¿Has cotizado para el IMSS o ISSSTE? Estos son los requisitos para realizar el trámite de portabilidad de derechos pensionarios

Se trata de un proceso que deberán considerar los trabajadores para garantizar sus servicios de salud

Guardar
El Hospital de Ginecología Obstetricia
El Hospital de Ginecología Obstetricia número 221 de la delegación Estado de México Poniente del IMSS creo el Centro de Colecta para donación de sangre (Foto: Cuartoscuro)

Si es de las personas que ha cotizado tanto para el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) como para el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), entonces tendrá que considerar realizar la portabilidad de derechos pensionarios.

De acuerdo con datos del IMSS, se trata de un beneficio que permite unificar las cotizaciones de ambos organismos, es decir, que se han desempeñado tanto en el sector público como privado, además de garantizar sus servicios de salud y la de sus familiares que haya acreditado.

Y es que si ha cotizado de manera simultánea para los dos institutos o períodos intermitentes, se tendrá que obtener la portabilidad de derechos. A continuación daremos a conocer cuáles son las bases que se deberán contemplar para llevar a cabo el procedimiento.

Sirve para garantizar sus servicios
Sirve para garantizar sus servicios de salud. (Foto: Cuartoscuro)

¿Cuáles son los requisitos?

-El interesado deberá cotizar para el IMSS e ISSSTE

-Formar parte de la Ley 73 (aquellos que empezaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997) o 97 (a partir del 1 de julio de 1997)

-Contar con una edad mínima de 60 años

-Estar en período de Conservación de Derechos en el IMSS (para pensionarse bajo la Ley 73)

-Contar con la constancia de períodos reconocidos de ambos organismos

Hay que recordar que la solicitud de pensión deberá llevarse a cabo ante el instituto donde se registra la fecha de baja más reciente. Además el trabajador deberá estar dado de baja en ambos.

¿Cómo hacer el trámite?

-Los interesados podrán acudir al instituto en el que haya tenido la última cotización, si la baja fue de forma simultánea, entonces podrá acudir a cualquiera de los dos.

-Llevar documentos como: identificación oficial, Clave Única de Registro de Población (CURP). Así como presentar la copia del documento de elección o impresión del Expediente Electrónico Único que acredite que está bajo el régimen de cuentas individuales del ISSSTE y el estado de cuenta de su Administradora de Fondos para el Retiro (Afore).

El trámite se realiza en
El trámite se realiza en el último instituto donde se dio de baja. (Foto: especial)

Una vez que se haya iniciado el trámite, el instituto que recibe la solicitud de transferencia solicitará la información de los períodos y salarios de base de cotización o sueldos básicos con la finalidad de obtener los periodos de cotización de este par de instituciones.

Luego tendrá que seguir su trámite en el mismo instituto donde inició su solicitud, después le indicarán cómo seguirá el proceso y recibirá un documento de resolución.

La Afore transferirá los recursos de las subcuentas de su cuenta individual que se utilizarán para el financiamiento del pago de su pensión, según sea el caso. Luego de recibir su derecho pensionario, tendrá que acudir a la Afore, para realizar la solicitud de retiro, donde en un plazo de 5 días deberá recibir los recursos.

Para mayor información, podrá ingresar a la página oficial del IMSS o acudir a las instituciones.

Guardar