La ley federal federal del Trabajo en su artículo 133 en la fracción XVI, se menciona que queda prohibido a los patrones:
“XVI. Exigirle a los trabajadores, como condicionante para su contratación, la firma de hojas en blanco.”
En México, la normativa laboral establece de manera expresa la prohibición a los empleadores de solicitar a los trabajadores la firma de documentos en blanco como condición para su incorporación laboral. Este mandato se encuentra especificado en el artículo 133, fracción XVI de la Ley Federal del Trabajo, destacando la importancia de garantizar prácticas justas en el proceso de contratación y salvaguardar los derechos de los empleados.
Dicha normativa busca evitar abusos por parte de los patrones hacia los trabajadores, asegurando que todas las condiciones laborales queden claramente estipuladas y acordadas antes de la firma de cualquier documento contractual. Este enfoque es esencial para fomentar relaciones laborales transparentes y equitativas, promoviendo el respeto a la dignidad y los derechos fundamentales de las personas en el ámbito laboral.
La Ley Federal del Trabajo en México establece un marco jurídico que regula las relaciones entre trabajadores y empleadores, con el objetivo de equilibrar los intereses de ambas partes y propiciar un ambiente de trabajo justo y seguro. La prohibición de exigir la firma en documentos sin contenido específico es solo una de las varias disposiciones contenidas en la ley que buscan proteger a los trabajadores de prácticas desleales y coercitivas.
Es importante que tanto empleadores como empleados estén plenamente informados respecto a sus derechos y obligaciones dentro del marco legal vigente, para así evitar contravenciones a la ley y asegurar un entorno laboral respetuoso y justo para todos los involucrados.
En un revelador informe difundido por la Cámara de Diputados, se expone una controvertida práctica laboral que afecta negativamente a los trabajadores en México. Según este informe, tres de cada diez empleados despedidos se vieron forzados a firmar un documento en blanco durante su proceso de contratación, lo cual es utilizado posteriormente por el empleador para ejecutar un despido sin necesidad de otorgar las correspondientes prestaciones legales. Este mecanismo pone en evidencia una grave violación a los derechos laborales y ha generado un llamado de atención hacia las entidades reguladoras y protección laboral.
La Ley Federal del Trabajo (LFT) define la renuncia voluntaria como una decisión libre del trabajador de finalizar su vínculo laboral. Sin embargo, la condición de firmar un papel en blanco al momento de ser contratado distorsiona totalmente este concepto y se traduce en una conducta ilegal por parte de ciertos empleadores. Estas acciones no solo despojan al trabajador de su derecho a recibir una indemnización tras ser despedido, sino que también vulneran los principios básicos de justicia y equidad laboral.
Más allá de las ambigüedades legales, el verdadero desafío para los afectados radica en demostrar que la firma del documento fue coaccionada o que se realizó bajo una clara condición para su empleo. Los tribunales de trabajo y de amparo presentan un escenario aún más desalentador para las víctimas de esta práctica, ya que generalmente sostienen que, al ser auténtica la firma del empleado, no existen fundamentos legales para reclamar. Esto indica una notoria falta de medidas eficaces para combatir y sancionar estas prácticas indebidas, dejando a los trabajadores en una posición de vulnerabilidad frente a sus empleadores.
Frente a este panorama, se hace un llamado a las Procuradurías de Defensa del Trabajo para que adopten un rol más activo en la defensa de los derechos de los trabajadores y se busca promover una mayor conciencia sobre las acciones legales disponibles para quienes sean coaccionados a firmar documentos en blanco. La Secretaría del Trabajo también ha sido instada a difundir esta información para empoderar a los empleados y asegurar que conozcan sus derechos y los mecanismos para denunciar estas prácticas abusivas.
En México, la práctica de forzar a los empleados a firmar documentos en blanco durante cualquier etapa de la relación laboral está siendo penalizada con multas que oscilan entre los 10 mil 374 pesos y los 103 mil 740, conforme a la Ley Federal del Trabajo. Específicamente, esta ley, a través de su artículo 48 Bis, identifica como acciones censurables tanto la alteración de documentos firmados por el trabajador con propósitos diversos como exigir la suscripción de papeles en blanco durante el reclutamiento o en cualquier momento del vínculo laboral. La unidad de medida para estas sanciones, conocida como Unidad de Medida y Actualización (UMA), tiene un valor de 103.74 pesos en 2023.
Estas disposiciones tienen como fin garantizar el resguardo de los derechos laborales de los trabajadores en el territorio nacional. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) insta a aquellos individuos que se vean obligados a firmar su renuncia el mismo día de su contratación o en algún otro momento de la relación laboral sin haberlo solicitado, a realizar una denuncia. Para tal efecto, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) ha puesto a disposición del público líneas telefónicas y un correo electrónico específico para facilitar el proceso de denuncia, garantizando así un canal directo y efectivo para la protección de los trabajadores.
Para efectuar una denuncia, los afectados pueden llamar al número 01800-9117877, disponible en un horario de 8:30 a.m. a 5:30 p.m., o bien, enviar un correo electrónico a orientacionprofedet@stps.gob.mx. Esta medida busca no solo penalizar a los empleadores que incurran en esta práctica ilegal, sino también fomentar un entorno laboral justo y respetuoso de los derechos fundamentales de los empleados.