios, que no responden a la realidad de la mayoría de los y las mayores.
- Abuelo(a): es un término insuficiente, que no representa a todas las personas mayores, sino sólo a quienes tienen esta relación de parentesco. Puede tener además connotaciones paternalistas.
- Pensionados/as: es un término adecuado pero insuficiente, pues abarca sólo a quienes han alcanzado la edad legal para dejar de trabajar, que no son necesariamente personas mayores.
Más información:
¿Qué desafíos enfrentan las personas mayores en Perú?
Los peruanos a partir de los 60 años se enfrentan a diversos desafíos en nuestra sociedad, entre los que destacan los siguientes:
- Acceso a servicios de salud : Enfrentan dificultades para acceder a servicios médicos adecuados y especializados, lo que es crucial para atender enfermedades crónicas y necesidades propias de la edad.
- Discriminación y edadismo : Pueden experimentar actitudes discriminatorias debido a prejuicios sobre la capacidad y valor de los adultos mayores, limitando su participación en diversas áreas de la vida social y laboral.
- Inseguridad económica : Muchos adultos mayores carecen de una pensión adecuada o recursos financieros suficientes, lo que complica su acceso a necesidades básicas y afecta su bienestar económico.
- Aislamiento social : La soledad y el aislamiento son comunes, especialmente en áreas urbanas, donde las redes familiares y comunitarias pueden ser más débiles, impactando su salud mental y emocional.
- Accesibilidad y movilidad : Enfrentan barreras en el acceso a espacios públicos y transportes, dificultando su participación social y acceso a servicios esenciales.
¿Qué es la Ley de la Persona Adulta Mayor?
En nuestro país, existe la Ley de la Persona Adulta Mayor o Ley Nº 30490 que tiene como objetivo garantizar los derechos de las personas adultas mayores.

El objetivo es combatir el abandono que sufre esta población y las dificultades de accesibilidad que enfrenta, así como promover su autonomía y asegurar la atención geriátrica.
Los derechos de los adultos mayores son los siguientes:
- Una vida digna, plena, independiente, autónoma y saludable.
- La no discriminación por razones de edad y a no ser sujeto de imagen peyorativa.
- La igualdad de oportunidades.
- Recibir atención integral e integrada, cuidado y protección familiar y social, de acuerdo a sus necesidades.
- Vivir en familia y envejecer en el hogar y en comunidad.
- Una vida sin ningún tipo de violencia.
- Acceder a programas de educación y capacitación.
- Participar activamente en las esferas social, laboral, económica, cultural y política del país.
- Atención preferente en todos los servicios brindados en establecimientos públicos y privados.
- Información adecuada y oportuna en todos los trámites que realice.
- Realizar labores o tareas acordes a su capacidad física o intelectual.
- Brindar su consentimiento previo e informado en todos los aspectos de su vida.
- Atención integral en salud y participar del proceso de atención de su salud por parte del personal de salud, a través de una escucha activa, proactiva y empática, que le permita expresar sus necesidades e inquietudes.
- Acceder a condiciones apropiadas de reclusión cuando se encuentre privada de su libertad.
- Acceso a la justicia.
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