La Secretaría del Bienestar, encabezada por Ariadna Montiel Reyes, anunció una extensión en el plazo para atender los pagos de rezago destinados a los afectados por el Huracán Otis. Aquellas personas que no hayan recibido los apoyos correspondientes para la limpieza o la reconstrucción tendrán la oportunidad de regularizar su situación.
La titular de la Secretaría del Bienestar destacó la importancia de este periodo extendido para garantizar que todos los damnificados tengan acceso a los recursos necesarios para la recuperación después del paso del huracán. Los pagos de rezago se centrarán en la reconstrucción de viviendas y locales afectados, así como en apoyos para la limpieza.
Secretaria del Bienestar insta a acudir por su apoyo
En un red social X, Ariadna Montiel Reyes especificó que aquellos que no pudieron acudir a recibir los apoyos durante el periodo inicial, ahora tienen la oportunidad de hacerlo del 15 al 25 de enero. Además, subrayó la importancia de cumplir con los requisitos documentales, incluyendo el plan de trabajo, fotografías del avance de la reconstrucción, documento de propiedad o posesión del inmueble, identificación con fotografía, CURP, entre otros.
Los #MódulosBienestar serán los centros de atención durante este periodo extendido, y se hace un llamado a los afectados para que consulten la página oficial del Gobierno Federal para obtener información adicional, aclarar dudas o verificar el módulo correspondiente.
Esta medida busca asegurar que todos los afectados por el Huracán Otis tengan acceso equitativo a los recursos y apoyos necesarios para la reconstrucción de sus vidas y la recuperación de sus comunidades. La Secretaría del Bienestar reitera su compromiso con la atención integral de los damnificados y la transparencia en el proceso de entrega de ayuda.
¿Qué documentos presentar?
Para llevar a cabo el trámite de pagos de rezago destinados a los afectados por el Huracán Otis en los Módulos Bienestar, se requiere la presentación de una serie de documentos esenciales que respalden la necesidad y elegibilidad para recibir los apoyos. La documentación necesaria incluye:
- Plan de trabajo: este documento proporciona una descripción detallada de las acciones que se llevarán a cabo con los fondos recibidos, garantizando la transparencia y la adecuada utilización de los recursos para la reconstrucción.
- Fotografías del avance de la reconstrucción: imágenes que evidencien el progreso en la recuperación de viviendas o locales afectados por el huracán, brindando una visión clara de las labores realizadas.
- Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble: se requiere un comprobante oficial que demuestre la propiedad o posesión del lugar afectado. En caso de no contar con este documento, se ofrece la opción de firmar una carta bajo protesta de decir verdad que acredite la ocupación o habitación del inmueble.
- Comprobante de domicilio: para verificar la residencia en la zona afectada, se solicita presentar un comprobante de domicilio actualizado.
- Dos testigos con identificación oficial y fotografía: que puedan dar testimonio de la ocupación o habitación del domicilio afectado. Estos testigos deben contar con identificación oficial que incluya fotografía.
- Identificación con fotografía (original y copia): se pide corroborar su identidad y elegibilidad para recibir los apoyos.
- Copia de la CURP: es necesaria para identificar de manera única al beneficiario y agilizar el proceso administrativo.
Para las personas que tengan dudas sobre la documentación requerida o el módulo al que deben acudir, pueden consultar la siguiente el portal de Secretaría del Bienestar, en donde se proporciona información detallada y actualizada, así como la orientación necesaria para asegurar una presentación exitosa de los trámites en los