
A través del Reporte sobre la Estrategia Internacional para el Control de Narcóticos, el Departamento de Estado de los Estados Unidos (EEUU) acusó que uno de los motivos por los cuales México no ha obtenido avances relevantes en el combate al lavado de dinero es la actuación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
En el documento, la agencia estadounidense las autoridades mexicanas “han tenido un éxito limitado en la investigación y el congelamiento de cuentas bancarias relacionadas con actividades ilícitas y un éxito aún menor en el procesamiento de delitos financieros”.
En su análisis sobre las estrategias para hacerle frente a este tipo de operaciones de los grupos criminales, el Departamento de Estado recordó las determinaciones tomadas por la SCJN en el año 2017, con las que suprimió la facultad de la Fiscalía General de la República (FGR) para bloquear cuentas bancarias y otros activos ligados a personas consideradas sospechosas. Al año siguiente, la misma atribución de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) fue declarada inconstitucional.
En enero de 2023, al resolver el amparo 58/2021, la Primera Sala de la Suprema Corte declaró que era inconstitucional el precepto que obligaba a las instituciones bancarias a proporcionar información al Ministerio Público sin una orden judicial. Dicha decisión fue tomada debido a que tal facultad de la autoridad investigadora “vulnera el derecho a la privacidad en su vertiente de secreto bancario”.

Tales sentencias, en consideración del Departamento de Estado de EEUU, “obstaculizan la capacidad de la FGR para obtener órdenes de decomiso de activos en virtud de la ley”. Lo que esto ocasiona, acorde con la perspectiva de la agencia norteamericana, es que México carezca de “leyes efectivas para el decomiso de estos bienes”.
Una reflexión similar fue compartida por la UIF en noviembre de 2024, luego de que la Segunda Sala de la SCJN resolviera que los jueces de amparo pueden otorgar una “eliminación provisional” de la Lista de Personas Bloqueadas a través de suspensiones.
“Esto permitirá que cualquier persona física o moral incluida en esta lista, como medida de protección del sistema financiero por la UIF pueda ser excluida de manera inmediata, con la posibilidad de desbloquear sus cuentas bancarias y seguir operando con absoluta normalidad en el sistema financiero mexicano y con fondos cuya lícita procedencia no está acreditada”, aseveró la institución.
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