Declaración anual 2023: estos documentos necesitas para presentarla ante el SAT

Los contribuyentes tienen hasta mayo de 2024 para realizar los trámites pendientes y generar su e.firma

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Sin la e.firma, los contribuyentes tanto en el régimen de personal morales y fiscales quedarán fuera de la declaración anual. (X/@SATMX).
Sin la e.firma, los contribuyentes tanto en el régimen de personal morales y fiscales quedarán fuera de la declaración anual. (X/@SATMX).

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que los contribuyentes deben realizar su declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR) del ejercicio fiscal 2023. Las personas morales están obligadas a presentarla entre el 1 y el 31 de marzo de 2024, mientras que las personas físicas deben hacerlo del 1 al 30 de abril de 2024.

La obligatoriedad de la declaración anual varía en función del régimen fiscal de cada contribuyente. Sin importar lo anterior, se debe informar sobre los ingresos y gastos del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023. Esta medida aplica tanto para personas físicas como morales, y es importante para la regularización fiscal y el cumplimiento de obligaciones tributarias en México.

Estos son los documentos para generar la declaración anual 2023

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) ha recordado a los contribuyentes la importancia de preparar la documentación necesaria para la declaración anual ante el SAT. Entre los requisitos se encuentran: RFC, contraseña, e.firma y, en caso de saldo a favor, datos bancarios que incluyen la CLABE y nombre del beneficiario. Es necesario contar con comprobantes fiscales y registros de ingresos para completar de forma exitosa la declaración. El proceso se realiza en el portal del SAT, llenando los formularios pertinentes y firmándolos digitalmente.

Las declaraciones anuales tienen un límite para presentarse hasta abril del 2024. (Pixabay).
Las declaraciones anuales tienen un límite para presentarse hasta abril del 2024. (Pixabay).

El periodo de presentación varía para personas físicas y morales; estas últimas, junto con los individuos que han percibido ingresos mayores a 400 mil pesos o de diversas fuentes, tienen la obligación de presentar su declaración. La omisión de este trámite puede resultar en sanciones económicas. Para quienes tengan dudas sobre la presentación, se recomienda asesorarse con un contador profesional.

La declaración anual es imperativa para quienes trabajen de manera independiente, recibieron ingresos por dos empleadores o tuvieron ingresos extraordinarios como liquidaciones, o han obtenido rentas por arrendamiento o ganado premios. Tras la presentación, es importante verificar el acuse de recibo y, en caso de requerir pago, este se puede realizar utilizando una línea de captura o transferencia bancaria. La SHCP señala que la asistencia de un contador puede ser de utilidad ante cualquier inquietud o complicación con el proceso de declaración.

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