Un artículo del siglo pasado estipulado en el Código Civil Federal fue derogado por los legisladores en la Cámara de Senadores durante la sesión de ayer 28 de febrero.
Con 71 votos a favor, los senadores aprobaron un dictamen que deja sin efecto el artículo 158 del Código Civil Federal, el cual impedía que las mujeres pudieran casarse después de una separación a menos que hubieran transcurrido 300 días.
“La mujer no puede contraer nuevo matrimonio sino hasta pasados trescientos días después de la disolución del anterior, a menos que dentro de ese plazo diere a luz un hijo. En los casos de nulidad o de divorcio, puede contarse este tiempo desde que se interrumpió la cohabitación”, se lee en el artículo antes mencionado.
¿Qué significa la aprobación del dictamen?
Durante la sesión en el Pleno, senadores compartieron su punto de vista sobre el apartado, entre ellos, Josefina Vázquez Mota, legisladora de la bancada de Acción Nacional, mencionó que aún hay brechas dentro de las leyes que son “insospechadas e inaceptables”.
Por su parte, Germán Martínez Cázares, senador del Grupo Plural, comentó que es necesario romper con el pacto patriarcal que sigue vigente en algunos dispositivos de algunas de las leyes.
En tanto, Olga Sánchez Cordero, presidenta de la Comisión de Justicia, dijo que estas acciones demuestran que los legisladores que conforman el Senado de la República están comprometidos con los derechos humanos.
La aprobación de este dictamen, deja sin efecto el artículo, es decir que ya no se aplicará ningún plazo para que puedan volver a contraer matrimonio si así lo desean. En el proyecto no se estipula un nuevo plazo, por ello las mujeres serán libres de casarse después de haberse divorciado y no restringe a que sea únicamente cuando dé a luz cuando pueda omitir el plazo de 300 días.