El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Sala Especializada realizar una nueva investigación para determinar si el Secretario de Gobernación (SEGOB), Adán Augusto López, la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum Pardo y el Secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Ebrard Casaubón violaron la ley por actos anticipados de campaña, al acudir a un mitin en Toluca previo a que su partido eligiera a su candidato a la gubernatura al Estado de México.
De la misma forma, la Sala Especializada también tendrá que analizar si lo expresado por los funcionarios federales y la gobernadora de la CDMX en dicho evento, no violaron el artículo 134 de la Constitución, que señala que los servidores públicos de la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, “tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos”.
El evento en cuestión fue el pasado 12 de junio de 2022, en la explanada del Teatro Morelos, que fue titulado como: “Movilización para que siga la Transformación”, a lo cual acudieron los antes mencionados junto a la entonces Secretaria de Educación, ahora candidata de Morena al gobierno del Edomex, Delfina Gómez Álvarez, entre otros actores.
Por ello, la Sala Especializada había desechado la queja por presuntos actos anticipados de campaña de los funcionarios federales y de la capital, ya que no se trató de conductas sistemáticas y planificadas que diera lugar a una promoción anticipada de las llamadas corcholatas, sin embargo, la sentencia fue revocada por el TEPJF.
Dicho revés, fue porque los magistrados coincidieron que la Sala Especializada no exigió mayores requisitos más que los que estaban en la jurisprudencia para acreditar la infracción.
De la misma forma, se determinó que que la Sala Especializada cayó en contradicción al determinar que los dicho en el mitin por dichos actores políticos de Morena, generaron una afectación real a las condiciones de equidad del proceso electoral del Estado de México pero se concluyó que no eran conductas susceptibles de sanción, por no tener una estrategia política planificada y repetida.
Cabe destacar que el evento del 12 de junio, se realizó previó a que Morena eligiera a su candidato, que al final resultó ser Delfina Gómez, en dicho mitin, la Jefa de Gobierno, habría pronunciado: “¿por qué estamos en Toluca hoy? porque en el 23, el Estado de México se une a la cuarta transformación de la vida pública de México”, con lo cual habría hecho referencia a que su partido ganaría la elección mexiquense.
PRD Edomex no calumnio al partido Morena
En otra sentencia, la Sala Superior del Tribunal Electoral confirmó por mayoría de votos, la sentencia dictada por la Sala Regional Especializada que declaró inexistente la calumnia y la infracción relativa al uso indebido de la pauta atribuidas al Partido de la Revolución Democrática (PRD).
La controversia se originó porque Morena denunció al PRD por la difusión de un promocional para televisión denominado “Nos volvieron a engañar”, durante la etapa de intercampañas, dentro del proceso electoral en el Estado de México.
Lo anterior, ya que se estimó que las frases que utilizó el PRD en su promocional se trataron de una libre difusión de ideas y no contenían una imputación directa o indirecta de un hecho o delito falso ni partido denunciado, ni a su candidata.
El magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón votó en contra del proyecto analizado debido a que, aun cuando coincidió con la mayoría respecto a que no se actualizó la calumnia denunciada, estimó que la infracción relacionada con la indebida utilización de la pauta le correspondía conocerla a las autoridades electorales del Estado de México, pues implicó analizar si se actualizaban o no actos anticipados de campaña (SUP-REP-93/2023).