El presidente Andrés Manuel López Obrador infringió la ley electoral durante las elecciones del Estado de México y Coahuila, determinó por unanimidad el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el cual resolvió que el Ejecutivo federal sí influyó en los procesos que estaban en marcha.
El Tribunal Electoral indicó que durante las conferencias mañaneras del 24 de mayo y el 2 de junio, el mandatario federal habló sobre los procesos electorales, lo que constituyó una violación a los principios de imparcialidad y neutralidad, uso indebido de programas sociales, incumplimiento de medidas cautelares y uso indebido de recursos públicos.
Respecto a dichas conferencias matutinas, la correspondiente al 24 de mayo se incurrió a un incumplimiento a la tutela preventiva emitida por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), en la que se le ordenó abstenerse de manifestaciones relacionadas con los comicios locales.
En esa ocasión, el presidente acusó que existía una campaña en contra de su partido en el Estado de México, por lo que de manera implícita se pronunció contra los partidos de oposición.
Aunque el político tabasqueño no hizo un llamado directo para votar por la candidata de su partido en el Estado de México, las autoridades concluyeron que sí generó una influencia indebida en la elección mexiquense porque habló claramente sobre el proceso y “las expresiones se emitieron en su etapa de campaña”, detalló la resolución del TEPJF.
Respecto a los programas sociales, se concluyó que aunque no hubo un condicionamiento formal, sí se utilizó un discurso para condicionar la entrega de programas a la permanencia de Morena en el poder.
Días más tarde, el 2 de junio, el presidente realizó invitaciones indirectas al pueblo de México para votar a favor de una fuerza política.

“Hay un ‘plan C’, que no estén pensando que ya se terminó todo: que no se vote por el bloque conservador. Para que siga la transformación, ni un voto a los conservadores; sí a la transformación. Ese es el ‘plan C’”, fue lo que dijo el presidente en Palacio Nacional.
Aunque por unanimidad los magistrados determinaron las violaciones a la ley electoral por parte de López Obrador, la ley impide la imposición de sanciones al titular del Ejecutivo, sin embargo, en la resolución se ordenó dar vista al Órgano Interno de Control de la Presidencia para determinar sanciones al director de Cepropie, Sigfrido Barjau de la Rosa; el coordinador de Comunicación Social, Jesús Ramírez Cuevas, y a la directora de Comunicación Digital, Jessica Ramírez.
El TEPJF amonestó a AMLO por influir en los procesos electorales
El 7 de junio, el Tribunal Electoral confirmó la amonestación pública a la Presidencia de la República por parte del INE debido a que los materiales audiovisuales en los que se hablaba de la elección local seguían visibles en las plataformas.
El proyecto del magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón señalaba que el INE sí podía “imponer las medidas de apremio que estime pertinentes, y que se encuentren previstas en el reglamento del Instituto”.

Al confirmarse el triunfo de Delfina Gómez en el Estado de México, desde los partidos de oposición, particularmente Santiago Creel y Kenia López Rabadán, acusaron a Morena y López Obrador de implementar una elección de Estado para ganar la elección.
Señalaron que la entrega de programas sociales estuvo orientada a favorecer al partido en el poder, además de que el mandatario federal intervino públicamente durante los periodos de campaña.
Por otra parte, este 28 de junio, dos de los nuevos consejeros del INE frenaron el proyecto para emitir medidas cautelares y frenar las campañas que actualmente llevan a cabo las seis corcholatas de Morena.
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