El incumplimiento de la cuota alimentaria es una de las principales formas de violencia económica. Son muchísimas las mujeres que no conviven con el otro progenitor, que tienen a cargo el cuidado personal exclusivo de sus hijas/os, que no perciben alimentos, que en general sufren otras violencias de parte del varón y que, como todas, padecen las desigualdades estructurales del mercado laboral. Pero, como si esto fuera poco, también tienen que lidiar con la ANSES.
Según un informe del Centro de Economía Política Argentina (CEPA), el 85% de los hogares monoparentales en la Argentina está a cargo de una mujer y solo 1 de 4 mujeres madres que no conviven con el otro progenitor percibe la cuota alimentaria. Un estudio presentado en junio de este año por el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual de la Provincia de Buenos Aires indica que el 66,5% de las mujeres no recibe cuota alimentaria o solo la percibe eventualmente, que solo el 10% de quienes la cobran considera que es suficiente y que el 44% depende de dinero prestado para completar sus ingresos mensuales.
A esto se agrega la desigual distribución de las tareas de cuidado que los varones extraen gratuitamente de las mujeres, a pesar de que la ley 26.485 dispone que las tareas cotidianas que hace el progenitor que asume el cuidado personal de la hija o hijo tienen un valor económico y constituyen un aporte a su manutención. Si las tareas de cuidado las hace una persona ajena a la familia se pagan, pero si las hace la madre no.
Un informe publicado en agosto de 2020 por la Dirección de Economía, Igualdad y Género del Ministerio de Economía exhibe que 9 de cada 10 mujeres realizan este trabajo no remunerado, cuyo aporte al PIB, medido en forma conservadora, es del 15,9%. Las mujeres dedican a los cuidados 6,4 horas diarias, tres veces más que los varones. Y la desigualdad se sostiene (esto es realmente increíble) cuando la mujer tiene un trabajo de tiempo completo fuera del hogar y el varón está desempleado (ella dedica 5,9 horas y él 3,2).
La menor participación en el mercado laboral, la mayor precarización de los trabajos que hacen las mujeres y la brecha salarial de género (que en la Argentina es del 28%) son la contracara, en parte, de esta desigual distribución de las tareas de cuidado. Los varones no se embarazan. Los varones no faltan cuando se enferman los niños y niñas. Los varones no tienen que buscar trabajos de tiempo parcial porque deben dedicar casi siete horas por día a tareas domésticas.
Una esperaría que, en este contexto de violencia económica (al que muchas veces se suman situaciones de violencia física, sexual o psicológica), aparezca el Estado para cumplir con sus obligaciones legales nacionales e internacionales. Pero no solo no aparece, sino que agrega la propia violencia institucional de su burocracia y sus regulaciones.
El mejor ejemplo de abandono es el proyecto de ley que crea el Sistema Integral de Políticas de Cuidados de Argentina y que, como reconstruyó hace unos días la periodista Ingrid Beck, está parado en el Congreso desde que lo envió el Poder Ejecutivo en un pomposo acto el 1 de mayo. La norma buscaría establecer políticas y servicios para proveer, socializar y redistribuir las tareas de cuidado entre el sector público, el sector privado, las familias y las organizaciones comunitarias. Muy lindo todo, pero la Cámara de Diputados ni siquiera lo giró a comisiones.
En cuanto a la violencia activa del Estado, el caso paradigmático es la falta de perspectiva de género de la ANSES en la regulación y administración de las asignaciones familiares. Lo vienen denunciando desde hace años organizaciones como la Asociación Civil Red de Víctimas de Violencia (Red VIVA), Familias Monomarentales, Identidad Feminista y el Equipo de Investigación Feminista en Género, Derecho y Justicia Social (EQUIFEM).
¿Cuál es el problema? Que, al considerar a los varones no convivientes como parte del mismo grupo familiar aun cuando se trata de deudores alimentarios, de padres que no comparten el cuidado personal o incluso de violentos con restricciones de contacto, el régimen de asignaciones familiares previsto en la ley 24.714 impide a muchas mujeres acceder a la asignación universal por hijo para protección social (AUH) o limita su percepción de la asignación por hijo (la de quienes tienen empleo).
Hay varias cuestiones. Primero, solo pueden acceder a la AUH los grupos familiares con hijos/as menores de 18 años cuando las personas a cargo se encuentren desocupadas, tengan empleos no registrados (en negro) o trabajen en el servicio doméstico. Genial. Esta es la situación de muchísimos hogares monomarentales que, además de esas condiciones de vulnerabilidad, no perciben cuota alimentaria por incumplimiento del progenitor varón y que, sin embargo, no pueden acceder a la AUH. ¿Por qué? Porque el varón, que no tiene cuidados personales compartidos, que incumple el pago de alimentos y que no hace absolutamente ningún aporte a la manutención de sus hijos/as, tiene un empleo registrado o es monotributista.
