¿Qué hacen los funcionarios de casilla y un observador electoral?

Con la participación de la ciudadanía en la elección del 2024, el INE busca asegurar que haya una jornada electoral transparente y efectiva en beneficio de la democracia

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Funcionarios realizan el cierre de casillas y conteo de votos en un modulo de votación, este domingo en la ciudad de Guadalajara, en Jalisco (México). (EFE/Francisco Guasco)
Funcionarios realizan el cierre de casillas y conteo de votos en un modulo de votación, este domingo en la ciudad de Guadalajara, en Jalisco (México). (EFE/Francisco Guasco)

En el año 2024, la trascendencia electoral en México va más allá de elegir al próximo presidente de la República para el período 2024-2030. Esta votación no sólo determinará la dirección del país, sino también las senadurías en todas las entidades.

Ciudadanos de Chiapas, Guanajuato, Morelos, Puebla y Yucatán, además de ejercer su derecho en estas elecciones, tendrán la oportunidad de participar en los procesos gubernamentales de sus estados.

Además, habrá la elección de la jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, lo que refleja una dinámica electoral diversa y participativa en múltiples niveles de la administración pública.

Funcionarios de casilla

En total habrá 7 funcionarios por cada casilla electoral para elección del 2024, sin embargo puede la autoridad electoral asignar dos funcionarios adicionales (INE)
En total habrá 7 funcionarios por cada casilla electoral para elección del 2024, sin embargo puede la autoridad electoral asignar dos funcionarios adicionales (INE)

Ante la diversidad de elecciones que se realizará el próximo año, las autoridades electorales deberán apoyarse de los ciudadanos y éstos deberán participar como Funcionarios de casilla, asumiendo roles clave en el proceso electoral.

Los Funcionarios de Casilla son ciudadanos doblemente sorteados y capacitados por el Instituto Nacional Electoral (INE) para integrar las Mesas Directivas de Casilla.

Las mesas directivas de casilla como autoridad electoral tienen a su cargo, durante la Jornada electoral, respetar y hacer respetar la libre emisión y efectividad del sufragio, garantizar el secreto del voto, asegurar la autenticidad del escrutinio y cómputo.

Cada casilla estará compuesta por siete funcionarios:

  1. Presidente
  2. Secretario
  3. Escrutadores (dos personas)
  4. Tres suplentes, éstos deberán entrar en sustitución de los cuatro primero en caso que no estén el día de la elección.

La ley Electoral señala que en los procesos en que se realicen elecciones federales y locales concurrentes en una entidad, el Consejo General del INE, “deberá instalar una mesa directiva de casilla única para ambos tipos de elección. Para estos efectos, la mesa directiva se integrará, además de lo señalado en el párrafo anterior, con un secretario y un escrutador adicional.

El proceso de instalación de las casillas dará inicio a las 7:30 de la mañana del 4 de junio 2024, momento en el cual los funcionarios deberán estar presentes en las ubicaciones predeterminadas por las autoridades electorales.

Su tarea inicial será el armado de las urnas y la verificación del equipo necesario. A las 8 de la mañana dará comienzo la recepción de votos por parte de los mexicanos que se presenten en las casillas.

Las funciones de los presidentes de casilla:

El presidente de casilla puede apoyarse de policías municipales, estatales y GN en caso de requerirlo el día de la elección (Cuartoscuro)
El presidente de casilla puede apoyarse de policías municipales, estatales y GN en caso de requerirlo el día de la elección (Cuartoscuro)
  1. Presidir los trabajos de la mesa directiva.
  2. Recibir la documentación, útiles y equipo necesario para el funcionamiento de la casilla.
  3. Identificar a los electores el día de la votación.
  4. Mantener el orden en la casilla y en sus inmediaciones, con el apoyo de la policia en caso de ser necesario
  5. Suspender, temporal o definitivamente, la votación en caso de alteración del orden o cuando existan circunstancias o condiciones que impidan la libre emisión del sufragio, el secreto del voto o que atenten contra la seguridad de los ciudadanos.
  6. Retirar de la casilla a cualquier persona que incurra en alteración grave del orden, impida la libre emisión del sufragio, viole el secreto del voto, realice actos que afecten la autenticidad del escrutinio y cómputo, intimide o ejerza violencia sobre los electores.
  7. Practicar, con auxilio del secretario, escrutadores y ante los representantes de los partidos políticos presentes, el escrutinio y cómputo.
  8. Trasladar la documentación y los expedientes respectivos al Consejo Distrital que le corresponda.
  9. Pegar la pancarta de los resultados del cómputo de cada una de las elecciones. Deberá ser en un lugar visible de la casilla.

Las funciones de los secretarios de casilla:

Una de las funciones del secretario de casilla durante la jornada electoral será inutilizar las boletas sobrantes (VICTORIA VALTIERRA/CUARTOSCURO)
Una de las funciones del secretario de casilla durante la jornada electoral será inutilizar las boletas sobrantes (VICTORIA VALTIERRA/CUARTOSCURO)
  1. Llevar el registro de las actas durante la jornada electoral y distribuirlas conforme a la ley.
  2. Deberá contar en presencia de los representantes de partidos políticos, las boletas electorales recibidas y anotar el número de folios de las mismas en el acta de instalación.
  3. Comprobar que el nombre del elector figure en la lista nominal correspondiente.
  4. Recibir los escritos de protesta que presenten los representantes de los partidos políticos.
  5. Inutilizar las boletas sobrantes.

Las funciones de los escrutadores de casilla:

La labor del escrutador será contar el número de votos emitidos en favor de cada candidato, fórmula, o lista regional (Cuartoscuro)
La labor del escrutador será contar el número de votos emitidos en favor de cada candidato, fórmula, o lista regional (Cuartoscuro)
  1. Contar la cantidad de boletas depositadas en cada urna.
  2. Contar el número de electores que votaron conforme a las marcas asentadas en la lista nominal de electores, cerciorándose de que ambas cifras sean coincidentes y, en caso de no serlo, consignar el hecho.
  3. Contar el número de votos emitidos en favor de cada candidato, fórmula, o lista regional.

Con estos esfuerzos combinados entre el INE y los distintos Institutos Electorales locales, los ciudadanos que asumirán roles de autoridad electoral, se busca asegurar una jornada electoral transparente y efectiva en beneficio de la democracia.

Observadoras y observadores electorales

Las personas u organizaciones que quieran ser observadoras electorales deberán presentar su solicitud de registro ante la autoridad electoral (INE)
Las personas u organizaciones que quieran ser observadoras electorales deberán presentar su solicitud de registro ante la autoridad electoral (INE)

Son los ciudadanos que solicitaron o representantes de una organización a la que pertenecen y obtuvieron su acreditación por parte del INE para observar el desarrollo del Proceso Electoral, incluida la Jornada Electoral.

También habrá observadores electorales internacionales, éstos deberán registrarse también ante la autoridad electoral. Todos deben portar su gafete de identificación en un lugar visible el día de la elección.

Cabe destacar que los representantes y observadores (as) electorales no pueden hacer las actividades de los funcionarios de casilla ni intervenir en sus decisiones.

Además, por ningún motivo podrán sustituirles en la Mesa Directiva de Casilla. Los funcionarios y las funcionarias son autoridad electoral en la casilla el día de la Jornada Electoral.

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