Recientemente, se promulgó un decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que marca un hito significativo en el panorama laboral mexicano.
Este decreto introduce reformas cruciales en la Ley del Seguro Social y la Ley Federal del Trabajo, además de una adición relevante al marco legal del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
Estos cambios se orientan hacia un objetivo claro: facilitar el acceso de los trabajadores mexicanos a créditos para adquirir viviendas acordes a sus necesidades y dignidad laboral.
La modificación más notable se refleja en el artículo 251 de la Ley del Seguro Social, donde se incorpora un tercer párrafo a la fracción XIV. Esta adición tiene un impacto directo en el cálculo de las cuotas obrero-patronales, especialmente para aquellos individuos que voluntariamente se inscriben al régimen obligatorio de esta ley.
Ahora, se incluirá el cálculo correspondiente de las aportaciones de vivienda sobre el ingreso reportado, ofreciendo una base más sólida para acceder a opciones de crédito para vivienda.
Por otro lado, el artículo 146 de la Ley Federal del Trabajo ha sido revisado para permitir a los trabajadores inscritos voluntariamente al régimen obligatorio del Seguro Social realizar aportaciones al Fondo Nacional de la Vivienda.
Esta disposición les otorga la posibilidad de acceder a créditos con condiciones más favorables y adecuadas, según las directrices establecidas por el organismo regulador referenciado en el artículo 138 de dicha ley.
La adición más significativa en este contexto legal se observa en la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, donde se introduce el artículo 59 Bis. Esta nueva disposición permite a aquellos individuos que se hayan inscrito voluntariamente al régimen obligatorio del Seguro Social realizar aportaciones específicas para abonar a la subcuenta de vivienda, dentro de la cuenta individual contemplada en los sistemas de ahorro para el retiro.
Esta inclusión refuerza y amplía las opciones de ahorro destinadas a la adquisición de vivienda, en consonancia con los principios establecidos en la Ley del Seguro Social y la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
¿Cuándo entrarían en vigor dichos cambios legales?
En el DOF señala que el decreto entrará en vigor el primero de enero del año posterior a su publicación en el Diario Oficial, por lo cual a partir del primer lunes del 2024, estos nuevos cambios deberán ser aplicados en beneficio de los trabajadores mexicanos.
Estos cambios regulatorios representan un paso fundamental hacia la expansión de oportunidades para los trabajadores mexicanos independientes en la búsqueda de una vivienda digna. Facilitan el acceso a créditos hipotecarios con condiciones más favorables y amplían las opciones de ahorro específicamente destinadas a este fin.
En esencia, estas reformas buscan no solo mejorar las condiciones de vida de los trabajadores, sino también fomentar un entorno laboral que promueva la estabilidad y el bienestar social a través del acceso a la vivienda adecuada.