Liberan a Brenda Quevedo, acusada por secuestro y homicidio de Hugo Alberto Wallace, tras 15 años en prisión

La CNDH reconoció que Quevedo fue víctima de tortura desde el momento de su arresto

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Isabel Miranda de Wallace denunció
Isabel Miranda de Wallace denunció la desaparición de su hijo, Hugo Alberto Wallace, en julio de 2005. Foto: Cuartoscuro

Brenda Quevedo Cruz, señalada por la supuesta comisión de los delitos de delincuencia organizada y secuestro en el caso de Hugo Alberto Wallace Miranda, recuperó su libertad después de 15 años en prisión preventiva.

Durante una audiencia celebrada el 24 de junio en la Ciudad de México, un juez del Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales resolvió modificar la medida cautelar impuesta a Quevedo Cruz por una que no implique la privación de su libertad.

Lo anterior, en atención a un dictamen del Primer Tribunal Colegiado de Apelación del Primer Circuito del pasado 21 de junio, en el que se determinó que no había justificación para prolongar la prisión preventiva contra la imputada. Brenda Quevedo fue detenida el 28 de noviembre de 2007 en Kentucky, Estados Unidos, y extraditada a México el 25 de septiembre de 2009 por los ilícitos antes mencionados.

Respecto a la resolución del Tribunal, se consideró que la prisión preventiva se trata de “una medida excepcional” y “no existe una necesidad actual y real para que la misma continúe, ya que los factores que en su momento la justificaron han variado con el transcurso del tiempo”, detalló en un comunicado el Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP).

El IFDP asumió la representación legal de Brenda Quevedo desde 2019 y, desde el primer momento, impulsó diversas acciones para que cesara la medida de prisión preventiva ordenada dentro de la causa penal 286/2019. “La prisión preventiva por más de 15 años a la que estuvo sujeta no es razonable y, por el contrario, resulta excesiva”.

(Foto: Twitter/Archivo)
(Foto: Twitter/Archivo)

En este sentido, el juez instruyó que a Quevedo Cruz se le impusiera como medida cautelar el uso de un localizador electrónico —cuyo costo correrá a cargo de la Fiscalía que lo solicitó—, así como la prohibición de salir sin autorización judicial de la zona conurbada de la Ciudad de México y del país. Además, se ordenó que no puede comunicarse o acercarse a la víctima indirecta del caso o a su domicilio.

Al pronunciarse respecto a esta resolución judicial, el IFDP recordó que Brenda Quevedo es sobreviviente de actos de tortura sexual, ocurrida en el contexto de su detención y privación de la libertad, según quedó asentado en la recomendación VG127/2023 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Las investigaciones de la CNDH refieren que Brenda Quevedo fue sometida a múltiples torturas por parte de servidores públicos de las extintas Procuraduría General de la República (PGR) y la Secretaría de Seguridad Pública Federal.

Tales actos habrían sido cometidos desde el momento de su detención, durante su estancia en la antes Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO), mientras estuvo recluida en el Centro de Prevención y Readaptación Social de Santiaguito, en Almoloya de Juárez, y durante su reclusión en el penal de Islas Marías.

En cuanto al cambio de medidas cautelares, se tenía previsto que Brenda Quevedo saliera de prisión entre la noche del 24 de junio y la mañana del 25 para enfrentar el resto de su proceso en libertad.

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