Ante el temor de ser víctima de robo o cualquier otro delito, muchas personas colocan cámaras de seguridad afuera de sus casas, estas vigilan las entradas, salidas, garage y ventanas de los domicilios, algunas de ellas incluso pueden monitorearse a través de aplicaciones para celular.
Sin embargo, existe la duda respecto a qué tan legal es colocar una cámara de seguridad mirando hacia la calle o la banqueta, pues aunque el objetivo sea tener en evidencia cualquier situación de violencia, también se puede grabar a personas que estaban caminando, lo que podría violar su derecho a la privacidad.
Al respecto, la Procuraduría Federal de Protección al Consumidor (Profeco) ya aclaró todo sobre estos aparatos.
La instalación de cámaras de seguridad en México está regulada por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), que establece ciertas restricciones para proteger la privacidad de las personas. Según esta normativa, las cámaras deben tener como objetivo la protección de bienes e instalaciones, así como la prevención y detección de delitos.
Por otra parte, no se permite captar imágenes de personas sin su consentimiento, especialmente en áreas públicas, a menos que se trate de cuerpos policiales.
Es legal colocar cámaras de vigilancia dentro de una propiedad privada, siempre que no se infrinjan los derechos de privacidad y protección de datos personales de las personas.
Para quienes consideren instalar estos dispositivos, se recomienda informar a los vecinos, ya sea mediante un cartel que notifique la existencia de la cámara o a través de una reunión. Esto asegura que las personas estén al tanto de que están siendo monitoreadas y puedan tomar medidas para proteger su privacidad.
Lugares donde está prohibido colocar cámaras de seguridad WiFi:
- Negocios (está prohibido colocarlas en baños, vestidores o habitaciones privadas)
- Escuelas
- Hospitales
- Iglesias
En los tres últimos lugares está restringido su uso sin autorización previa de las autoridades correspondientes, según la Profeco.
Las cámaras de seguridad que no te cuidan
En un reciente estudio, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ha revelado que algunas cámaras de seguridad no cumplen con los estándares mínimos de calidad, lo que podría poner en riesgo la privacidad y seguridad de los usuarios. El análisis incluyó 15 modelos de cámaras, tanto para uso interior como exterior, evaluando aspectos como la resolución, conectividad, seguridad digital, resistencia y consumo de energía.
Entre los modelos que presentaron deficiencias significativas se encuentran el NETZ HOME WV02 y el REOLINK PT PLUS, los cuales, según Profeco, tienen limitaciones que podrían comprometer la seguridad de hogares o negocios. La elección de una cámara de seguridad es crucial, y Profeco recomienda priorizar la calidad sobre el precio para asegurar que el dispositivo cumpla con las necesidades específicas de cada usuario.
El estudio de Profeco se centró en parámetros técnicos y de calidad, destacando la importancia de estos dispositivos en la protección de espacios personales y comerciales. Sin embargo, instalar cámaras con fallas puede generar problemas como la vulnerabilidad a accesos no autorizados o la incapacidad de registrar eventos importantes.