Toma del Senado de México: cuáles son las sanciones por invadir el recinto del Congreso

De acuerdo con la ley federal, los recintos del Congreso de la Unión y de sus Cámaras son inviolables

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Manifestantes tomaron el recinto del Senado. REUTERS/Raquel Cunha
Manifestantes tomaron el recinto del Senado. REUTERS/Raquel Cunha

Un grupo de manifestantes irrumpió en la sede del Senado de la República para impedir la discusión y votación de la reforma constitucional al Poder Judicial de la Federación por lo que la Mesa Directiva tuvo que suspender de forma indefinida la sesión del Pleno.

Cientos de personas, entre ellas trabajadores del Poder Judicial, forzaron las entradas del recinto legislativo para invadir el salón de plenos e interrumpir la sesión, que en ese momento se encontraba en los posicionamientos de los grupos parlamentarios.

Ante esta situación, el presidente de la Mesa Directiva, Gerardo Fernández Noroña, decretó un receso y a continuación los 128 legisladores abandonaron la sala, al tiempo que los manifestantes daban el “portazo”, lanzando consignas en contra de la reforma.

De acuerdo con la ley federal, los recintos del Congreso de la Unión y de sus Cámaras son inviolables y para solicitar el auxilio de la fuerza pública está impedida de tener acceso a los mismos, es preciso el permiso del Presidente del Congreso, en este caso, Fernández Noroña.

Crédito: X@sofiacastrog

“El Presidente del Congreso, de cada una de las Cámaras o de la Comisión Permanente, en su caso, podrán solicitar el auxilio de la fuerza pública para salvaguardar el fuero constitucional de los diputados y senadores y la inviolabilidad de los recintos parlamentarios”, determina la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Con el objetivo de seguir la votación, la Mesa Directiva del Senado convocó a los 128 senadores a sesionar en una sede alterna, en este caso la Antigua Casona de Xicontécatl.

Los castigos por daños en propiedad ajena

El delito de daños, tipificado en los artículos 263 a 267 del Código Penal, se caracteriza por el deterioro o destrucción de propiedad ajena. Este delito puede involucrar bienes muebles o inmuebles y su castigo varía en función del valor de la propiedad dañada.

El menoscabo o destrucción de bienes ajenos puede llevarse a cabo de diversas formas, incluyendo acciones directas o la omisión de una acción obligatoria, siempre que exista una obligación legal o contractual de actuar.

Según el Código Penal, tanto la acción como la omisión, si son intencionales, se consideran como delitos dolosos. En estos casos, el sujeto activo actúa conscientemente con la voluntad de causar el daño, lo que agrava la responsabilidad penal.

Manifestantes se enfrentan a elementos de seguridad en el Senado
Foto:
Reuters
Manifestantes se enfrentan a elementos de seguridad en el Senado Foto: Reuters

Para determinar la pena aplicable, se debe evaluar el valor económico del bien dañado. En circunstancias donde los daños son significativos, las sanciones pueden aumentar, reflejando la gravedad del perjuicio económico causado al propietario.

La jurisprudencia ha establecido que, para dictar una sentencia, se debe probar que el acusado actuó con plena consciencia y propósito de afectar la propiedad, ya sea a través de una acción directa o mediante la abstención de una acción exigida legalmente.

La aplicación de sanciones busca no solo reparar el daño causado, sino también prevenir futuros incidentes de carácter similar, promoviendo el respeto a la propiedad ajena.

En el análisis de los delitos dolosos de daños, la comisión por omisión representa un aspecto complejo y relevante. Es necesario demostrar la existencia de una obligación específica incumplida por el sujeto activo, y que dicha omisión fue deliberada con el fin de causar el daño, configurando así la responsabilidad penal.

La destrucción o menoscabo intencional de bienes no solo implica perjuicios económicos directos, sino que también repercute negativamente en la seguridad jurídica y en la confianza entre los miembros de la sociedad.

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