Suprema Corte analizará reforma judicial; ministro admite cinco acciones de inconstitucionalidad

Los promoventes de estas inconstitucionalidades pidieron suspender la reforma, sin embargo, el ministro rechazó conceder dicha petición

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La SCJN podrá analizar la Reforma judicial (Cuartoscuro)
La SCJN podrá analizar la Reforma judicial (Cuartoscuro)

El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Juan Luis González Alcántara Carrancá, admitió cinco acciones de inconstitucionalidad en la reforma al Poder Judicial de la Federación (PJF), lo que permitirá que el tribunal superior analice dicho cambio constitucional.

Con esto, se ordenó a la Cámara de Diputados y al Senado de la República rendir sus informes relativos a todo el proceso que se dio para aprobar dicha reforma constitucional. Del mismo modo se solicitó informes a los 32 congresos locales y una copia certificada del ejemplar del Diario Oficial de la Federación del pasado 15 de septiembre, donde conste la publicación del decreto.

También se solicitó la opinión de la Presidencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, encabezado por Mónica Aralí Soto Fregoso, a quienes les dio un plazo de 10 días naturales a partir de la fecha de notificación, y a la titular del Instituto Nacional Electoral (INE) Guadalupe Taddei, para que en tres días naturales entregue copia certificada de los estatutos vigentes de los partidos políticos nacionales promoventes de estas inconstitucionalidades.

En su acuerdo, el magistrado señaló sin embargo que no concedería la suspensión de esta controversial reforma, ya que que “no existen supuestos de excepción para su otorgamiento”.

El ministro aceptó los cinco recursos de inconstitucionalidad, pero rechazó bajar la reforma (Archivo)
El ministro aceptó los cinco recursos de inconstitucionalidad, pero rechazó bajar la reforma (Archivo)

“Al respecto, con fundamento en el artículo 64, párrafo tercero de la Ley Reglamentaria de la materia, no ha lugar a acordar favorablemente su solicitud, toda vez que de dicha disposición se advierte, claramente, que la admisión de una acción de inconstitucionalidad no da lugar a la suspensión de la norma general, a diferencia de lo que sucede en la controversia constitucional, en cuyo caso, la suspensión se encuentra regulada en los artículos 14, 15, 16, 17 y 18 de la citada Ley Reglamentaria”, puntualizó la decisión del letrado.

Gobierno federal considera improcedente orden judicial contra Reforma Judicial

En tanto, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, señaló durante su conferencia matutina de este martes que el juicio de amparo promovido por la jueza Nancy Juárez Salas, en el cual se exigía al gobierno federal eliminar del DOF del 15 de septiembre la publicación de dicha reforma es improcedente, en virtud del Artículo 61 de la Ley de Amparo, que estable que no procederán los juicios de amparo cuando se trata de una reforma constitucional.

La mandataria indicó que no ha recibido aún la notificación correspondiente a ese juicio de amparo, y que si se enteró de esta situación fue gracias a la prensa. “Todavía no hemos sido notificados, hasta hoy en la mañana pregunté a la consejera jurídica, Ernestina Godoy. Fíjense, otro tema, sale la publicación en un medio y no hemos sido notificados”, aseveró.

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