La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó hoy que el presidente Andrés Manuel López Obrador nuevamente violó la ley electoral tras emitir su opinión sobre la actual contienda durante La Mañanera del 10 de noviembre de 2023; asimismo, consideró que el mandatario usó indebidamente recursos para ello y que además incumplió una medida cautelar.
Durante la sesión de este jueves 16 de mayo, los magistrados explicaron que en dicha conferencia el presidente emitió una serie de recomendaciones para los ciudadanos sobre cómo votar, tales como conocer el programa, la candidatura y el partido político, lo que representa una opinión más que un mensaje informativo gubernamental, la cual vulnera los principios de neutralidad e imparcialidad.
“Antes existía el ‘dedazo’, ‘la cargada’, el ‘besamanos’, etcétera. Ya eso ya se terminó, ahora en el caso de algunos partidos se hacen encuestas para saber quién está mejor, y es la gente la que decide y el que se informa pues también tiene derecho a protestar, somos libres”, afirmó AMLO desde Tijuana, Baja California, el 10 de noviembre en el marco del anuncio de los candidatos a gobernadores de Morena que se daría ese día, más tarde.
Al respecto, el TEPJF dio a conocer que “si bien, esas expresiones se emitieron en respuesta a una pregunta planteada por un reportero, no se trató de manifestaciones propias de un ejercicio de comunicación institucional, ni de información de interés público para la ciudadanía, sino de la opinión de un funcionario público sobre temas electorales. Derivado de la vulneración de principios constitucionales, también se acreditó el uso indebido de recursos públicos”.
Pero no sólo el presidente López Obrador incurrió en esta falta, sino que también su coordinador de Comunicación Social y vocero Jesús Ramírez Cuevas; la directora General de Comunicación Digital de Presidencia, Jéssica Ramírez González; el jefe de Departamento adscrito de dicha coordinación, Daniel Ramírez Pérez; y el director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (Cepropie), Sigfrido Barjau de la Rosa, por lo que los magistrados informaron su resolución al Órgano Interno de Control de la Presidencia y éste actúe conforme a derecho.
AMLO también vulneró una medida cautelar
Además de que se determinó que el presidente violó los principios constitucionales de neutralidad e imparcialidad en la contienda, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación también resolvió que incumplió una medida cautelar en la que se le pedía no realizar manifestaciones de índole electoral en el marco del actual proceso, dicho exhorto estaba contenido en el acuerdo 148 de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE).
Los magistrados precisaron que el resto de los funcionarios de Presidencia apercibidos por vulnerar la equidad e imparcialidad en la contienda no están dentro de este punto, ya que el acuerdo del INE no los contemplaba a ellos, sólo a AMLO, sin embargo, es importante mencionar que el mandatario federal no puede recibir sanciones por incumplir medidas cautelares, sólo se le responsabiliza por ello, de acuerdo con los criterios de la propia Sala Superior del TEPJF.