Secretaría de Salud reconoce a la Corte por mantener el etiquetado en alimentos procesados

Esta semana la corte negó los amparos a dos empresas inconformes con el etiquetado frontal de alimentos y bebidas

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Las leyes que establecen el etiquetado frontal ayudan a los consumidores a informarse cuáles son los productos que tienen exceso de sodio. FOTO: Archivo
Las leyes que establecen el etiquetado frontal ayudan a los consumidores a informarse cuáles son los productos que tienen exceso de sodio. FOTO: Archivo

La Secretaría de Salud federal celebró la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) luego que esta confirmó la constitucionalidad de las normas sobre el etiquetado frontal de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados, para indicar de forma clara a los productos que exceden los límites de calorías, azúcares, grasas saturadas, sodio y grasas trans, así como las leyendas de edulcorantes y cafeína.

Especialistas de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud indicaron que el fallo de la SCJN reconoce el derecho de la población a tomar decisiones informadas respecto a la compra e ingesta de productos ultraprocesados.

Esta semana la corte negó los amparos a dos empresas inconformes con el etiquetado frontal de alimentos y bebidas, ya que determinó, entre otros aspectos, que las disposiciones de la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010 no violan los principios de igualdad, no discriminación y equidad, y no favorecen a otros sectores, industrias y productos del comercio, en perjuicio de dichas empresas.

Pese a esta victoria, la SSa recordó que aún está pendiente un recurso de amparo interpuesto por una tercera empresa, el cual deberá ser resuelto por los ministros de la Corte.

La Corte negó el amparo a dos empresas de alimentos procesados. Foto: Facebook/Suprema Corte de Justicia de la Nación
La Corte negó el amparo a dos empresas de alimentos procesados. Foto: Facebook/Suprema Corte de Justicia de la Nación

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha validado el sistema de etiquetado frontal como una herramienta constitucional y proporcional dirigida a garantizar el derecho a una información precisa sobre alimentos y a proteger la salud pública. Esta medida facilita a los consumidores reconocer el exceso de componentes como azúcares, sodio, grasas saturadas y grasas trans en productos industrializados, elementos vinculados a enfermedades crónicas.

Este etiquetado busca empoderar a los consumidores con conocimientos claros al momento de realizar sus compras, incitando decisiones más informadas hacia una alimentación nutritiva.

La relación entre el consumo de productos ultraprocesados, ricos en sodio, azúcares y grasas, y el incremento de afecciones como obesidad, diabetes y enfermedades cardiovasculares ha sido bien documentada, constituyendo una preocupación mayúscula para la salud pública en México, donde estas condiciones son responsables de una significativa proporción de decesos en adultos.

En un esfuerzo por contrarrestar esta tendencia, expertos de la Secretaría de Salud han subrayado la importancia de seguir las Guías Alimentarias y Sostenibles para la Población Mexicana.

Estas guías no solo ofrecen recomendaciones sobre el consumo óptimo de alimentos y agua, sino que también desalientan el consumo de productos con altos índices de ingredientes perjudiciales para la salud, promoviendo, a su vez, la práctica de actividad física regular como un pilar fundamental para mantener un estado de salud óptimo.

Se busca brindar a una guía a los consumidores sobre el contenido calórico de los alimentos. Imagen ilustrativa Infobae
Se busca brindar a una guía a los consumidores sobre el contenido calórico de los alimentos. Imagen ilustrativa Infobae

Al permitir una identificación fácil y rápida de productos nocivos, el etiquetado frontal emerge como una estrategia clave en la lucha contra los crecientes índices de enfermedades no transmisibles en México, marcando un avanzado en la salud pública y la nutrición en el país.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó esta semana el amparo solicitado por una empresa contra la normativa de etiquetado de alimentos procesados y ultra procesados, sin embargo, los ministros coincidieron que la medida busca contribuir a la lucha contra enfermedades crónicas.

La legislación está diseñada para proteger el derecho a una alimentación saludable y prevenir problemas de salud pública, justificando las restricciones impuestas a ciertos productos.

La Corte también confirmó la proporcionalidad de esta disposición, enfatizando su objetivo constitucionalmente válido. Además, se estableció que la NOM no contraviene el derecho a la seguridad jurídica, ya que la Secretaría de Salud está debidamente facultada para especificar detalles relacionados con el etiquetado de alimentos.

El fallo subraya que el juez de distrito responsable de la primera instancia del amparo no excedió sus competencias, respaldando la constitucionalidad del sistema de etiquetado frontal basándose en evidencias científicas y estudios sobre nutrición y salud pública en México. Este veredicto reafirma la capacidad del juez federal para utilizar documentos e investigaciones adicionales al evaluar la constitucionalidad de las leyes impugnadas.

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