¿A qué cargos podría aspirar Arturo Zaldívar tras renunciar como ministro de la Corte? Esto dice la ley

La Constitución Mexicana indica qué cargos no puede ejercer un exministro por al menos dos años tanto a nivel federal como estatal

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Arturo Zaldívar, Ministro de la SCJN (FOTO: GALO CAÑAS/CUARTOSCURO)
Arturo Zaldívar, Ministro de la SCJN (FOTO: GALO CAÑAS/CUARTOSCURO)

Arturo Zaldívar Lelo de Larrea es uno de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) más populares o conocidos, no sólo porque ocupó el cargo durante 14 años, de los cuales cuatro fue el presidente del Alto Tribunal, sino también por impulsar leyes a favor de las mujeres y la comunidad LGBT+, así como por ser fanático de Taylor Swift.

No obstante, ha generado polémica por su cercanía con el presidente Andrés Manuel López Obrador y Morena, luego de que el mandatario impulsó una ley para ampliar el periodo de Zaldívar como presidente de la Corte, aunque el ministro se negó a que continuará su discusión.

A esto, se suma que ayer presentó su renuncia como ministro para sumarse al equipo de Claudia Sheinbaum, candidata presidencial del mismo partido; sin embargo, la Constitución Mexicana limita los cargos que Zaldívar podría ocupar en el siguiente sexenio, al menos en el primer año.

¿A qué cargos podría aspirar Arturo Zaldívar tras su renuncia?

De acuerdo con el artículo 101 constitucional, cualquier persona que se haya desempeñado como ministro, magistrado, consejero o juez tienen prohibido por los dos años siguientes a la fecha en que dejaron el cargo, actuar como patronos, abogados o representantes en cualquier proceso ante los órganos del Poder Judicial de la Federación.

Durante ese mismo periodo, los ministros de la Corte tampoco pueden ocupar los cargos marcados en el artículo 95 constitucional, fracción VI, que son:

  • Secretario de Estado.
  • Procurador General de la República o de Justicia del Distrito Federal.
  • Senador o diputado federal.
  • Gobernador de algún estado o Jefe de Gobierno de la Ciudad de México.

“Las personas que hayan ocupado el cargo de Ministro de la Suprema Corte de Justicia, Magistrado de Circuito, Juez de Distrito o Consejero de la Judicatura Federal, así como Magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral, no podrán, dentro de los dos años siguientes a la fecha de su retiro, actuar como patronos, abogados o representantes en cualquier proceso ante los órganos del Poder Judicial de la Federación.

“Durante dicho plazo, las personas que se hayan desempeñado como Ministros, salvo que lo hubieran hecho con el carácter de provisional o interino, no podrán ocupar los cargos señalados en la fracción VI del artículo 95 de esta Constitución. Los impedimentos de este artículo serán aplicables a los funcionarios judiciales que gocen de licencia”, se lee en el artículo 101 de la Constitución.

Por ello, se dice que el ministro Zaldívar no podría ocupar ningún cargo federal, estatal o local, tanto en el Poder Ejecutivo como en el Legislativo, al menos durante el primer año del próximo sexenio, que comenzará a finales del 2024.

No obstante, la ley no impide que sea consultor, asesor o consejero dentro de algún partido político, candidato o del gobierno, que es lo que se presume tras el anuncio de su respaldo a Claudia Sheinbaum.

¿Hay sanciones?

El mismo artículo señala que “la infracción a lo previsto en los párrafos anteriores, será sancionada con la pérdida del respectivo cargo dentro del Poder Judicial de la Federación, así como de las prestaciones y beneficios que en lo sucesivo correspondan por el mismo, independientemente de las demás sanciones que las leyes prevean”.

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