A partir del primer minuto de este martes ha entrado en vigor la NOM-037-STPS-2023, la cual se encarga de establecer los lineamientos acerca del teletrabajo en México, ésta es aplicable a aquellos trabajadores que pasen más del 40% de su tiempo en el esquema de Home Office, y los empleadores deberán de cubrir los requisitos necesarios para que los trabajadores cumplan con sus funciones adecuadamente con los debidos insumos y jornadas adecuadas para desarrollar sus actividades laborales.
Entre los requisitos que se les pide a los empleadores para tener a sus trabajadores mediante esta modalidad están: Proporcionar una silla la cual no genere daños a quién la utilice,sea cómoda para realizar sus actividades laborales y no provoque y ocasione daño alguno a la salud. También se menciona que los jefes deben encargarse de los gastos de conectividad de los empleados, entre los que se incluye el cubrir los gastos de internet y telefonía para el uso adecuado de plataformas laborales, así como el costo de la luz que pueda consumirse durante el periodo laboral.
Asimismo se debe garantizar que los trabajadores tengan un ambiente optimo en el que el espacio sea principalmente higiénico y apto para realizar todas sus actividades, el empleador debe monitorear que los espacios de trabajo se adecúen para las jornadas laborales y ninguna prestación sea recortada.
Asimismo se incluye impulsar la comunicación entre sus similares, negociaciones y sindicalizaciones, queda claro que no existe ninguna diferencia de las prestaciones que pueden otorgarse en esta modalidad y debe sobreponerse el bienestar de los trabajadores así como no exista alguna diferencia salarial sino que se pague lo justo,así como que gocen de una jornada de trabajo justa, con periodos vacacionales que estén apegados a lo que está estipulado en la legislación,
Existe también el derecho a la desconexión, en el que se explica que una vez terminadas las actividades laborales diarias de las plataformas usadas para desempeñarlas, los trabajadores tienen el derecho a descansar y gozar de no ser acosados o molestados por los empleadores, una vez que haya terminado la jornada laboral.
Asimismo se incluye el derecho a gozar licencias de maternidad y de lactancia, para que las madres trabajadoras puedan tener pausas en el horario laboral y le den de comer a sus hijos, así como también de ser monitoreadas en caso de ser violentadas dentro de sus hogares, se promueve la vida libre de la violencia de género.