Enfermedades ocupacionales: los aspectos que debe prever todo empleador

El Ministerio de Trabajo reportó en el 2022 el diagnóstico de 362 enfermedades ocupacionales, de las cuales 263 fueron en mujeres y 99, en varones

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Trabajadores mineros se han visto afectados por enfermedades al sistema respiratorio.
Trabajadores mineros se han visto afectados por enfermedades al sistema respiratorio.

El 6 de julio 2023, dentro del Expediente N° 00419-2022-PA/TC-JUNÍN, en un proceso de amparo, el Tribunal Constitucional emitió en la Sentencia 303/2023, en la cual estableció como precedente constitucional vinculante que se presume el nexo de causalidad entre las enfermedades profesionales que afectan el sistema respiratorio y las labores realizadas en el complejo metalúrgico de La Oroya, cuando se trate de trabajadores mineros que hayan participado directamente en la extracción o el procesamiento de minerales, así como en servicios de apoyo para la extracción minera, durante un tiempo prolongado.

Teniendo en cuenta este precedente, es importante recordar un tema clave en las relaciones laborales, como son las “enfermedades ocupacionales”. Estas son, en palabras del Ministerio de Salud, alteraciones de la salud de los trabajadores que se producen como consecuencia de la exposición a distintos factores de riesgo existentes en los ambientes de trabajo, que evoluciona de forma aguda o crónica. El Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) define a una enfermedad ocupacional como aquella enfermedad contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo relacionadas al trabajo.

Como datos trascendentes tenemos que, según el Boletín Mensual del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), se reportó en el 2022 el diagnóstico de 362 enfermedades ocupacionales, de las cuales 263 fueron en mujeres y 99, en varones.

Además, hasta mayo de 2023, se reportaron 48 diagnósticos de este tipo de enfermedades en nuestro país. Dentro de las enfermedades ocupacionales diagnosticadas más recurrentes en el Perú tenemos a las siguientes: Hipoacusia o sordera provocada por el ruido, Mycobacterium tuberculosis, Neumoconiosis por exposición a polvo de carbón, enfermedades ocasionadas por agentes químicos, fatiga mental y/o postural, enfermedades respiratorias, entre otras.

Dentro de los factores para la exposición a los riesgos en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), encontramos el desconocimiento de muchos trabajadores y empleadores de los riesgos a los que están expuestos, siendo uno de los problemas resaltantes cuando analizamos las enfermedades ocupacionales.

Otro factor es el incumplimiento de parte de varios empleadores en proporcionar a sus trabajadores la capacitación adecuada para evitar la exposición a agentes que ocasionan alguna enfermedad. Asimismo, podemos identificar el hecho de la falta de participación del mismo trabajador, que contando con sus elementos de protección personal no los usa y hace caso omiso a las recomendaciones y capacitaciones impartidas por su empleador.

Un punto acertado que debe ejecutar todo empleador para evitar o mitigar cualquier tipo de responsabilidad frente a los diagnósticos de enfermedades ocupacionales en los trabajadores (y debería estar planificado dentro del Sistema de Gestión de SST) son los exámenes médicos ocupacionales.

La prevención es un elemento fundamental en materia de SST, ya que debemos recordar que el empleador como garante de la SST puede tener responsabilidad administrativa, civil y/o penal en materia de SST, donde siempre será responsable civilmente por cualquier evento dañoso para la vida o salud del trabajador, según el VI Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral y Previsional.

Es recomendable tener una conducta preventiva frente a la SST, no solo por un tema de cumplimiento normativo, sino porque se encuentra en juego la integridad de los trabajadores y vidas que deben ser protegidas, con el objetivo de brindar un puesto de trabajo seguro y saludable.

Desde nuestra tribuna, llamamos a todo empleador para que implementen un correcto Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, apuntando a su deber de prevención y de responsabilidad en toda relación laboral.

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