Martí Batres, jefe de Gobierno de la Ciudad de México, informó sobre la publicación de una reforma a la Ley de Turismo, que contempla medidas regulatorias contra la gentrificación.
”Hoy publicamos las reformas a la Ley de Turismo para regular el alojamiento a través de plataformas digitales. Estas reformas protegen a los vecinos de la Ciudad de México de los procesos de gentrificación, desplazamiento y expulsión de los barrios donde han hecho su vida”, expuso este 4 de abril desde su perfil en la red social X, antes Twitter.
En conferencia de prensa, el titular del Gobierno de la Ciudad de México sostuvo que uno de los cambios a la legislación está enfocado en evitar la “mercantilización masiva” de propiedades de uso habitacional, con el fin de proteger a los habitantes de la ciudad.
”Se evita la mercantilización masiva de inmuebles de uso habitacional para renta en plataformas tecnológicas. Entonces, evitamos que inmuebles que están hechos para vivir ahí, para habitar, para tener ese destino, se conviertan en destinos solamente de carácter turístico a través de plataformas digitales”, dijo.
El mandatario capitalino precisó que estos cambios también son contra la competencia desleal que afecta a hoteles de la capital mexicana.Sumado a ello, estas reformas buscan proteger a los usuarios de hospedaje temporal y dar certeza tanto a los dueños de los inmuebles como a las plataformas en que las promocionan
.”Las reformas benefician también al sector hotelero al evitar la competencia desleal; brindan seguridad a los turistas y usuarios de hospedaje temporal, y dan certeza jurídica a las plataformas y dueños de inmuebles”, declaró.
Estos son los cambios a la Ley de Turismo
Con la entrada en vigor de las reformas la Ley de Turismo contempla los conceptos de estancia turística eventual como un servicio de estancia temporal, anfitriones e inmueble. Asimismo fue creado un padrón de anfitriones y un padrón de plataformas.
De esta forma los anfitriones que ofrecen hospedaje a través de plataformas estarán obligados a registrarse en el padrón.
Sus obligaciones contemplan también dar información detallada a los turistas, informar semestralmente sobre el uso del inmueble a la Secretaría de Turismo, informar a los vecinos sobre el uso turístico de la propiedad, exhibir en el sitio números de emergencia de la CDMX e información de registro en los padrones, cumplir con sus obligaciones en materia fiscal, proteger datos personales de los turistas, contar con instalaciones seguras e higiénicas y contar con forma de contacto para quejas.
En tanto las plataformas deben inscribirse al patrón, exigir a los anfitriones que estar inscritos al padrón, mostrar los datos de registro en la página o aplicación, cumplir con sus obligaciones fiscales e informar semestralmente a la Secretaría de Turismo sobre la ocupación de cada inmueble registrado.
La vigencia del registro de plataformas será de dos años y la de inmueble de un año. En ambos casos se debe renovar 30 días naturales antes del vencimiento.
Las reformas también ponen un freno a la renta de inmuebles a través de plataformas, ya que cada anfitrión tiene derecho a registrar tres como máximo en el padrón.
En el caso de un cuarto inmueble deberán hacer el registro de establecimiento mercantil asignada por el SIAPEM, que debe corresponder a uno de los giros permitidos por ley.
Si el aviso de funcionamiento no es válido la Secretaría de Turismo podrá eliminar los registros del cuarto inmueble en adelante. También si el uso de suelo no permite el giro señalado en el aviso o permiso presentado.