El año 2025 ya comenzó y, con ello, las oficinas gubernamentales volverán a las actividades. Con motivo de la llegada del nuevo periodo se han dado a conocer una serie de trámites obligatorios para algunas personas. Al respecto, existe una serie de requisitos que las personas contribuyentes deben cumplir obligatoriamente durante el 2025, según el Servicio de Acción Tributaria (SAT).
Es importante que las personas estén al tanto de contar con todos los requisitos cumplidos con el objetivo de evitar sanciones económicas y garantizar el cumplimiento de sus responsabilidades fiscales.
Entre las gestiones más relevantes se encuentra la habilitación del Buzón Tributario, un requisito por el cual las autoridades autorizaron una prórroga para su cumplimiento, a más tardar, antes del 31 de diciembre de 2025. Cumplir con ello podrá ayudar a evitar multas que oscilan entre los MXN 3 mil 850 y los MXN 11 mil 540 pesos, según informó el SAT.
El buzón tributario es una herramienta esencial para la comunicación entre el SAT y los contribuyentes, ya que permite recibir notificaciones oficiales y realizar trámites en línea. Para activarlo, es necesario contar con la contraseña y la e.firma. En caso de no disponer de estos elementos, los contribuyentes deberán agendar una cita en las oficinas del SAT para obtenerlos. Una vez que se tengan los datos de acceso, el proceso se debe completar ingresando al sitio web oficial del SAT y siguiendo las instrucciones en el apartado denominado “Minisitio del Buzón Tributario”.
Otro trámite fundamental es la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), aunque no es obligatorio para todas las personas, ayuda a estar al corriente de las obligaciones fiscales activas. Este registro se obtiene mediante una cita en las oficinas del SAT, donde se debe presentar la documentación requerida. Este paso es crucial para formalizar la relación del contribuyente con el sistema fiscal mexicano y garantizar que se cumplan las normativas vigentes.
El SAT también ha destacado la importancia de obtener la firma electrónica (e.firma), una herramienta indispensable para realizar trámites digitales ante la autoridad fiscal. Este documento digital se tramita en las oficinas del SAT mediante una cita previa y requiere la presentación de una identificación oficial vigente, la Clave Única de Registro de Población (CURP), un comprobante de domicilio, un correo electrónico y una memoria USB para almacenar los archivos correspondientes.
Por otro lado, el SAT recordó que la declaración anual es un trámite obligatorio para personas físicas y morales que hayan percibido ingresos por conceptos como sueldos y salarios, servicios profesionales, actividades empresariales, arrendamiento de bienes inmuebles, enajenación o adquisición de bienes, intereses o dividendos, así como para quienes pertenezcan al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Este trámite deberá realizarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2025.