Más de una interrogante puede surgir en el tema de la pensión, pues día con día decenas de personas se encaminan a la recta final de su jubilación y comienzan con los trámites de esta prestación. Además, si durante su vida laboral estuvo cotizando ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), entonces será indispensable que sepa cuál es su régimen.
Y es que será indispensable que investigue en cuál de los regímenes se ubica (Ley 73 o Ley 97), antes de iniciar su trámite de retiro, ya que hay que recordar que cada uno de ellos maneja requisitos diferentes.
Solo deberá conocer la fecha de inscripción al IMSS, es decir, ésta no necesariamente es la misma al día que inició a trabajar. Lo que debe saber es la fecha en que comenzó a cotizar ante el instituto.
¿Cuáles son los regímenes del IMSS?
-Ley 73: Si se dio de alta en el IMSS antes del 1 de julio de 1997
-Ley 97: Si se registró a partir del 1 de julio de 1997
En ese sentido, también recordaremos si pueden rechazar su trámite y no recibir sus recursos.
¿Puede haber una negativa de pensión ante el IMSS?
*Ley 73
Bajo este régimen si tiene la edad de 60 años de edad o más, pero el IMSS determina que no cumple con los requisitos establecidos en la Ley del Seguro Social para que se otorgue una pensión (500 semanas cotizadas), se definirá como una negativa de pensión por parte del organismo; sin embargo, eso no quiere decir que no recibirá algo de dinero.
En caso de encontrarse en una situación similar, entonces le entregarán en efectivo los recursos de su cuenta Afore. Es decir, el dinero acumulado en su Administradora de Fondos Para el Retiro a la que pertenece.
En caso de tener recursos del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) IMSS 92 (aportaciones) y SAR Infonavit 92, estos se te entregarán hasta cumplir 65 años.
*Ley 97
En este caso, si acude al IMSS, y éste le otorga una negativa de pensión por no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley del Seguro Social (En 2024, 825 semanas cotizadas), su Afore le entregará en efectivo los recursos de su cuenta.
Hay que recordar que, de acuerdo con la Ley del Seguro Social, a partir de 2022 el requisito de semanas cotizadas incrementa cada año al menos 25 semanas, hasta llegar a mil semanas de cotización en el año 2031. Para consultar la tabla de las semanas que le corresponde acumular anualmente podrá visitar el siguiente enlace. Aquí
¿Cómo saber cuántas semanas de cotización tengo?
Para conocer este dato, el interesado podrá consultar el régimen al que pertenece a través del estado de cuenta de su Afore, o bien, podrá obtener una Constancia de Vigencia de Derechos para saber la fecha exacta de su registro en el IMSS.
En caso de no saber cuántas semanas cotizadas tiene a la fecha, podrá solicitar su reporte a través de internet, el cual será enviado a su correo personal. Para mayor información visite la siguiente página. Aquí