¿Te deben dar más dinero por trabajar en Navidad? Éste es el pago que te corresponde por laborar el 25 de diciembre

La Ley Federal del Trabajo establece al menos ocho días de descanso obligatorio para los trabajadores

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Muchas personas deberán presentarse a trabajar de manera habitual el próximo lunes 25 de diciembre. - (Imagen Ilustrativa Infobae)
Muchas personas deberán presentarse a trabajar de manera habitual el próximo lunes 25 de diciembre. - (Imagen Ilustrativa Infobae)

Las celebraciones por el 24 y 25 de diciembre se acercan, pero lamentablemente muchas personas no tienen vacaciones y deben trabajar. Pero antes de saber si te conviene faltar al trabajo o no, debes saber que la Ley Federal del Trabajo prevé algunos beneficios para quienes deben presentarse a trabajar en Navidad.

Aunque muchas personas consideran que el 24 de diciembre es el que debe considerarse como día de descanso obligatorio, en realidad el día que está establecido en la ley es el 25 de diciembre.

De acuerdo con la legislación, se tienen al menos ocho días de descanso obligatorio, entre los que se encuentran días como el primer lunes de febrero en conmemoración por el 5 de febrero, y otros días como el 16 de septiembre, el 20 de noviembre, entre otros.

La Ley Federal del Trabajo considera estos días en su artículo 74, sin embargo, es en el artículo siguiente el 75, en el que hace referencia al pago correspondiente por trabajar en alguna de las fechas señaladas.

La Ley Federal del trabajo es clara en torno cuál es el pago que corresponde a los trabajadores. Imagen Ilustrativa Infobae
La Ley Federal del trabajo es clara en torno cuál es el pago que corresponde a los trabajadores. Imagen Ilustrativa Infobae

Y entonces, ¿me corresponde pago doble o triple?

De acuerdo con el segundo párrafo, el trabajador que quede obligado a prestar los servicios durante estas fechas, tendrán derecho a que se les pague su salario más un salario doble.

“Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios ya tendrán derecho a que se les pague independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble ´por el servicio prestado”, indica el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo.

De tal forma que si, por ejemplo, percibes un salario de 500 pesos al día, si laboras el próximo 25 de diciembre, a esta cantidad deberás sumar el doble. Esto es, percibirás mil 500 pesos por un día.

Cabe señalar que el mismo artículo 75 señala que los trabajadores y los patrones deberán determinar el número de trabajadores que deben prestar sus servicios, si no se logra un acuerdo, será un Tribunal quien resolverá.

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