Después de quince días de haber recibido el visto bueno en la Cámara de Senadores, la Ley Silla fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Con ello, la iniciativa aprobada en el Congreso de la Unión se perfila para entrar en vigor y garantizar el descanso de las personas trabajadoras en su centro de trabajo y durante su jornada laboral.
A través de su cuenta verificada de la red social X, antes Twitter, la legisladora Patricia Mercado dio a conocer una publicación en donde celebró la publicación de la reforma realizada a la Ley Federal del Trabajo (LFT). De igual manera, adelantó que los empleadores, a partir del siguiente día de la publicación, deberán comenzar a adecuar su normativa interna para adaptar los espacios necesarios.
“Lo más importante: nadie puede poner como condición de trabajo que sea obligatorio permanecer de pie la jornada laboral completa”, se lee en la publicación realizada en la cuenta verificada de @Pat_MercadoC.
¿Cuándo entrará en vigor la Ley Silla?
Si bien las reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) deben entrar en vigor un día después de su publicación, en el caso de la Ley Silla podría demorar un poco más su implementación. Y es que, durante su discusión y aprobación, las y los legisladores aprobaron un periodo de adaptación de los espacios necesarios y poder acatar la nueva normativa.
El periodo de adaptación para la entrada en vigor del proyecto es de 180 días. En ese sentido, los empleadores deberán haber implementado la nueva legislación a los centros laborales y adaptar su normativa interna a más tardar el próximo 17 de junio de 2025.
La reciente aprobación de la Ley Silla en México marca un cambio significativo en la normativa laboral del país. Establece que los empleadores en los sectores de servicio y comercio deberán proporcionar asientos con respaldo a sus empleados, tanto para la ejecución de sus funciones como para el descanso periódico durante la jornada laboral. Esta medida se incorpora al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), que detalla las obligaciones de los empleadores.
La ley también introduce cambios en el artículo 133 de la LFT, prohibiendo a los empleadores exigir que los trabajadores permanezcan de pie durante toda la jornada laboral. Además, se les prohíbe impedir que los empleados tomen asiento de manera periódica mientras realizan sus tareas. Esta disposición busca mejorar las condiciones laborales y el bienestar de los trabajadores, asegurando que tengan la oportunidad de descansar adecuadamente.
Para garantizar la implementación efectiva de estas medidas, el artículo 423 de la LFT ha sido reformado. Ahora, el reglamento interior de trabajo deberá incluir normas que regulen el derecho de los trabajadores a utilizar asientos con respaldo durante su jornada. Este cambio busca formalizar y asegurar el cumplimiento de la nueva normativa dentro de las empresas.
Además, la minuta legislativa contempla la modificación de los artículos 422 y 423 de la LFT para sustituir el término “trabajador” por “persona trabajadora”.