Aunque aún falta más de un mes para el regreso a clases, algunos padres y madres de familia ya están planeando la nueva ruta escolar de sus hijos y aquellos que buscan inscribir a sus menores en escuelas particulares, se enfrentan a la compleja decisión de elegir el centro educativo que mejor se adapte a sus requerimientos y expectativas.
El mercado de la educación privada en México también debe acoplarse a las regulaciones educativas del gobierno, en este sentido la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) difundió las normas básicas a las que toda institución privada deberá acoplarse para garantizar un óptimo contrato de servicios educativos.
De acuerdo con las cifras preliminares del Gobierno de México, durante el inicio del ciclo escolar 2022-2023 habían 28,045 escuelas privadas registradas en todos los niveles educativos. La educación privada en el país se especializa en los niveles medio superior y superior, así como todos los programas de posgrados y especializaciones.
Por eso, antes de tomar una decisión es importante conocer los derechos de los tutores y alumnos, así como las responsabilidades de los centros educativos privados para que la carrera estudiantil de los alumnos tenga validez oficial.
Obligaciones de las escuelas privadas
Si estás considerando una escuela particular, la Profeco difundió el 25 de julio la Guía de Regreso a Clases 2023, en donde se enlistan los derechos de los padres y madres de familia que contraten servicios educativos, entre otras recomendaciones en el marco de las compras para el regreso a clases.
De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 12 de mayo del 2021 que decreta las normas para la comercialización educativa, establece que las instituciones escolares particulares, previamente a la inscripción de cada inicio escolar, deberán informar a los padres o tutores lo siguiente:
- Que la institución cuenta con validez oficial por parte de la Secretaría de Educación Pública (SEP) para prestar el servicio o en su caso que los estudios carecen de reconocimiento.
- Que la escuela cuenta con la clave de registro ante la SEP.
- Costo total de las cuotas de inscripción o reinscripción, colegiaturas y el número de estas, cobros por exámenes extraordinarios, cursos de regularización, constancias, credenciales o algún cambio.
- Calendario de pagos, descuentos por pagos anticipados o recargos por pagos extemporáneos.
- Lista de actividades opcionales, señalando las que requieran pago o indicando en donde se puede obtener la información.
- Reglamento escolar y los datos para contactar a los directivos del plantel y horarios de atención.
- No pueden exigir a los padres de familia la adquisición de libros, útiles escolares y uniformes con determinados proveedores.
- No pueden establecer cuotas o aportaciones extraordinarias a los padres de familia.
- Informar que en caso de dejar de aportar tres o más colegiaturas, se puede dar por terminada la relación con el alumno, el cual deberá ser notificado con al menos 15 días de anticipación.
- Dar a conocer que si se da por terminada la relación con el alumno, no pueden retener la documentación oficial, la cual le deberá ser entregada a más tardar 15 días después de ser solicitada, sin costo.
- En caso de solicitar donativos, tendrán el carácter de voluntarios.
Además, si los padres de familia consideran que sus derechos como consumidores están siendo violados, pueden presentar una denuncia ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) u otras autoridades competentes. Es importante recopilar evidencia y documentación que respalde la denuncia.