Gobierno de AMLO acusó al fiscal de Morelos por “actuación sospechosa” en su trabajo

La SCJN resolvió que Uriel Carmona Gándara no podía ser procesado por la FGR por la presunta comisión de delitos federales, debido a que cuenta con fuero constitucional

Guardar
El fiscal de Morelos, Uriel
El fiscal de Morelos, Uriel Carmona Gándara y el presidente Andrés Manuel López Obrador. Foto: Cuartoscuro/Presidencia de la República

La Presidencia de la República aseguró que el fiscal general de Justicia de Morelos, Uriel Carmona Gándara, ha tenido una “falta de probidad” y una “actuación sospechosa” durante su gestión, mismo que ha generado un ambiente de impunidad y desgobierno en la entidad.

El pronunciamiento del presidente Andrés Manuel López Obrador se da luego de que la Suprema Corte de Justicias de la Nación (SCJN) resolviera que Carmona Gándara no podía ser procesado por la Fiscalía General de la República (FGR) por la presunta comisión de delitos federales, debido a que cuenta con fuero constitucional.

En un comunicado, la Presidencia de la República consideró “que existen elementos suficientes para señalar la falta de probidad y la actuación por demás sospechosa del fiscal de Morelos durante el tiempo que ha permanecido en su cargo, lo que ha generado un ambiente de impunidad y desgobierno en esa entidad”.

Detalló que llama su atención que el Poder Judicial Federal no haya atendido primero la petición de la FGR para que se fijara fecha de audiencia e imputación, así como la vinculación a proceso del fiscal Uriel Carmona Gándara y que, una semana después, la primera sala de la SCJN resolviera “una controversia admitida hace 20 meses para concluir que el fiscal de Morelos goza de fuero constitucional y no puede ser sometido al imperio de la justicia”.

Uriel Carmona Gándara es el
Uriel Carmona Gándara es el fiscal general de Morelos (Foto: Twitter/ @Fiscalia_Mor)

“Resulta igualmente atípica la actuación del juez de control a cargo de la causa que, tras ocho días, sigue sin atender la solicitud de la FGR de fijar fecha y ordenar la comparecencia del fiscal de Morelos a la audiencia inicial”, apuntó el gobierno del presidente López Obrador.

El miércoles 12 de julio, con cuatro votos a favor y uno en contra, la primera sala de la SCJN resolvió que el fiscal de Morelos si cuenta con fuero constitucional, por lo que cerró un conflicto legal que involucró a la FGR y al gobernador Cuauhtémoc Blanco, quienes buscaban remover del cargo al fiscal que ha sido señalado de presuntos malos manejos como en el caso de la muerte de la joven Ariadna López.

El Ministerio Público de la Federación pidió desaforar al fiscal desde diciembre del 2020, asegurando que no cumplió con los filtros de evaluación de confianza.

Un año después, el 14 de septiembre del 2021, el pleno de la Cámara de Diputados analizó la petición de la FGR y resolvió que los fiscales estatales no tenían fuero constitucional por lo que se podía procesar penalmente a Carmona Gándara.

En tanto, el Congreso de Morelos promovió una controversia constitucional que le ha permitido al fiscal seguir en su puesto, al cual llegó en el mandato del perredista Graco Ramírez, mismo que vence en el 2027.

El fiscal Uriel Carmona Gándara
El fiscal Uriel Carmona Gándara llegó en el mandato por el perredista Graco Ramírez. Foto: Cuartoscuro

La SCJN también determinó que será preciso que la Cámara de Diputados emprenda primero un juicio de procedencia para decidir si a los fiscales estatales se les quita o no la protección constitucional para poder ser sancionados.

No obstante, aclaró la Presidencia de la República, el fuero constitucional del fiscal de Morelos solo es aplicable para el caso de delitos federales, como la propia SCJN reconoció en su resolución, por los que “en términos del artículo 111, párrafo 5º de la Constitución, y no así de delitos del fuero común, como es el caso de las carpetas de investigación atraídas por la FGR en su contra por la posible comisión de delitos contra la procuración y administración de justicia previstos en el Código Penal para el Estado de Morelos”.

Señaló que “la Constitución Política de Morelos dispone en su artículo 136 que, para proceder penalmente en contra del fiscal general del estado, no se requiere que el Congreso local emita un pronunciamiento al respecto; por lo que la FGR tiene facultades de investigar y perseguir delitos del fuero común en contra del fiscal de Morelos, quien no puede escudarse en el fuero constitucional para estos casos, como tampoco puede el juez de control ignorar su obligación de proceder conforme a derecho”.

Guardar