Las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore) son las encargadas de resguardar los ahorros de los trabajadores durante toda su vida laboral y se regresarán al llegar la etapa de jubilación en forma de pensión o en una sola exhibición.
Sin embargo, los trabajadores tendrán derecho a disponer de parte proporcional de su dinero antes de pensionarse y solamente en caso de quedarse sin empleo o con motivo de su matrimonio.
Para realizar el trámite de manera directa y sin complicaciones, los interesados podrán acudir a las oficinas de la Afore que maneja sus recursos y contemplar los requisitos, así como la documentación que se requiere.
Pero ¿Cuánto dinero puedo retirar de mi Afore?
*Desempleo
En caso de encontrarse sin empleo, el interesado podrá retirar al menos 30 días y como máximo 90 días de tu salario base de cotización.Se trata de un procedimiento que se podrá contemplar cada cinco años como mínimo.
*Matrimonio
En esta posición tendrá la opción de retirar de tu cuenta hasta 30 días de salario mínimo vigente, una sola vez en la vida.
En cualquiera de los casos se tendrán que contemplar algunas características para poder acceder a los recursos, mismos que podrán ser depósitados en el tiempo establecido por su administradora.
Por ejemplo, si el ciudadano requiere de un retiro por desempleo, entonces tendrá que contar primero que nada con una certificación de baja del trabajador desempleado por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el cual se otorgará a partir del día 46 de desempleo.
La Afore deberá entregarle la cantidad que le corresponda en un máximo de cinco días hábiles después de haberlo solicitado vía cheque o depósito. También deberá considerar que cuando hace este tipo de retiros se le descontarán semanas de cotización. Sin embargo, podrá recuperarlas realizando aportaciones totales o parciales a la subcuenta RCV o directamente con su Afore.
En el caso de los trabajadores que cotizan para el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y quiere solicitar el trámite, se le pagará la cantidad que resulte menor entre 65 días de tu propio sueldo básico de los últimos 5 años, o 10% del saldo de la propia Subcuenta de RCV, a partir de tener 46 días naturales de estar desempleado.
Para el retiro de recursos anticipados por matrimonio aplica solamente para aquellos trabajadores afiliados al IMSS. Para llevar a cabo este retiro, deberás contar al menos con 150 semanas cotizadas en el Sistema de Ahorro instaurado en 1997 y que dicho matrimonio se haya celebrado después del 1 de julio de 1997 que es cuando se instauró dicha prestación. Asimismo, deberás tener la Resolución de Ayuda de Gastos de Matrimonio expedida por el IMSS.
La Afore en cualquiera de los casos, le tendrán que entregar la cantidad que le corresponda en un máximo de 5 días hábiles vía cheque o depósito. También será importante recordar que en caso de solicitar los recursos ya sea por desempleo o por matrimonio, no podrán descontarle semanas de cotización.