Entra en vigor reforma en México para padres de familia; deben criar a niños sin golpes ni gritos

La Ley también contempla como violencia las amenazas, asustar a los menores o someterlos a una situación que los ridiculice

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El marco legal instaura una crianza basada en el respeto y la consideración hacia las necesidades individuales de los niños. (Getty)
El marco legal instaura una crianza basada en el respeto y la consideración hacia las necesidades individuales de los niños. (Getty)

A partir de este 27 de marzo entraron en vigor las reformas federales en materia de crianza positiva por lo que sus padres, tutores o personas a cargo del cuidado de niñas y niños no podrán recurrir a castigos corporales, gritos ni tratos humillantes y crueles.

Este cambio se hizo para promover la crianza positiva, de modo que los padres deberán poner en práctica el cuidado, protección, formación y guía para el desarrollo, bienestar de las niñas, niños y adolescentes, tomando en cuenta la edad, facultades, características, cualidades, intereses, motivaciones, límites y aspiraciones de los menores.

Actualmente la ley no sólo establece penas por maltratos físicos a los infantes, pues también contempla como violencia las amenazas, asustar a los menores o someterlos a una situación que los ridiculice.

Las modificaciones a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes ya fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y a partir de este miércoles los congresos estatales tienen 180 días para adaptar las leyes locales.

Cambios en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes penalizan el maltrato físico y emocional. (Getty)
Cambios en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes penalizan el maltrato físico y emocional. (Getty)

Así, cada una de las 32 entidades federativas tendrá que adecuar sus leyes locales en materia de crianza positiva, pues el crecimiento sin gritos, golpes o castigos humillantes permite un desarrollo integral del niño o niña, protegiéndolos del estrés que genera la violencia continua en ellas y ellos, y que tiene consecuencias negativas como el abandono escolar, depresión, abuso de drogas, enfermedades cardíacas y suicidio, entre otras.

Desde el 2020, la norma pretende erradicar que los cuidadores recurran a golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas, obligar a sostener posturas incómodas, quemaduras y o cualquier otra situación que tenga como fin generar dolor o irritación en las víctimas.

Las afectaciones por una crianza que incluye gritos y castigos corporales pueden alcanzar dimensiones como la emocional, cognitiva y hasta el desarrollo fisiológico del cerebro. Además, consecuencias psicológicas y sociales que repercuten ampliamente en su interacción social directa.

Los niños que sufren experiencias negativas en su entorno familiar llegan a experimentar sentimientos de inferioridad e inutilidad, se vuelven tímidos y miedosos o, por el contrario, hiperactivos buscando llamar la atención de los demás.

El pasado 8 de febrero el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la minuta enviada por el Senado de la República para reformar esta ley en materia de crianza positiva. Fue hasta este 26 de marzo, cuando el Ejecutivo federal publicó el decreto en el DOF.

La reforma busca prevenir el impacto negativo de la violencia en el desarrollo y la salud mental de los menores. FOTO: Archivo
La reforma busca prevenir el impacto negativo de la violencia en el desarrollo y la salud mental de los menores. FOTO: Archivo

A cuatro años de la publicación de la ley “anti chancla”

La ley conocida como “anti-chancleta” en México fue aprobada el 24 de diciembre de 2020 como parte de una serie de reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y al Código Civil Federal, que buscan erradicar el castigo corporal y el trato humillante como métodos correctivos o disciplinarios hacia menores.

La medida promueve métodos de disciplina positiva, enfocándose en el respeto a la dignidad e integridad de los niños, niñas y adolescentes, con el fin de garantizar su desarrollo pleno y sano.

En el artículo 105 se añadió eal apartado IV en el que se establece la prohibición de ejercer cualquier tipo de violencia en contra de niños, niñas y adolescentes con quienes tengan trato, en particular el castigo corporal y humillante.

Además, al Código Civil federal se le agregó el artículo 323 Tier: Particularmente, queda prohibido que la madre padre o cualquier persona en la familia utiliza el castigo corporal o cualquier tipo de trato humillante como forma de corrección o disciplina de niñas niños o adolescentes.

También se amplió la definición de violencia familiar “al uso intencional de la fuerza física, moral o de cualquier acto que tenga como objetivo provocar dolor, molestia, humillación, incluyendo el castigo corporal y humillante contra niñas, niños y adolescentes”.

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