Los recientes acercamientos de los candidatos presidenciales a la iglesia católica, ha generado dudas, sobre si está en peligro el principio de laicidad del Estado mexicano, en el que claramente existe una separación de lo político y lo religioso desde siglos atrás, remontándose incluso a la Guerra de Reforma en la época de Juárez.
Lo cierto es que los recientes encuentros de los aspirantes a la silla presidencial, ha dejado grandes dudas sobre cuál será el papel de la institución religiosa en los comicios, próximos en llevarse a cabo este próximo 2 de junio.
El último evento donde la iglesia tuvo incidencia en la agenda de los candidatos, fue precisamente la firma del compromiso por la paz, en el que cada uno de ellos, Sheinbaum, Gálvez y Máynez, se comprometieron frente a la institución a atender la crisis de inseguridad y violencia en el país.
No obstante, hay que recordar antes de abordar juicios equívocos y apresurados, que evidentemente existe una separación del gobierno y la iglesia, marcada en la Carta Magna, en el que está decretado que la religión no puede ni debe involucrarse en las decisiones del Estado y esto involucra a las elecciones.
¿Qué dice la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos al respecto?
La participación de instituciones religiosas en asuntos políticos es un tema ampliamente debatido en varios países, incluido México. Dentro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, específicamente en el artículo 130, se establece un principio de separación entre la Iglesia y el Estado, una directriz que encuentra sus raíces en los ideales de la Revolución Mexicana y que ha sido fundamental en la configuración del estado laico mexicano.
El artículo 130 constitucional mexicano dicta que las instituciones religiosas no pueden intervenir en el proceso político del país. Esto significa que la Iglesia, sin importar su denominación, no puede influir en las decisiones políticas, ni en las elecciones, ni tampoco apoyar o financiar candidatos o partidos políticos. La legislación busca garantizar la neutralidad en el espacio público ante las diversas creencias religiosas de los ciudadanos, consolidando así el principio de laicidad que rige la nación.
Este artículo tiene por objetivo evitar que las creencias religiosas incidan en las decisiones de gobierno y en las leyes, promoviendo un espacio público donde prevalezca la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, independientemente de sus creencias personales. Se busca con ello fortalecer el carácter democrático del Estado, asegurando que las elecciones y las decisiones gubernamentales se basen en consideraciones políticas, económicas y sociales, y no en criterios religiosos.
La prohibición para que las iglesias y ministros de culto se involucren en política está también relacionada con la historia de México, que ha vivido períodos de intensa confrontación entre el Estado y la Iglesia. La Constitución de 1917 marcó un punto de inflexión en la relación entre ambos, estableciendo las bases del estado laico que ha prevalecido hasta hoy.
En cuanto a la fiscalización y garantía de esta separación, corresponde a diversas instituciones del Estado mexicano, como el Instituto Nacional Electoral (INE) y la Secretaría de Gobernación, asegurar que se cumpla lo estipulado en el artículo 130. Estas entidades tienen la responsabilidad de monitorear y sancionar cualquier infracción a este marco legal, buscando preservar la imparcialidad en el ámbito político.
En resumidas cuentas, el artículo 130 constitucional es una pieza clave en el mantenimiento de la democracia en México. Mediante la separación de la Iglesia y el Estado, se busca asegurar que las elecciones y las políticas públicas se desarrollen en un ambiente de libertad y equidad, donde todas las voces tengan el mismo peso, sin influencias de carácter religioso.