Desde el 24 de diciembre 2024, el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el decreto oficial que establece una reforma a la Ley Federal del Trabajo en referencia a las personas trabajadoras por aplicación. En un encuentro con medios, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, esclareció las opiniones contradictorias que ha desatado este marco legal en favor de los repartidores que laboran en el país.
Por la dirección de la presidenta, la iniciativa fue presentada ante el Congreso de la Unión donde recibió el respaldo de los funcionarios. Dicho decreto pretende beneficiar a los repartidores de aplicación pues se buscará garantizar mejores prestaciones y beneficios en su labor, uno de los principales reside en la acreditación de atención médica gratuita.
Reforma a Ley Federal del Trabajo: Repartidores de aplicación
Durante “La Mañanera del Pueblo”, la mandataria aprovechó la intervención para aclarar los lineamientos de la nueva reforma a la Ley Federal del Trabajo, pues tras la publicación del decreto, había surgido rumores de las posibles ‘afectaciones’ que tendría tras colocarse en vigencia.
Esta reforma fue una iniciativa planteada por la dirigente en parte de los compromisos que ejerció en campaña, pues derivado a las injusticias de contrato de los trabajadores, la propuesta se dirigió con el objetivo de regular el trabajo en plataformas digitales, así como la obligatoriedad de la seguridad social en favor de los repartidores.
Con la finalidad de proporcionar una protección adicional a los repartidores de aplicación, uno de los principales beneficios recaerá en que los trabajadores puedan acceder a servicios médicos mediante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), siempre que perciban al menos un salario mínimo.
Conforme a lo expedido por la dirigente, la norma entrará en vigencia durante un lapso de 180 días, por lo que se encargo de desmentir las especulaciones respecto a la baja empleo que ‘podría desencadenar’ esta norma. Asimismo, Sheinbaum Pardo refrendó que la obtención de los servicios del IMSS dependerá las horas laborales que cada usuario desempeñe en su jornada, por lo que no existe medida alguna que obligue a los trabajadores en asistir a un horario de 8 horas.
Dicho esquema de trabajo tendrá que ser regulado la empresa empleadora, donde se cotizarán las horas que desempeña cada trabajador para que puedan adquirir ventajas de seguridad social. En contra parte, la institución gubernamental tendrá el compromiso de cubrir un seguro de accidentes, así como el derecho de los repartidores a cotizar para el momento que puedan contribuir a su pensión.
Cabe señalar que la norma asegurará la seguridad a los trabajadores de aplicación, quienes se mantenían bajo un contrato fuera de la ley, sin prestaciones considerables al riesgo que enfrentan día a día. Entre los beneficios se incluyen atención médica, pensiones, guarderías, vacaciones, prima vacacional, créditos de Infonavit y utilidades, también la formalización de su relación laboral mediante un contrato ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.