El Senado de la República recibió la renuncia de ocho de los once ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pues este martes 30 de octubre vence el plazo legal para separarse del Poder Judicial y recibir su haber de retiro, al tiempo que declinaron participar como candidatos en la elección de 2025, como lo establece la reciente Reforma Judicial.
El presidente de la Mesa Directiva, Gerardo Fernández Noroña, advirtió que el Senado podría negarse a aceptar las renuncias de los ministros para evitar que éstos se “lleven las alforjas llenas” con sus haberes de retiro, sin embargo, el líder de Morena, Adán Augusto López pidió no abrir debates, y adelantó que más adelante se hará del conocimiento el contenido de las renuncias
Fernández Noroña detalló que las renuncias son de la ministra presidenta Norma Lucía Piña Hernández, la ministra Margarita Ríos Farjat, y los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Juan Luis González Alcántara, Luis María Aguilar Morales, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Javier Laynez Potisek y Alberto Pérez Dayán.
Qué dice la Reforma Judicial sobre la renuncia de ministros de la Corte
Antes de la Reforma Judicial, la Constitución señalaba que un ministro de la Corte sólo podía renunciar ante la persona titular de la Presidencia de la República, y posteriormente el Pleno del Senado debía aprobar la separación. No obstante, con los recientes cambios, la ley cambió el procedimiento.
De acuerdo con el artículo séptimo transitorio publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), los ministros sólo deben comunicar al Senado su voluntad de dejar el cargo, sin que la reforma señale de forma expresa que los legisladores tengan la facultad de aprobar dichas solicitudes.
“Las Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que concluyan su encargo por no postularse o no haber sido electos en la elección extraordinaria del año 2025, no serán beneficiarias de un haber por retiro, salvo cuando presenten su renuncia al cargo antes de la fecha de cierre de la convocatoria señalada en la fracción I del artículo 96 de este Decreto, misma que tendrá efectos al 31 de agosto de 2025; en estos casos, el haber de retiro será proporcional al tiempo de su desempeño”, se indica en el Diario Oficial de la Federación.
Jueces federales recalcaron que el mismo decreto aclara que no existe lugar a interpretaciones sobre la reforma, por lo tanto consideran que los senadores no tienen la facultad de aceptar, o negar, las renuncias de los integrantes de la Suprema Corte.
En medio del debate nacional que se generó por el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara-Carrancá para declarar parcialmente inconstitucional la Reforma al Poder Judicial, el senador Fernández Noroña sentenció que esperarán a ver la resolución del máximo tribunal para decidir si aceptan, o no, las renuncias de las y los ministros.
En su calidad de presidente de la Mesa Directiva del Senado, Gerardo Fernández Noroña, informó al Pleno que se recibieron las declinaciones y renuncias de ocho de los once ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), efectivas a partir del último día de agosto de 2025.
Por su parte, el presidente de la Junta de Coordinación Política, Adán Augusto López Hernández, agradeció a Fernández Noroña comunicar las renuncias y le pidió no entrar en debate sobre el tema, ya que en su momento se dará a conocer el contenido de las mismas.