Listo, afuera del sistema. El Estado bobo, violento e hipócrita dice que son un único grupo familiar (de nuevo, incluso cuando hay restricciones de contacto por violencias) y, como uno de los dos progenitores está empleado, no corresponde la AUH. ¿Y la mujer? Que salga a pedir dinero prestado, como muestran las estadísticas. Mientras tanto puede iniciar un reclamo judicial, pero para ello necesitará, uy, qué macana, tiempo y dinero.
Segundo, en relación no ya a la AUH sino a la asignación familiar que perciben quienes trabajan en relación de dependencia o como monotributistas hasta la categoría H inclusive, conocida como SUAF (Sistema Único de Asignaciones Familiares), la consideración de los progenitores no convivientes como grupo familiar genera varios problemas:
-Si el varón supera la categoría H, no se cobra la asignación aunque no pague alimentos.
-Si es autónomo obviamente tampoco.
-Como se suman todos los ingresos de ambos progenitores (incluyendo pensiones, planes, etc.), si entre los dos superan el tope máximo familiar (actualmente de $316.731) o alguno de los dos supera un importe superior a $158.366, no hay asignación.
¿En castellano? No se brinda una prestación social prevista para la asistencia de niñas, niños y adolescentes si el padre gana más de $158.366 por mes, aun cuando esas niñas, niños y adolescentes no perciban absolutamente ningún cuidado ni manutención de esa persona. Fantástico. Igual de justo que cancelar la asignación familiar cuando el vecino de la esquina gana más de $158.366.
Y hay más. Cuando en 2016 se amplió la asignación familiar a las personas monotributistas, se dispuso una limitación: que estén efectivamente abonadas las imposiciones mensuales, o sea, que la persona pague el impuesto. El Estado niega una prestación social básica a niñas, niños y adolescentes (ya de por sí violentados por la falta de cuidados y el incumplimiento de una cuota alimentaria) porque el violento le debe impuestos a la AFIP. Otra genialidad.
En marzo de 2020, la Red VIVA juntó 100 casos testigo de mujeres perjudicadas por esta ridiculez y, con el patrocinio gratuito de Joaquín Ceballos, abogado del estudio Beccar Varela y miembro de la Comisión de Trabajo Pro Bono e Interés Público del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, presentó un amparo colectivo pidiendo la inconstitucionalidad de esa norma. En noviembre de ese año, en el marco de la pandemia, el gobierno derogó por decreto el requisito de pagar el monotributo para cobrar asignaciones.
Sin embargo, la Red decidió mantener el reclamo judicial, que desde fines de 2020 espera una resolución de la Corte Suprema (¡ring!). En diálogo con Infobae, Sara Barni, presidenta de la ONG, explicó el motivo: “la ANSES no se enteró del nuevo decreto, no lo respeta y sigue rechazando asignaciones familiares cuando hay deudas de monotributo con la AFIP”.
La consecuencia de estas limitaciones absurdas no es solo privar a hogares monomarentales de la debida asistencia social. Barni explica que “este sistema llevó a que muchos varones violentos se queden ellos con la AUH, la asignación familiar por hijo/a o incluso, en pandemia, el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE)”.
¿Cuál es la solución? Que la ANSES habilite un trámite rápido y sencillo para dejar de considerar a los hogares monomarentales como parte del grupo familiar de varones no convivientes a los efectos del cobro de prestaciones sociales para niñas, niños y adolescentes. No parece muy complejo, ¿no? De hecho, durante la pandemia, la ANSES habilitó un formulario en línea para presentar una declaración jurada de la no convivencia. ¡Muy bien!
No, no tan rápido. “Cuando terminó la pandemia eliminaron el formulario”, le dijo la presidenta de Red VIVA a este medio. “Y si vas a la ANSES te mandan al juzgado. Toman al varón como ‘cabeza de familia’ (te dicen esto literalmente) y consideran que el derecho a cobrar es de él”. ¡Acudir al Poder Judicial por un trámite simple! Es ridículo, en especial porque se sabe que, aun con una orden judicial, la ANSES tiene enormes demoras para resolver cambios de titularidad de las prestaciones.
Hay situaciones kafkianas. Barni cuenta que, si una mujer a cargo de un hogar quiere que el Estado le otorgue la AUH a ella en vez de al varón que, además de no pagar alimentos, se viene quedando con la prestación de sus hijas/os, la ANSES le exige a ella que pague las deudas de él (por ejemplo, por los famosos mini créditos que se otorgan a beneficiarios de la AUH).
La Red VIVA le propuso al Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación que intervenga para lograr que, cuando un juzgado toma nota de una separación, oficie automáticamente a la ANSES y el organismo asigne directamente las prestaciones que correspondan a quien queda a cargo del cuidado. No hubo respuesta.
Pero digamos todo: están muy felices de ponerle fin al patriarcado. Así que corazones violetas para todo el mundo y ¡good show!
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