Día Feriado en México: Senado aprueba día de descanso oficial el 1 de octubre cada seis años

El Senado de la República aprobó por unanimidad con 112 votos la reforma a la Ley del Trabajo

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El Senado de la República aprobó que el 1 de octubre de cada seis años se considere día de descanso obligatorio para la ciudadanía con el fin de reflexionar sobre el cambio de gobierno.

Con 112 votos en favor de los senadores, el Pleno aprobó el dictamen de la iniciativa que reforma la fracción séptima del artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.

De acuerdo con la propuesta avalada por la Cámara alta, el 1 de octubre no sólo implicará un día de cambio de liderazgo en el gobierno federal, sino también un momento de descanso, reflexión y preservación de la herencia cultural, cívica y política, para que la nación se una en torno a la celebración de la democracia.

La reforma aprobada fue propuesta por los morenistas Napoleón Gómez Urrutia y Rafael Espino de la Peña la Legislatura pasada.

Durante la discusión del dictamen, senadores de los Grupos Parlamentarios coincidieron en el aval de la reforma al referir que el 1 de octubre trascenderá la historia con la toma de protesta de una mujer al frente de la política del Estado mexicano.

En ese sentido, los legisladores hicieron un llamado a anteponer una agenda con perspectiva de género en la ejecución de las políticas públicas.

La minuta fue turnada a la Cámara de Diputados.

EFE/Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural/SOLO USO EDITORIAL/SOLO DISPONIBLE PARA ILUSTRAR LA NOTICIA QUE ACOMPAÑA (CRÉDITO OBLIGATORIO)
EFE/Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural/SOLO USO EDITORIAL/SOLO DISPONIBLE PARA ILUSTRAR LA NOTICIA QUE ACOMPAÑA (CRÉDITO OBLIGATORIO)

De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) detalló que con este aval, los trabajadores no están obligados a laboral este 1 de octubre.

En ese sentido, manifestó que en caso de asistir a su trabajo ese día, la empresa está obligada a pagar el salario correspondiente de ese día, además de un salario doble, de acuerdo con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo.

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