La confusión y la especulación rodean el caso de Ovidio Guzmán López, hijo del conocido narcotraficante Joaquín “El Chapo” Guzmán, después de que su hermano Joaquín Guzmán se entregara a las autoridades estadounidenses y llevara consigo al también líder del Cártel de Sinaloa, Ismael “El Mayo” Zambada, el pasado 25 de julio.
Y es que el fin de semana diversos medios de comunicación afirmaron que Ovidio Guzmán, también conocido como “El Ratón”, había ingresado al programa de testigos protegidos debido a que ya no aparecía en el registro del Buró Federal de Prisiones (BOP) del Departamento de Justicia de los Estados Unidos.
Sin embargo, el periodista Jesús Esquivel, en entrevista con Carmen Aristegui, ha desmentido la creciente especulación, asegurando que en realidad darle ese estatus a Ovidio Guzmán es prácticamente imposible en estos momentos.
De acuerdo con Esquivel, la posibilidad de que Ovidio Guzmán entre al programa de testigos protegidos de Estados Unidos implica una serie de requisitos y pasos legales que aún no se han cumplido. Esquivel destacó que “para que un acusado como Ovidio Guzmán pueda ingresar al programa de testigos protegidos, es necesaria la autorización de un juez federal en Estados Unidos. Este proceso sólo ocurre bajo condiciones muy específicas”.
Esquivel precisó que para que un acusado ingrese al programa de testigos protegidos, es necesaria la aprobación de un juez federal, algo que no ocurre sin que el acusado haya sido sentenciado y haya mostrado cooperación significativa con las autoridades.
Ovidio Guzmán fue extraditado a Estados Unidos para enfrentar varios cargos en su contra, pero su proceso judicial sigue en curso y aún no se ha producido un fallo en su caso. Actualmente, se encuentra bajo custodia de fiscales federales quienes podrían estar interrogándolo como parte de las investigaciones.
Su próxima audiencia en la Corte Federal del Distrito Norte en Chicago está programada para el 1 de octubre.
El periodista también abordó la confusión relacionada con la falta de registro de Guzmán en la página del Buró Federal de Prisiones y aclaró que el hecho de que ya no aparezca no implica que esté en libertad.
Jesús Esquivel utilizó el caso de Jesús Vicente Zambada Niebla, alias “El Vicentillo”, como ejemplo de cómo funciona el ingreso al programa de testigos protegidos: solo después de una sentencia y tras proporcionar valiosa información que ayude en otros casos.
Esquivel explicó que en esos casos, la cooperación debe ser aprobada por un juez tras ser informado por los fiscales; también puede reducir la sentencia del testigo en función de la información suministrada.
“Para que se dé la entrada al programa de testigos protegidos tiene que haber no sólo la autorización, sino un fallo, porque son los fiscales quienes le entregan al juez la propuesta de que se reduzca la sentencia de alguien que va a entrar a ese tipo de programas”, precisó.
A pesar de esto, el periodista de investigación indicó que en un futuro tal vez Ovidio y Joaquín Guzmán López podrían llegar a ingresar al programa de testigos protegidos, aunque todo dependerá de distintos factores, incluyendo los acuerdos alcanzados con los fiscales y las decisiones del juez a cargo.
¿Testigos cooperantes o protegidos?
Por otro lado, Esquivel precisó que es muy necesario saber la diferencia entre un testigo protegido y un testigo cooperante.
Aclaró que un testigo protegido es una persona cuya identidad y ubicación son cambiadas y aseguradas por las autoridades para garantizar su seguridad. Este estatus es más complejo y ofrece una protección mucho más rigurosa que la de un testigo cooperante. Los testigos protegidos reciben una nueva identidad y, en muchos casos, son reubicados en lugares desconocidos junto con sus familias, y se les proporcionan nuevas identidades y, a veces, empleo. Un ejemplo de este caso sería “El Vicentillo”.
Por otro lado, un testigo cooperante es alguien que ofrece información valiosa a las autoridades a cambio de ciertos beneficios, como una posible reducción de la sentencia. Este tipo de testigo no recibe una protección especial que incluya cambios de identidad o reubicación. La cooperación generalmente incluye testificar en juicios y proporcionar información que puede ser utilizada en otros casos relacionados. Un ejemplo de este tipo sería el trato que se buscó en su momento con Genaro García Luna.