El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) solicitó al Instituto Nacional Electoral (INE) analizar la multa de millones de pesos que se interpuso ante el partido del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).
Luego de una votación de los integrantes de la Sala Superior del Tribunal, se optó por rechazar la sanción contra el partido guinda por la cantidad de al menos 21.9 millones de pesos, lo que llevó a la revocación y pidieron realizar un nuevo análisis de sanciones.
De acuerdo con la información, tres de los magistrados consideraron que el INE no presentó una explicación explícita de la solicitud.
¿Por qué hay una multa en contra de Morena?
La multa fue presentada a causa de las pintas en favor de la virtual presidenta electa, Claudia Sheinbaum Pardo, que figuraron con la frase ‘EsClaudia’ en espacios como bardas y espectaculares.
La queja tiene que ver con que presuntamente las pintas tenían que ver con gastos de precampaña no reportados por Morena. Se trata de 4 mil 249 hallazgos propagandísticos, los cuales fueron considerados por el INE como una clara promoción a favor de Sheinbaum Pardo.
El INE argumentó que la propaganda se mantenía visible durante el período electoral, por lo que se consideró como una infracción por presuntamente favorecer de manera directa a Claudia.
Sin embargo, los magistrados refutaron a favor de Morena, ya que consideraron que el INE no explicó cómo identificó las pintas por las que se generó esta controversia.
De acuerdo con el proyecto, la magistrada Janine Otálora Malassis llamó a confirmar las multas del INE y considerar inoperantes los reclamos de Morena contra los hallazgos de propaganda a favor de Sheinbaum en espacios públicos.
El magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera fue de los primeros en asegurar que los argumentos en contra de Morena, fueron atribuidos al partido guinda sin explicación en favor de la entonces candidata de la República.
Incluso, esta postura fue respaldada por Mónica Aralí Soto Fragoso, presidenta del TEPJF, y el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, formando así una mayoría de tres con el mismo pensamiento.
De ese modo, el expediente tendría que ser devuelto al INE con instrucciones específicas, es decir, detallar más lo que ocurre.
En tanto, el TEPJF dictaminó que el uso de hashtags y frases relacionadas con encuestas internas de los partidos no deben ser automáticamente considerados como gastos de precampaña.