De acuerdo con información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en nuestro país hay más de 23.3 millones de personas que se reconocen como indígenas y 2.5 millones de afromexicanos; sin embargo, hasta ahora no son reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como sujetos de derecho sino sólo como sujetos de interés público.
Ante esta falta de reconocimiento en nuestra Carta Magna es que el presidente Andrés Manuel López Obrador presentó el pasado 5 de febrero el último paquete de iniciativas de su gobierno, entre las que contempla una Reforma Constitucional sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, la cual se perfila para ser aprobada a la brevedad en el Congreso de la Unión y las legislaturas locales.
El pasado 21 de febrero, Día Internacional de la Lengua Materna, el director General del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), Adelfo Regino Montes, explicó en la conferencia mañanera de AMLO que esta propuesta significaba un avance hacia la verdadera reconciliación nacional, así como el pleno reconocimiento de la composición pluricultural y étnica de México:
“En ella está su voz, su pensamiento y sus anhelos, lo que permitirá a nuestro país reencontrarse con sus raíces más profundas y con su verdad más íntima. Representa un acto elemental de humanidad y justicia social para combatir la exclusión, el colonialismo, la discriminación y el racismo que han sufrido los pueblos del México profundo”, sentenció el funcionario federal.
¿De qué va esta reforma constitucional?
De acuerdo con el dictamen -que deriva de un proceso de diálogo y consulta hecho precisamente a pueblos indígenas y afromexicanos entre 2019 y 2021- se propone reconocer a los pueblos y comunidades indígenas como sujetos de derecho, con personalidad jurídica y patrimonios propios, ya que con ello podrán ejercer sus derechos por sí mismos, tomar decisiones en sus asamblea u órganos comunitarios, nombrar a sus autoridades, recibir y administrar recursos públicos, además de poder defender sus derechos colectivos ante instancias jurisdiccionales y otras autoridades.
Para ello se deberá ajustar el Artículo 2 constitucional para que los pueblos y comunidades indígenas pasen de ser considerados sujetos de interés público a sujetos de derecho público, ya que actualmente son vistos como objeto de protección, tutela y asistencia de las normas, políticas y acciones del gobierno y de terceros.
“A partir de este reconocimiento se consolidan los ámbitos y mecanismos para el ejercicio de la libre determinación y autonomía; en especial, para el fortalecimiento de sus formas de gobierno; jurisdicción indígena; patrimonio cultural; lenguas indígenas y propiedad intelectual colectiva —una disposición necesaria frente a los plagios que se dan con relación a diseños artesanales—, así como participación en la construcción de modelos educativos; medicina tradicional y las personas que la ejercen; hábitat, bioculturalidad, integridad de sus tierras y lugares sagrados; desarrollo integral, consulta y consentimiento libre, previo e informado”, dijo en su momento Adelfo Regino.
Por otro lado, el dictamen propuesto por AMLO también busca que las mujeres indígenas y afromexicanas accedan a la participación, toma de decisiones, educación, salud propiedad, posesión de tierra y demás derechos humanos. Asimismo, se pretende impulsar la construcción y ampliación de vías de comunicación, caminos artesanales, radiodifusión, telecomunicación e internet; reconocer las formas organizativas de residentes y migrantes, así como el vínculo con sus comunidades de origen y la realización de consultas.