En un rápido movimiento, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum promulgó la primera ley secundaria derivada de la polémica Reforma Judicial, apenas horas después de que esta fuera aprobada en la Cámara de Diputados. La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), en materia de elección de personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) minutos antes de que acabara el día14 de octubre de 2024.
Este decreto busca reformar y adicionar varias disposiciones clave de la LGIPE, principalmente en lo que respecta a la elección de ministros, magistrados y jueces del Poder Judicial. La premura con la que fue publicada subraya la importancia con la que el gobierno de Sheinbaum Pardo busca acelerar la implementación de esta reforma, heredada por su antecesor Andrés Manuel López Obrador, y que ha sido una de sus promesas clave desde su campaña presidencial.
En la Cámara de Diputados, la LGIPE fue avalada con 342 votos a favor, 128 en contra y ninguna abstención. En tanto, el proyecto correspondiente a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral fue aprobado en lo general con 342 votos a favor y 125 en contra, pero ésta aún no ha sido publicado en el SOF.
La reforma no solo afecta al proceso de elección de los miembros del Poder Judicial Federal, sino que también introduce cambios en los procedimientos electorales locales para los poderes judiciales de las entidades federativas. En términos generales, establece que las personas juzgadoras, es decir, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), magistrados y jueces federales, serán elegidos por voto directo de los ciudadanos en elecciones libres y auténticas, y no serán designados por el presidente o el Senado, como era antes.
Este nuevo modelo electoral tiene el potencial de democratizar el sistema judicial, otorgando a los ciudadanos un papel más activo en la renovación de los órganos de justicia. Sin embargo, también ha suscitado un debate intenso en diversos sectores, que cuestionan la independencia judicial bajo este nuevo esquema. Los críticos argumentan que la naturaleza electoral del proceso podría politizar las decisiones judiciales, mientras que los defensores afirman que permitirá una mayor rendición de cuentas y un control más directo por parte de la ciudadanía sobre las personas encargadas de impartir justicia.
Un calendario ambicioso para implementar los cambios
El decreto establece un calendario claro para la implementación de los nuevos procesos de elección. A partir del proceso electoral extraordinario de 2024-2025, se comenzará con la instalación de comités de evaluación y la emisión de convocatorias para los puestos del Poder Judicial. Este proceso culminará con la elección de jueces y magistrados en junio de 2025, coincidiendo con las elecciones federales.
En este sentido, el Instituto Nacional Electoral (INE) y los organismos públicos locales tendrán un papel crucial en la organización y supervisión de estas elecciones. Además, el órgano electoral será responsable de establecer los lineamientos de fiscalización para garantizar que las campañas de los candidatos a jueces y magistrados se desarrollen en condiciones de equidad y transparencia, sin el uso de recursos públicos o privados indebidos.
El impacto de esta reforma es enorme, tanto en el ámbito judicial como en el político. Para el gobierno de Sheinbaum, la reforma representa un triunfo político, sin embargo, no todos comparten el entusiasmo del Ejecutivo. Diversos expertos en derecho y académicos han señalado los riesgos que implica someter al voto popular la elección de jueces, argumentando que la justicia debe ser imparcial y que un proceso electoral podría comprometer la independencia del Poder Judicial.
El Senado, que deberá emitir la convocatoria general para la elección de jueces a más tardar el 16 de octubre de 2024, tendrá una responsabilidad clave en la configuración de este nuevo sistema. También se espera que los Congresos locales ajusten sus normativas para adecuarse a las disposiciones de la reforma.
Se espera que, al igual que esta ley, la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral sea publicada en breve en el DOF.